Comunidad Autónoma de Extremadura. III. Otras disposiciones. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2024-24341)
Resolución de 11 de octubre de 2024, de la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes, por la que se incoa expediente de declaración de bien de interés cultural, a favor de la «Gasolinera del Tiro de Pichón o de Cepansa» de la localidad de Mérida (Badajoz), con categoría de monumento.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 281
Jueves 21 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 156347
Vista la propuesta favorable de la Directora General de Bibliotecas, Archivos y
Patrimonio Cultural de fecha de 27 de septiembre de 2024 y, en el ejercicio de las
competencias atribuidas en materia de patrimonio cultural, histórico-arqueológico,
monumental, artístico y científico de interés para la región, recogidas en el artículo 2.1 de
la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, así
como de las facultades conferidas en el artículo segundo del Decreto de la
Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la denominación y
competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura y demás preceptos de aplicación general, resuelvo:
Primero.
Incoar expediente para la declaración de Bien de Interés Cultural a favor de la
«Gasolinera del Tiro de Pichón o de CEPANSA» de la localidad de Mérida (Badajoz), con
categoría de Monumento, de acuerdo con lo descrito en los anexos, para el
reconocimiento y protección de este elemento del patrimonio cultural extremeño.
Segundo.
Continuar la tramitación del expediente, de acuerdo con la legislación en vigor.
Tercero.
Remitir la presente resolución al Diario Oficial de Extremadura para su publicación y
acordar la apertura de un trámite de información pública por período de un mes.
Cuarto.
Notificar la presente resolución a las personas interesadas, al Ayuntamiento de
Mérida (Badajoz) y al Registro General de Bienes de Interés Cultural del Ministerio de
Cultura, para que conste en su inscripción provisional y remitirla, para que se publique, al
«Boletín Oficial del Estado».
Quinto.
Este expediente se podrá consultar por cualquier persona durante el periodo de
información pública en las dependencias de la Dirección General de Bibliotecas,
Archivos y Patrimonio Cultural (Avda. Valhondo, s/n, módulo 4, planta 2.ª, Mérida,
Badajoz).
Mérida, 11 de octubre de 2024.–La Consejera de Cultura, Turismo, Jóvenes y
Deportes, María Victoria Bazaga Gazapo.
Se publica como anexo un extracto de la memoria técnica elaborado por los servicios
técnicos de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural de 18 de
septiembre de 2024 y del informe remitido por la Real Academia de Extremadura de las
Letras y de las Artes. La memoria y el informe a la que hace referencia el acuerdo de
incoación constan en el expediente administrativo correspondiente. Este expediente se
puede consultar en las dependencias de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y
Patrimonio Cultural (Avenida Valhondo, s/n, módulo 4, planta 2.ª, 06800 Mérida,
Badajoz), para aquellas personas interesadas en el procedimiento, de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 12 y siguientes de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de
transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno y el artículo 15 y
siguientes de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura.
cve: BOE-A-2024-24341
Verificable en https://www.boe.es
ANEXOS
Núm. 281
Jueves 21 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 156347
Vista la propuesta favorable de la Directora General de Bibliotecas, Archivos y
Patrimonio Cultural de fecha de 27 de septiembre de 2024 y, en el ejercicio de las
competencias atribuidas en materia de patrimonio cultural, histórico-arqueológico,
monumental, artístico y científico de interés para la región, recogidas en el artículo 2.1 de
la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, así
como de las facultades conferidas en el artículo segundo del Decreto de la
Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la denominación y
competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura y demás preceptos de aplicación general, resuelvo:
Primero.
Incoar expediente para la declaración de Bien de Interés Cultural a favor de la
«Gasolinera del Tiro de Pichón o de CEPANSA» de la localidad de Mérida (Badajoz), con
categoría de Monumento, de acuerdo con lo descrito en los anexos, para el
reconocimiento y protección de este elemento del patrimonio cultural extremeño.
Segundo.
Continuar la tramitación del expediente, de acuerdo con la legislación en vigor.
Tercero.
Remitir la presente resolución al Diario Oficial de Extremadura para su publicación y
acordar la apertura de un trámite de información pública por período de un mes.
Cuarto.
Notificar la presente resolución a las personas interesadas, al Ayuntamiento de
Mérida (Badajoz) y al Registro General de Bienes de Interés Cultural del Ministerio de
Cultura, para que conste en su inscripción provisional y remitirla, para que se publique, al
«Boletín Oficial del Estado».
Quinto.
Este expediente se podrá consultar por cualquier persona durante el periodo de
información pública en las dependencias de la Dirección General de Bibliotecas,
Archivos y Patrimonio Cultural (Avda. Valhondo, s/n, módulo 4, planta 2.ª, Mérida,
Badajoz).
Mérida, 11 de octubre de 2024.–La Consejera de Cultura, Turismo, Jóvenes y
Deportes, María Victoria Bazaga Gazapo.
Se publica como anexo un extracto de la memoria técnica elaborado por los servicios
técnicos de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural de 18 de
septiembre de 2024 y del informe remitido por la Real Academia de Extremadura de las
Letras y de las Artes. La memoria y el informe a la que hace referencia el acuerdo de
incoación constan en el expediente administrativo correspondiente. Este expediente se
puede consultar en las dependencias de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y
Patrimonio Cultural (Avenida Valhondo, s/n, módulo 4, planta 2.ª, 06800 Mérida,
Badajoz), para aquellas personas interesadas en el procedimiento, de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 12 y siguientes de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de
transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno y el artículo 15 y
siguientes de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura.
cve: BOE-A-2024-24341
Verificable en https://www.boe.es
ANEXOS