Ministerio de Cultura. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2024-24322)
Resolución de 12 de noviembre de 2024, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publica el Convenio con Cassandra Projectes Artistics, SL, para la organización conjunta del espectáculo teatral «Vulcano».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 281

Jueves 21 de noviembre de 2024

Sec. III. Pág. 156234

carácter semestral, se realizará por acuerdo de la comisión de seguimiento un control del
número de funciones realizadas, la facturación pendiente y los importes recaudados.
La Empresa se compromete a enviar al CDN el justificante de haberse realizado la
transferencia bancaria a la cuenta del INAEM por las cantidades fijadas en la cláusula sexta
en relación al número de representaciones una vez realizada ésta, estableciéndose un plazo
máximo de diez días desde la realización de la transferencia para el envío de dicha
justificación.
Quinta. Promoción y difusión.
Las partes se comprometen a utilizar sus recursos para facilitar la difusión de la
colaboración.
En toda la promoción y difusión de los eventos que son objeto del presente convenio
habrá de figurar el nombre y el logotipo de las instituciones involucradas, debiendo las
partes hacer entrega de los materiales que sean necesarios para la inclusión de los
citados logotipos a la parte que realice los soportes promocionales en que se han de
incluir los mismos.
El material de difusión que generen las actividades descritas en la cláusula primera
deberá ser sometido a revisión previa y autorización expresa del INAEM. A tal efecto, y
con antelación suficiente a su edición, se remitirán al Departamento de Comunicación del
CDN las pruebas de los referidos materiales.

Por acuerdo entre las partes, La Empresa se encargará de la distribución y gestión
de la gira de «Vulcano», corriendo con todos los gastos inherentes a la misma.
La Empresa facilitará al INAEM (CDN) con la debida antelación, el correspondiente
calendario, con indicación de las ciudades, fechas y número de representaciones.
En gira, el INAEM (CDN) tendrá derecho a 2 localidades diarias de buena visibilidad.
La Empresa será responsable, asumiendo el gasto correspondiente, de todo lo
relacionado con la promoción de la gira, empleando los diseños originales. En el caso de
que, por parte suya, se desee efectuar alguna variación en los mismos, deberá
informarse al Departamento de Comunicación del CDN y someterse a su aprobación.
En las representaciones en gira, La Empresa negociará directamente con los teatros
contratantes los ingresos a percibir por las representaciones (cache o taquilla) y, en
consecuencia, asume el gasto y pago de los derechos de autor a través de la Sociedad
de Gestión que corresponda.
La Empresa se compromete a no representar la obra «Vulcano» en ningún teatro
dependiente de la Comunidad de Madrid hasta una vez finalizadas las representaciones
en la Sala Francisco Nieva del Teatro Valle- Inclán.
Asimismo «Vulcano» no podrá representarse en ningún teatro, ni oficial ni privado, de
Madrid capital, sin la oportuna autorización del INAEM, que deberá ser solicitada, por
escrito, por La Empresa.
La Empresa se hará cargo y aportará, en su caso, el merchandising de la obra
«Vulcano» respetando en todo momento la normativa del CDN al respecto.
La Empresa abonará al INAEM la cantidad de doscientos cincuenta euros (250,00
euros) exentos de IVA, por cada una de las representaciones en gira, no abonando
ninguna cantidad por las que se realicen en la Sala Francisco Nieva del Teatro ValleInclán.
A partir de once (11) representaciones en la misma plaza, La Empresa abonará al
INAEM la cantidad de doscientos euros (200,00 euros) exentos de IVA, desde la primera
representación.
A partir de veintiuna (21) representaciones en la misma plaza, La Empresa abonará
al INAEM la cantidad de ciento cincuenta euros (150,00 euros) exentos de IVA, desde la
primera representación.

cve: BOE-A-2024-24322
Verificable en https://www.boe.es

Sexta. Gira.