Ministerio de Hacienda. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2024-24433)
Resolución de 18 de noviembre de 2024, de la Dirección General del Catastro, por la que se publica el Convenio con la Universidad a Distancia de Madrid.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 22 de noviembre de 2024

Sec. III. Pág. 157495

i) Aquellos otros derechos previstos en la normativa vigente y/o en los
correspondientes Convenios de Cooperación Educativa suscritos por la Universidad y, en
su caso, la entidad gestora de prácticas vinculada a la mima, con la entidad
colaboradora.
3. Asimismo y, durante la realización de las prácticas académicas externas los
estudiantes deberán atender al cumplimiento de los siguientes deberes:
a) Cumplir la normativa vigente relativa a prácticas externas establecida por la
Universidad.
b) Conocer y cumplir el Proyecto Formativo de las prácticas siguiendo las
indicaciones del tutor asignado por la Dirección General del Catastro bajo la supervisión
del tutor académico de la Universidad.
c) Mantener contacto con el tutor académico de la Universidad durante el desarrollo
de la práctica y comunicarle cualquier incidencia que pueda surgir en el mismo, así como
hacer entrega de los documentos e informes de seguimiento intermedio y la memoria
final que le sean requeridos.
d) Incorporarse al centro de la Dirección General del Catastro de que se trate en la
fecha acordada, cumplir el horario previsto en el proyecto educativo y respetar las
normas de funcionamiento, seguridad y prevención de riesgos laborales de la misma.
e) Desarrollar el Proyecto Formativo y cumplir con diligencia las actividades
acordadas con la Dirección General del Catastro conforme a las líneas establecidas en el
mismo.
f) Elaboración de la memoria final de las prácticas, prevista en el artículo 14 del
Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, y, en su caso, del informe intermedio.
g) Guardar confidencialidad en relación con la información interna de la Dirección
General del Catastro y guardar secreto profesional sobre sus actividades, durante su
estancia y finalizada ésta.
h) Mostrar, en todo momento, una actitud respetuosa hacia la política de la
Dirección General del Catastro, salvaguardando el buen nombre de la Universidad a la
que pertenece.
i) Cualquier otro deber previsto en la normativa vigente y/o en los correspondientes
Convenios de Cooperación Educativa suscrito por la Universidad y, en su caso, la
entidad gestora de prácticas vinculada a la misma, con la Dirección General del Catastro.
Octava. Compromisos de la Dirección General del Catastro.
La Dirección General del Catastro, a través de la Gerencia Regional o Territorial del
Catastro afectada, en su caso, por el desarrollo de las prácticas académicas, asume los
siguientes compromisos:
1. Asignar tareas acordes con las capacidades del alumno e impartir la formación
adecuada para su desempeño.
2. Cumplir con las normas vigentes en todo lo relativo a la prevención de riesgos
laborales e informar a los alumnos en prácticas de las mismas.
3. Comunicar a la UDIMA, previamente a la incorporación de los alumnos en
prácticas, la ubicación del lugar de las prácticas y su horario.
4. Designar un tutor de prácticas vinculado a la Dirección General del Catastro, con
experiencia profesional y con los conocimientos necesarios para realizar una tutela
efectiva, en virtud del artículo 10.2 del Real Decreto 592/2014. Dicho tutor asignará las
funciones a realizar por los alumnos durante el desarrollo de las mismas, asistiéndoles
en lo que fuere preciso y evaluando su aprovechamiento. La designación del
correspondiente tutor se realizará para cada práctica individual.
5. Asimismo, el tutor realizará y remitirá al tutor académico el informe final, al
concluir las prácticas, de conformidad con el artículo 13 del Real Decreto 592/2014 y, en
su caso, podrá realizar un informe de seguimiento.

cve: BOE-A-2024-24433
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Núm. 282