Ministerio de Cultura. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2024-24322)
Resolución de 12 de noviembre de 2024, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publica el Convenio con Cassandra Projectes Artistics, SL, para la organización conjunta del espectáculo teatral «Vulcano».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 281

Jueves 21 de noviembre de 2024

Sec. III. Pág. 156233

un máximo de veintitrés mil setecientos un euros con veinticinco céntimos de euro
(23.701,25 euros) del ejercicio 2025, siempre que exista crédito adecuado y suficiente.
2.2

Obligaciones y compromisos económicos asumidos por la Empresa.

La Empresa, por su parte, asumirá el pago de hasta un máximo de veinticinco mil
doscientos treinta y cinco euros (25.235,00 euros) IVA incluido, de los ejercicios 2024
y 2025, con base en los siguientes conceptos, correspondientes a la producción:
Talleres previos.
Viajes, dietas y alojamiento del equipo artístico.
Contratación del equipo artístico: autoría.
Realización de utilería.
El desglose de compromisos de gasto y su correspondiente distribución por
anualidades es el siguiente:
Importe máximo

Euros

Ejercicio

Talleres previos.

Seis mil cuatrocientos ochenta euros (6.480,00).

2024

Viajes, dietas y alojamiento del
equipo artístico.

Seis mil cincuenta euros (6.050,00).

2024

Compromiso

Subtotal 2024.

Doce mil quinientos treinta euros (12.530,00).

Contratación del equipo artístico:
autoría.

Diez mil euros (10.000,00).

2025

Realización de utilería.

Dos mil setecientos cinco euros (2.705,00).

2025

Subtotal 2025.

Doce mil setecientos cinco euros (12.705,00).

Por acuerdo de las partes en la Comisión de Seguimiento podrán aprobarse reajustes de
las anualidades de las aportaciones, en función de la evolución de la ejecución del objeto y de
las actuaciones asumidas en el Convenio, siempre que estos reajustes no supongan un
incremento económico del global de la aportación ni del plazo total.
Los compromisos de financiación obligan a cada parte a asumir los gastos derivados
de su propia actividad, hasta el límite máximo de gasto que en esta cláusula se
establece.
Tercera.

Contratos derivados del presente convenio.

Cuando los contratos que deban celebrarse para la ejecución del presente convenio
sean suscritos por entidades del sector público, se tramitarán de conformidad con la
Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

En las representaciones en el CDN (Sala Francisco Nieva del Teatro Valle-Inclán de
Madrid), el INAEM ingresará el 100 % de la recaudación de taquilla correspondiente,
siendo el responsable de las liquidaciones con la sociedad de gestión que corresponda.
El precio de las entradas será el establecido y aprobado oficialmente por el INAEM.
Durante las representaciones en la Sala Francisco Nieva del Teatro Valle-Inclán de
Madrid, La Empresa contará con diez localidades para el día del estreno y dos
localidades para cada una de las representaciones restantes.
En relación a los ingresos percibidos por la celebración de las actuaciones en gira,
La Empresa se atendrá a lo establecido en la cláusula sexta. En este sentido, y con

cve: BOE-A-2024-24322
Verificable en https://www.boe.es

Cuarta. Distribución de ingresos.