Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2024-24299)
Resolución de 15 de octubre de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del registrador de la propiedad de Málaga n.º 3 a inscribir una escritura de segregación de local comercial y donación de las dos fincas resultantes.
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Jueves 21 de noviembre de 2024

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calificación y el escrito de recurso; por lo que se da por ratificado la calificación negativa
y se tramita el expediente en aplicación de lo dispuesto en el párrafo octavo del citado
artículo.
Fundamentos de Derecho
Vistos los artículos 3, 18, 254, 255, 326 y 327 de la Ley Hipotecaria; 10.3.b) y 24 de
la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal; 11, 26 y 28 del Real Decreto
Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
de Suelo y Rehabilitación Urbana; 52 del Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de
marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario; 19,
66 y 69 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas; 24, 25 y 30 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso
electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos; 137 y 138 y las disposiciones
adicionales novena y décima de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la
sostenibilidad del territorio de Andalucía; los artículos 45, 52 y 53 del Real
Decreto 1093/1997, de 4 de julio, por el que se aprueban las normas complementarias al
Reglamento para la ejecución de la Ley Hipotecaria sobre Inscripción en el Registro de la
Propiedad de Actos de Naturaleza Urbanística; 99, 107 y 108 del Reglamento
Hipotecario; 288, 290, 291, 292, 293 y 314 del Decreto 550/2022, de 29 de noviembre,
por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de
impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía; 2 de la Ordenanza Municipal 79
del Ayuntamiento de Torremolinos, para el procedimiento de Declaración Responsable
para la ejecución de obras menores; las Sentencias del Tribunal Constitucional
número 61/1997, de 20 de marzo, 79/2017, de 22 de junio, y 143/2017, de 14 de
diciembre; en el ámbito urbanístico, las Resoluciones de la Dirección General de los
Registros y del Notariado de 26 de febrero de 1996, 23 de julio de 2004, 22 de abril
de 2005 (2.ª), 19 de abril de 2006, 9, 10 (2.ª), 12, 13, 15 (2.ª), 17, 18, 19 y 22 de
diciembre de 2008, 8, 9, 10, 12, 13 y 14 de enero, 2 de marzo, 25 de mayo, 26 de
septiembre y 21 de noviembre de 2009, 9 de enero de 2010, 24 de marzo, 12 y 14 de
abril, 4 de mayo, 14 de junio y 14 de noviembre de 2011, 21 de enero y 16 de febrero
de 2012, 5 de agosto, 13 de noviembre y 16 de diciembre de 2013, 20 de marzo, 21 y 23
de abril y 28 de mayo de 2014, 15 de febrero, 13 de mayo, 12 de septiembre y 7 y 30 de
noviembre de 2016, 9 de enero, 26 de octubre y 13 noviembre de 2017, 26 y 27 de
febrero, 25 de abril, 27 de junio y 18 de septiembre de 2018 y 27 de marzo de 2019, y de
la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de 16 de septiembre de 2020,
25 de mayo y 21 de julio de 2021, 7 de febrero, 30 de marzo, 2 de junio y 7 de julio
de 2022, 1 de marzo, 13 de abril y 8 de mayo de 2023 y 25 de marzo (2), 9 de abril, 5
y 11 (2) de junio y 9 y 11 de julio de 2024, y en el ámbito de la documentación
electrónica, las Resoluciones de la Dirección General de los Registros y del Notariado
de 14 de enero y 6 de marzo de 2012, 23 de enero, 3 de marzo y 13 de octubre de 2014,
19 de enero, 17 de julio y 1 y 13 de octubre de 2015, 13 de enero (1.ª), 11 (1.ª, 2.ª, 3.ª
y 4.ª), 16 de febrero y 14 de diciembre de 2016, 25, 30 y 31 de enero, 7, 10, 14, 17, 21
y 28 de febrero, 23 de marzo, 21 de julio y 19 de septiembre de 2017 y 5 de febrero, 26
de junio y 11 y 31 de octubre de 2018.
1. Por la escritura cuya calificación es objeto del presente recurso, de un local
comercial se segrega una parte, dando lugar a dos fincas registrales que luego son
objeto de donación a sendos hijos de los donantes.
En dicha escritura no se incorporan documentos de carácter urbanístico, sino
únicamente certificación registral descriptiva y gráfica y un recibo electrónico de una
presentación en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Torremolinos, que no
determina la documentación de que se trata. En concreto en el documento de entrada
incorporado se puede leer: «Documentos Instancia.pdf Solicitud Copia auténtica DNI.pdf
Otros incautados Copia auténtica Proyecto.pdf Otros Copia simple Registro

cve: BOE-A-2024-24299
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Núm. 281