Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. I. Disposiciones generales. Formación profesional. (BOE-A-2024-24346)
Real Decreto 1023/2024, de 8 de octubre, por el que se establecen dos cualificaciones profesionales de las familias profesionales Electricidad y Electrónica; y Energía y Agua, que se incluyen en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, y se actualizan determinadas cualificaciones profesionales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 22 de noviembre de 2024

Sec. I. Pág. 156463

Perfil profesional del formador o formadora
1. Dominio de los conocimientos y las técnicas relacionados con el control de
sistemas de valorización del biogás, que se acreditará mediante una de las dos
formas siguientes:
– Formación académica de nivel 2 (Marco Español de Cualificaciones para la
Educación Superior) o de otras de superior nivel relacionadas con el campo
profesional.
– Experiencia profesional de un mínimo de 3 años en el campo de las competencias
relacionadas con este módulo formativo.
2. Competencia pedagógica acreditada de acuerdo con lo que establezcan las
Administraciones competentes.
Módulo formativo 4: gestión del mantenimiento de instalaciones, maquinaria
y equipos en plantas de biogás/biometano
Nivel: 3
Código: MF2839_3
Asociado a la UC: Gestionar el mantenimiento de las instalaciones, maquinaria y equipos
en plantas de biogás y/o biometano
Duración: 120 horas
Capacidades y criterios de evaluación
C1: Aplicar técnicas de ejecución de un plan de mantenimiento, para realizar las
operaciones en equipos de instalaciones de biogás/biometano, llevando entre
otros: esquema de principio de la instalación, procedimientos de puesta en
marcha y de parada, operaciones anuales, bianuales, mensuales.
CE1.1 Definir recursos humanos y técnicos tanto propios como externos para
dar cumplimiento al plan de mantenimiento, analizando los oficios,
cualificación, formación, tareas, repuestos, herramientas, maquinaria y
equipos de medida que lo garanticen y asegurando la inclusión de
aplicable, gamas y procedimientos de trabajo de los fabricantes y
tecnólogos, así como gamas y procedimientos de los instaladoresmantenedores.
CE1.2 En un supuesto práctico de elaboración de un calendario de ejecución de
un plan de mantenimiento, que no requieran parada de planta:
– Entregar los procedimientos de ejecución y de reporte de tarea,
herramientas, máquinas y equipos de medida acordes al trabajo a
ejecutar, disponiendo de los permisos.
– Entregar, una vez terminada, el parte u orden de trabajo y modelo de
informe cumplimentado, que permita su análisis posterior, en el que al
menos deberán de identificarse: tareas realizadas, valores de
parámetros medidos (niveles, consumos, vibraciones, presiones,
temperaturas, pH, humedad, entre otros), repuestos consumidos,
anomalías o incidencias detectadas y firma y fecha de responsable de
ejecución.
– Garantizar la parada, en caso de requerirse, conjuntamente con
producción, inertización en su caso y arranque seguro de la planta una
vez realizado el trabajo de mantenimiento.
CE1.3 Aplicar técnicas de ejecución de un plan de mantenimiento con unos
recursos definidos, unas gamas con sus procedimientos de trabajo

cve: BOE-A-2024-24346
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Núm. 282