Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Subvenciones. (BOE-A-2024-24321)
Resolución de 18 de noviembre de 2024, de la Secretaría de Estado de Economía Social, por la que se concede a la Confederación Empresarial Española de la Economía Social (CEPES) una subvención al amparo del Real Decreto 959/2024, de 24 de septiembre, dentro del Plan Integral de Impulso a la Economía Social para la Generación de un Tejido Económico, Inclusivo y Sostenible, en el Marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 281

Jueves 21 de noviembre de 2024

Sec. III. Pág. 156226

foros de carácter internacional. Las redes serán de tres tipos: académica, empresarial
(empresas de economía social) e institucional. Todas serán internacionales.
d) Línea de acción 4: impulso a un programa de atracción de organismos
internacionales, con el objetivo de incluir el Hub como actor relevante a efectos de
coordinar investigaciones, políticas públicas y mecanismos de gobernanza. Creación de
un «think tank» para la realización de investigaciones de carácter político, económico,
social o tecnológico. Este «think tank» se encargará de tejer una red académica
internacional en economía social para importar buenas prácticas e implantar proyectos
internacionalmente.
f) Línea de acción 6: programa de asesoramiento internacional y misiones,
mediante la asistencia técnica a aquellos países u organizaciones que solicitan el
intercambio de experiencias de la economía social en su ámbito.
g) Línea de acción 7: plan de visibilidad, a través de acciones de difusión que
generen valor añadido en los principales actores del ecosistema de la economía social.
h) Línea de acción 8: diseño de un centro internacional de prospectiva económico y
social, que permita generar mayor conocimiento e investigación de la economía social a
entornos cambiantes y sectores emergentes.
2. Las actuaciones subvencionadas irán dirigidas a cubrir los gastos relacionados
con la creación del Hub de Vanguardia y efectuados durante el periodo de ejecución
establecido.
Cuarta.

Gastos subvencionables.

Se consideran subvencionables los gastos que se relacionan a continuación:

1.º Gastos relacionados con el diseño, desarrollo y puesta en marcha de
plataformas digitales, cuya propiedad y control sea de la entidad beneficiaria.
2.º Gastos relacionados con soluciones tecnológicas que mejoren la eficiencia en
los procesos y en los servicios.
3.º Gastos relacionados con la creación de sistemas de comunicación y difusión
electrónicos.

cve: BOE-A-2024-24321
Verificable en https://www.boe.es

a) Gastos de personal: se financiarán los gastos del personal contratado por la
entidad beneficiaria relacionados con la puesta en marcha y ejecución del proyecto,
incluyendo las correspondientes cotizaciones a la Seguridad Social. El personal
contratado será preferiblemente de carácter laboral.
La entidad beneficiaria deberá entregar al órgano concedente partes de trabajo
firmados trimestralmente respecto de los gastos del personal contratado por la entidad
beneficiaria relacionados con la puesta en marcha y ejecución del proyecto y otro tipo de
personal financiado, para que dichos gastos resulten subvencionables. En ellos se
describirán las horas de dedicación al proyecto subvencionado y a otras actividades que
realicen, financiadas o no con ayudas.
b) Los costes de bienes inmuebles, en la medida y durante el período en que se
utilicen para el proyecto. Se entienden incluidos los gastos de arrendamiento de bienes
inmuebles, incluidos los arrendamientos de servicios de uso de espacios de trabajo y de
oficinas en centros de negocios.
En lo que respecta a los edificios, únicamente se considerarán subvencionables los
costes de amortización correspondientes a la duración del proyecto, calculados de
acuerdo con los principios contables generalmente aceptados.
c) Aparatos y equipos: costes de adquisición, alquiler, arrendamiento financiero
(leasing) y otros elementos necesarios para la ejecución del proyecto.
d) Gastos en soluciones tecnológicas y de trasformación digital. Se considerarán
subvencionables: