Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-24320)
Resolución de 15 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo de modificación del XI Convenio colectivo de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda.
16 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 21 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 156218
Los aspectos económicos surtirán efectos en el plazo de 7 días naturales
desde la firma del acta final. En el plazo máximo de 1 mes a contar desde los
efectos económicos el trabajador deberá incorporarse a su nuevo puesto.
La publicación y recepción de instancias en turnos de vacaciones anuales
reglamentadas se hará con un plazo de catorce días naturales (siete en un periodo
vacacional y siete en el siguiente), para que toda la plantilla de la FNMT-RCM
pueda informarse y presentar instancias.
E.
Aprobados
Tras cada prueba se publicará la relación nominal de los candidatos que hayan
alcanzado el mínimo establecido para superarla, con indicación de la puntuación
obtenida. Si después de la realización de las pruebas resultara un número superior
de aprobados de los necesarios para la convocatoria, se adjudicarán los ascensos
a las personas que hayan obtenido mayor puntuación y, en el caso de igualdad a
las del género menos representado en la categoría profesional a cubrir y de
continuar el empate, por antigüedad del candidato en la FNMT-RCM. Se puntuará
cada prueba de 0 a 10, considerándose a partir de 5 puntos como aprobado.
F.
Revisiones de examen e impugnaciones
Las revisiones de exámenes o impugnaciones podrán efectuarse en los plazos
establecidos; respecto a las revisiones de exámenes, todo candidato que lo
solicite en plazo tendrá derecho a comprobar de forma personal su ejercicio y las
puntuaciones asignadas al mismo.
Las peticiones de revisión o impugnaciones irán dirigidas al Secretario del
Tribunal calificador y se presentarán de la misma forma y lugar que la
presentación de instancias.
G.
Actas
Se confeccionarán las correspondientes actas de cada reunión por el
Secretario del Tribunal, figurando en ellas todas las incidencias que se produzcan
durante el transcurso del concurso-oposición, incluyéndose las puntuaciones
parciales y totales de los candidatos obtenidas en las diferentes pruebas. Durante
el concurso-oposición se remitirá copia de las actas a la representación de los
trabajadores.
H.
Pruebas
Las pruebas del examen deben ser seleccionadas lo más próximo posible al
inicio del mismo.
Se utilizará cualquier sistema de letras, números, etc. valido para poder
impedir conocer el nombre de los candidatos en el momento de la corrección.
Siempre que el candidato deba ser ayudado por un equipo, éste podrá ser
elegido por él si las necesidades productivas lo permiten, correspondiendo las
categorías del mismo a la dotación ordinaria de la máquina.
Los concursos-oposición constarán de pruebas teórico-prácticas. Las pruebas
teóricas serán fundamentalmente de tecnología o del desarrollo del trabajo del
puesto a cubrir.
Cuando las características del puesto lo requieran se realizarán pruebas
psicotécnicas, como complemento de las teórico-prácticas.
La no comparecencia a alguna de las pruebas implicará el desistimiento al
proceso por parte del candidato.
La elección del destino, cuando éstos sean varios, se realizará por orden de
puntuación obtenida en el concurso-oposición.
cve: BOE-A-2024-24320
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 281
Jueves 21 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 156218
Los aspectos económicos surtirán efectos en el plazo de 7 días naturales
desde la firma del acta final. En el plazo máximo de 1 mes a contar desde los
efectos económicos el trabajador deberá incorporarse a su nuevo puesto.
La publicación y recepción de instancias en turnos de vacaciones anuales
reglamentadas se hará con un plazo de catorce días naturales (siete en un periodo
vacacional y siete en el siguiente), para que toda la plantilla de la FNMT-RCM
pueda informarse y presentar instancias.
E.
Aprobados
Tras cada prueba se publicará la relación nominal de los candidatos que hayan
alcanzado el mínimo establecido para superarla, con indicación de la puntuación
obtenida. Si después de la realización de las pruebas resultara un número superior
de aprobados de los necesarios para la convocatoria, se adjudicarán los ascensos
a las personas que hayan obtenido mayor puntuación y, en el caso de igualdad a
las del género menos representado en la categoría profesional a cubrir y de
continuar el empate, por antigüedad del candidato en la FNMT-RCM. Se puntuará
cada prueba de 0 a 10, considerándose a partir de 5 puntos como aprobado.
F.
Revisiones de examen e impugnaciones
Las revisiones de exámenes o impugnaciones podrán efectuarse en los plazos
establecidos; respecto a las revisiones de exámenes, todo candidato que lo
solicite en plazo tendrá derecho a comprobar de forma personal su ejercicio y las
puntuaciones asignadas al mismo.
Las peticiones de revisión o impugnaciones irán dirigidas al Secretario del
Tribunal calificador y se presentarán de la misma forma y lugar que la
presentación de instancias.
G.
Actas
Se confeccionarán las correspondientes actas de cada reunión por el
Secretario del Tribunal, figurando en ellas todas las incidencias que se produzcan
durante el transcurso del concurso-oposición, incluyéndose las puntuaciones
parciales y totales de los candidatos obtenidas en las diferentes pruebas. Durante
el concurso-oposición se remitirá copia de las actas a la representación de los
trabajadores.
H.
Pruebas
Las pruebas del examen deben ser seleccionadas lo más próximo posible al
inicio del mismo.
Se utilizará cualquier sistema de letras, números, etc. valido para poder
impedir conocer el nombre de los candidatos en el momento de la corrección.
Siempre que el candidato deba ser ayudado por un equipo, éste podrá ser
elegido por él si las necesidades productivas lo permiten, correspondiendo las
categorías del mismo a la dotación ordinaria de la máquina.
Los concursos-oposición constarán de pruebas teórico-prácticas. Las pruebas
teóricas serán fundamentalmente de tecnología o del desarrollo del trabajo del
puesto a cubrir.
Cuando las características del puesto lo requieran se realizarán pruebas
psicotécnicas, como complemento de las teórico-prácticas.
La no comparecencia a alguna de las pruebas implicará el desistimiento al
proceso por parte del candidato.
La elección del destino, cuando éstos sean varios, se realizará por orden de
puntuación obtenida en el concurso-oposición.
cve: BOE-A-2024-24320
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 281