Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. I. Disposiciones generales. Tratados internacionales. (BOE-A-2024-24219)
Protocolo de adhesión al Acuerdo Comercial entre la Unión Europea y sus Estados Miembros, por una parte, y Colombia y el Perú, por otra, para tener en cuenta la adhesión de Ecuador, hecho en Bruselas el 11 de noviembre de 2016.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 281

Jueves 21 de noviembre de 2024

Sec. I. Pág. 153994

(31) El artículo 232 se sustituye por el texto siguiente:
«ARTÍCULO 232
Las Partes cooperarán para promover y garantizar la protección de las variedades vegetales
sobre la base de la Convención Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales
(en adelante "UPOV"), revisada el 19 de marzo de 1991 (72 ter), incluida la posibilidad de
excepción al derecho de obtentor a que se refiere en el artículo 15, párrafo 2, de dicha
Convención.
____________________
(72 ter) En el momento de la firma del Protocolo de Adhesión del presente Acuerdo para tener
en cuenta la adhesión de Ecuador, la Convención Internacional para la Protección de las
Obtenciones Vegetales de 2 de diciembre de 1961, revisada el 23 de octubre de 1978,
está en vigor en Ecuador.».
(32) En el artículo 258, el párrafo 1 se sustituye por el texto siguiente:
«1.

Para los efectos del presente Título:



"autoridad de competencia" y "autoridades de competencia" significa:
(a)

para la Parte UE, la Comisión Europea; y

(b)

para Colombia, Ecuador y Perú, sus respectivas autoridades nacionales de
competencia;

"leyes de competencia" significa:
(a)

para la Parte UE, los artículos 101, 102 y 106 del Tratado de Funcionamiento de
la Unión Europea, el Reglamento (CE) n.º 139/2004 del Consejo, de 20 de enero
de 2004, sobre el control de concentraciones entre empresas (Reglamento
comunitario de concentraciones), y sus reglamentos de aplicación y
modificaciones;

(b)

para Colombia, Ecuador y Perú, las siguientes, según corresponda:
(i)

las leyes nacionales (76 bis) relativas a la competencia adoptadas o
mantenidas en concordancia con el artículo 260, y sus reglamentos de
aplicación y modificaciones; y/o

cve: BOE-A-2024-24219
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