Ministerio de Hacienda. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2024-24433)
Resolución de 18 de noviembre de 2024, de la Dirección General del Catastro, por la que se publica el Convenio con la Universidad a Distancia de Madrid.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 282

Viernes 22 de noviembre de 2024

Sec. III. Pág. 157496

6. Comunicar las faltas de asistencia injustificadas, de disciplina, de interés en el
desarrollo de las actividades o cualquiera otra circunstancia en las que, a criterio del tutor
de prácticas, puedan incurrir los alumnos durante el tiempo de realización de las mismas,
lo que, una vez acreditados los hechos, podrá conllevar la inmediata finalización
anticipada de las prácticas por acuerdo de la UDIMA a propuesta de la Dirección General
del Catastro.
7. Comunicar las ausencias por enfermedad o cualquier otra causa grave justificada
por el alumno a fin de que la UDIMA pueda adoptar, a propuesta de la Dirección General
del Catastro, las medidas oportunas, incluida la suspensión del desarrollo de las
prácticas.
8. Comunicar las renuncias que puedan producirse por parte del alumno antes de
haber cumplido el período de vigencia de las prácticas y la fecha exacta de dicha
renuncia.
9. Conceder a los alumnos el tiempo necesario para cumplir con su actividad
académica, formativa y de representación y participación, previa comunicación con
antelación suficiente del alumno. Dicho tiempo no tendrá carácter recuperable, sin
perjuicio de que, discrecionalmente, la Dirección General del Catastro pueda conceder
días libres para la preparación de exámenes, en cuyo caso, tales días sí tendrán el
carácter de recuperables.
10. Conceder al alumno, en el caso de prácticas de duración superior a seis meses,
un periodo de descanso de, al menos, siete días naturales.
11. Conciliar en el caso de los alumnos con discapacidad, previa comunicación con
antelación suficiente por parte del alumno, la realización de las prácticas con aquellas
actividades y situaciones personales derivadas o conectadas con tal situación de
discapacidad.
12. Realizar el correspondiente informe final al término de las prácticas, que
acreditará las funciones realizadas por cada alumno, su duración y fechas de realización,
e indicará la calificación alcanzada en una evaluación global, a fin de que la UDIMA
pueda reconocer al alumno en su expediente, cuando ello resulte adecuado, los créditos
que correspondan.
Novena.

Compromisos de la UDIMA.

1. Ofertar y difundir la realización de prácticas académicas externas en la Dirección
General del Catastro.
2. Seleccionar a los alumnos interesados, previa recepción y valoración de su
solicitud de realización de las prácticas.
3. Proponer a la Dirección General del Catastro el alumno o la relación de alumnos
seleccionados para la realización de las prácticas.
4. Informar al alumno que ha sido seleccionado para realizar las prácticas.
5. Enviar a la Dirección General del Catastro el Proyecto formativo y el documento
individualizado de formalización de la práctica académica, debidamente suscrito, según
los modelos incorporados al presente convenio como anexos I y II.
6. Designar al tutor académico, que actuará de forma coordinada con los
profesionales de la Dirección General del Catastro.
7. Garantizar que todos los alumnos seleccionados cuenten con el correspondiente
seguro escolar o, en su caso, un seguro específico y adicional, con cobertura sanitaria,
de accidentes y de responsabilidad civil, con carácter previo e independientemente de la
formalización de este convenio.
8. Emitir certificado de reconocimiento al tutor de prácticas designado por la
Dirección General del Catastro.

cve: BOE-A-2024-24433
Verificable en https://www.boe.es

La UDIMA se compromete a asumir los siguientes compromisos: