Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-24505)
Resolución de 14 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Conjunto de proyectos para la creación de humedales seminaturales en la franja perimetral del Mar Menor».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 283
Sábado 23 de noviembre de 2024
Agua.
Ambos humedales proyectados se localizan en el ámbito correspondiente a la
demarcación hidrográfica del Segura. Según el estudio de impacto ambiental, el humedal
de San Pedro del Pinatar se encuentra en la planicie diluvial y aluvial que constituye la
llanura de pie de monte de las sierras circundantes, en tierras salobreñas. La
hidrogeología de la zona se caracteriza por el acuífero del Campo de Cartagena cuyas
aguas están contaminadas por agroquímicos. Por otro lado, el humedal de Bocarrambla
se ubicará junto a la rambla del Albujón, justo antes de su desembocadura al Mar Menor.
El ámbito del proyecto se ubica en la comarca del Campo de Cartagena, sobre la masa
de agua subterránea 070.052 «Campo de Cartagena».
Los impactos que generará el proyecto sobre las aguas durante las obras pueden ser
negativos debido a un posible cambio en la calidad por arrastre de partículas que aumenten la
turbidez del agua y contaminantes, así como posibles vertidos accidentales o abandono de
residuos. Además, la ocupación de la rambla puede alterar su dinámica de flujo. En relación
con las aguas subterráneas, pueden producirse impactos relacionados con la reducción de la
infiltración por compactación, ocupación o impermeabilizaciones de determinadas zonas de la
obra; riesgo de alteración de su calidad por los residuos urbanos e inertes y peligrosos y riesgo
de vertidos accidentales.
No se prevén impactos negativos sobre las aguas durante la fase de funcionamiento.
Por el contrario, dado que el principal objetivo del proyecto es la mejora de la calidad del
agua vertiente al Mar Menor mediante la reducción de nutrientes y de sólidos en
suspensión, se esperan impactos positivos sobre la mejora de la calidad de las aguas y
la reducción de la eutrofización en el Mar Menor. En el caso del humedal de
Bocarrambla, el promotor estima que el porcentaje de eliminación de nitrógeno total en
las aguas procedentes de la Rambla de Albujón será entre un 13 % y un 35 %, y, de
fósforo total, entre un 15 % y un 38 %. Además, se decantarán 754,99 toneladas de
sólidos en suspensión al año. En el caso del humedal de San Pedro del Pinatar, los
resultados esperados de eliminación de nitrógeno total serán entre un 13 % y un 33 %, y,
los de fósforo total, entre 23 % y 38 %; y se decantarán 235,58 toneladas de sólidos en
suspensión al año.
Con el objetivo de reducir los impactos generados por el proyecto sobre las aguas
durante la fase de obras, el promotor propone medidas habituales de buenas prácticas y
otras medidas de mitigación. Al abrir las zanjas, se realizará una adecuada separación
de los estratos superficial y profundo del suelo y se controlará que el suelo extraído no
obstruya drenajes naturales. Se retirará todo el material procedente de la excavación
para que no existan vertidos en el cauce y, si fuera necesario, se colocarán barreras de
control de sedimentos en drenajes hacia el canal salinero. La construcción de cualquier
tipo de camino de acceso se realizará con material granular y, en ningún caso, mezclas
bituminosas o permeables. No se emplearán materiales que contengan altos porcentajes
de finos que pudieran ser lavados o arrastrados. Se exigirá al contratista la formulación
de planes y medidas de emergencia para los vertidos accidentales. Una vez concluida la
obra, las zonas donde se desarrollen los trabajos serán desmontadas, previa limpieza de
desechos y residuos, y se comprobará la ausencia de elementos extraños en las masas
de agua. La ejecución de las actividades que tengan por objetivo la adecuación
hidromorfológica, se realizará durante los meses de verano cuando las probabilidades de
precipitación y avenidas sean menores.
Esta Dirección General considera que deberá coordinarse la ejecución de las obras
para la adecuación hidromorfológica con la parada biológica correspondiente, lo que se
ha incluido en el condicionado de la presente resolución.
Durante la fase de funcionamiento del humedal, se realizará un control y
mantenimiento de las medidas desarrolladas en el proyecto, como la disposición de
técnicas de bioingeniería para la protección en márgenes.
La Dirección General de la Costa y el Mar del Ministerio para la Transición Ecológica
y el Reto Demográfico informa que ninguno de los humedales proyectados afecta al
dominio público marítimo-terrestre (DPMT) ni a las zonas de servidumbre de tránsito y
cve: BOE-A-2024-24505
Verificable en https://www.boe.es
b.7)
Sec. III. Pág. 158140
Núm. 283
Sábado 23 de noviembre de 2024
Agua.
Ambos humedales proyectados se localizan en el ámbito correspondiente a la
demarcación hidrográfica del Segura. Según el estudio de impacto ambiental, el humedal
de San Pedro del Pinatar se encuentra en la planicie diluvial y aluvial que constituye la
llanura de pie de monte de las sierras circundantes, en tierras salobreñas. La
hidrogeología de la zona se caracteriza por el acuífero del Campo de Cartagena cuyas
aguas están contaminadas por agroquímicos. Por otro lado, el humedal de Bocarrambla
se ubicará junto a la rambla del Albujón, justo antes de su desembocadura al Mar Menor.
El ámbito del proyecto se ubica en la comarca del Campo de Cartagena, sobre la masa
de agua subterránea 070.052 «Campo de Cartagena».
Los impactos que generará el proyecto sobre las aguas durante las obras pueden ser
negativos debido a un posible cambio en la calidad por arrastre de partículas que aumenten la
turbidez del agua y contaminantes, así como posibles vertidos accidentales o abandono de
residuos. Además, la ocupación de la rambla puede alterar su dinámica de flujo. En relación
con las aguas subterráneas, pueden producirse impactos relacionados con la reducción de la
infiltración por compactación, ocupación o impermeabilizaciones de determinadas zonas de la
obra; riesgo de alteración de su calidad por los residuos urbanos e inertes y peligrosos y riesgo
de vertidos accidentales.
No se prevén impactos negativos sobre las aguas durante la fase de funcionamiento.
Por el contrario, dado que el principal objetivo del proyecto es la mejora de la calidad del
agua vertiente al Mar Menor mediante la reducción de nutrientes y de sólidos en
suspensión, se esperan impactos positivos sobre la mejora de la calidad de las aguas y
la reducción de la eutrofización en el Mar Menor. En el caso del humedal de
Bocarrambla, el promotor estima que el porcentaje de eliminación de nitrógeno total en
las aguas procedentes de la Rambla de Albujón será entre un 13 % y un 35 %, y, de
fósforo total, entre un 15 % y un 38 %. Además, se decantarán 754,99 toneladas de
sólidos en suspensión al año. En el caso del humedal de San Pedro del Pinatar, los
resultados esperados de eliminación de nitrógeno total serán entre un 13 % y un 33 %, y,
los de fósforo total, entre 23 % y 38 %; y se decantarán 235,58 toneladas de sólidos en
suspensión al año.
Con el objetivo de reducir los impactos generados por el proyecto sobre las aguas
durante la fase de obras, el promotor propone medidas habituales de buenas prácticas y
otras medidas de mitigación. Al abrir las zanjas, se realizará una adecuada separación
de los estratos superficial y profundo del suelo y se controlará que el suelo extraído no
obstruya drenajes naturales. Se retirará todo el material procedente de la excavación
para que no existan vertidos en el cauce y, si fuera necesario, se colocarán barreras de
control de sedimentos en drenajes hacia el canal salinero. La construcción de cualquier
tipo de camino de acceso se realizará con material granular y, en ningún caso, mezclas
bituminosas o permeables. No se emplearán materiales que contengan altos porcentajes
de finos que pudieran ser lavados o arrastrados. Se exigirá al contratista la formulación
de planes y medidas de emergencia para los vertidos accidentales. Una vez concluida la
obra, las zonas donde se desarrollen los trabajos serán desmontadas, previa limpieza de
desechos y residuos, y se comprobará la ausencia de elementos extraños en las masas
de agua. La ejecución de las actividades que tengan por objetivo la adecuación
hidromorfológica, se realizará durante los meses de verano cuando las probabilidades de
precipitación y avenidas sean menores.
Esta Dirección General considera que deberá coordinarse la ejecución de las obras
para la adecuación hidromorfológica con la parada biológica correspondiente, lo que se
ha incluido en el condicionado de la presente resolución.
Durante la fase de funcionamiento del humedal, se realizará un control y
mantenimiento de las medidas desarrolladas en el proyecto, como la disposición de
técnicas de bioingeniería para la protección en márgenes.
La Dirección General de la Costa y el Mar del Ministerio para la Transición Ecológica
y el Reto Demográfico informa que ninguno de los humedales proyectados afecta al
dominio público marítimo-terrestre (DPMT) ni a las zonas de servidumbre de tránsito y
cve: BOE-A-2024-24505
Verificable en https://www.boe.es
b.7)
Sec. III. Pág. 158140