Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030. I. Disposiciones generales. Subvenciones. (BOE-A-2024-24104)
Real Decreto 1159/2024, de 19 de noviembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 a diversas entidades.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 20 de noviembre de 2024
Sec. I. Pág. 153622
seguimiento de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con
Discapacidad: tres cientos treinta y un mil euros (331.000,00 euros).
4.º A la Federación Autismo FESPAU y su entidad asociada para el sostenimiento
económico-financiero de su estructura central: ciento veintinueve mil euros (129.000,00
euros).
5.º A la Confederación Autismo España para el sostenimiento económico-financiero
de su estructura central: ciento cuarenta y tres mil euros (143.000,00 euros).
6.º A la Confederación FIAPAS (Confederación española de familias de personas
sordas) para el sostenimiento económico-financiero de su estructura central: doscientos
cincuenta y cinco mil euros (255.000,00 euros).
7.º A la Confederación Salud Mental España para el sostenimiento económicofinanciero de su estructura central: doscientos quince mil euros (215.000,00 euros).
8.º A la Confederación española de organizaciones de atención a las personas con
parálisis cerebral y afines (Confederación Aspace) para el sostenimiento económicofinanciero de su estructura central: doscientos veinte mil euros (220.000,00 euros).
9.º A la Confederación Plena Inclusión España y sus entidades asociadas para el
sostenimiento económico-financiero de su estructura central: cuatrocientos ochenta y
cinco mil euros (485.000,00 euros).
10.º A la Confederación española de personas con discapacidad física y orgánica
COCEMFE y sus entidades asociadas para el sostenimiento económico-financiero de su
estructura central: un millón con ciento ochenta y seis mil euros (1.186.000,00 euros).
11.º A Down España-Federación española de instituciones para el síndrome de
Down para el sostenimiento económico-financiero de su estructura central: ciento treinta
y dos mil euros (132.000,00 euros).
12.º A la Federación de Asociaciones de implantados cocleares de España
(Federación AICE) para el sostenimiento económico-financiero de su estructura central:
cuarenta y cinco mil euros (45.000,00 euros).
13.º A la Federación de Asociaciones de personas sordociegas de España
(FASOCIDE) para el sostenimiento económico-financiero de su estructura central:
ochenta mil euros (80.000,00 euros).
14.º A la Federación española de Daño cerebral para el sostenimiento económicofinanciero de su estructura central: ciento cuarenta mil euros (140.000,00 euros).
15.º A la Federación española Enfermedades Raras FEDER y sus entidades
asociadas para el sostenimiento económico-financiero de su estructura central:
trescientos treinta mil euros (330.000,00 euros).
16.º A FESOCE Federación española de Sordoceguera para el sostenimiento
económico-financiero de su estructura central: veintinueve mil euros (29.000,00 euros).
17.º A la Asociación Esclerosis Múltiple España para el sostenimiento económicofinanciero de su estructura central: cincuenta mil euros (50.000,00 euros).
18.º A la Confederación Impulsa Igualdad España para el sostenimiento
económico-financiero de su estructura central: ciento veinticuatro mil euros (124.000,00
euros).
19.º A la Federación nacional asociación de personas con lesión medular y otras
discapacidades físicas Federación nacional ASPAYM para el sostenimiento económicofinanciero de su estructura central: ciento treinta mil euros (130.000,00).
20.º A la Federación ECOM Federación de entidades de personas con
discapacidad física para el sostenimiento económico-financiero de su estructura central:
setenta y nueve mil euros (79.000,00 euros).
21.º A la Federación Coamificoa para el sostenimiento económico-financiero de su
estructura central: cincuenta y un mil euros (51.000,00 euros).
22.º A APASCIDE Asociación española de familias de personas con sordoceguera
para el sostenimiento económico-financiero de su estructura central: cincuenta mil euros
(50.000,00 euros).
cve: BOE-A-2024-24104
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 280
Miércoles 20 de noviembre de 2024
Sec. I. Pág. 153622
seguimiento de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con
Discapacidad: tres cientos treinta y un mil euros (331.000,00 euros).
4.º A la Federación Autismo FESPAU y su entidad asociada para el sostenimiento
económico-financiero de su estructura central: ciento veintinueve mil euros (129.000,00
euros).
5.º A la Confederación Autismo España para el sostenimiento económico-financiero
de su estructura central: ciento cuarenta y tres mil euros (143.000,00 euros).
6.º A la Confederación FIAPAS (Confederación española de familias de personas
sordas) para el sostenimiento económico-financiero de su estructura central: doscientos
cincuenta y cinco mil euros (255.000,00 euros).
7.º A la Confederación Salud Mental España para el sostenimiento económicofinanciero de su estructura central: doscientos quince mil euros (215.000,00 euros).
8.º A la Confederación española de organizaciones de atención a las personas con
parálisis cerebral y afines (Confederación Aspace) para el sostenimiento económicofinanciero de su estructura central: doscientos veinte mil euros (220.000,00 euros).
9.º A la Confederación Plena Inclusión España y sus entidades asociadas para el
sostenimiento económico-financiero de su estructura central: cuatrocientos ochenta y
cinco mil euros (485.000,00 euros).
10.º A la Confederación española de personas con discapacidad física y orgánica
COCEMFE y sus entidades asociadas para el sostenimiento económico-financiero de su
estructura central: un millón con ciento ochenta y seis mil euros (1.186.000,00 euros).
11.º A Down España-Federación española de instituciones para el síndrome de
Down para el sostenimiento económico-financiero de su estructura central: ciento treinta
y dos mil euros (132.000,00 euros).
12.º A la Federación de Asociaciones de implantados cocleares de España
(Federación AICE) para el sostenimiento económico-financiero de su estructura central:
cuarenta y cinco mil euros (45.000,00 euros).
13.º A la Federación de Asociaciones de personas sordociegas de España
(FASOCIDE) para el sostenimiento económico-financiero de su estructura central:
ochenta mil euros (80.000,00 euros).
14.º A la Federación española de Daño cerebral para el sostenimiento económicofinanciero de su estructura central: ciento cuarenta mil euros (140.000,00 euros).
15.º A la Federación española Enfermedades Raras FEDER y sus entidades
asociadas para el sostenimiento económico-financiero de su estructura central:
trescientos treinta mil euros (330.000,00 euros).
16.º A FESOCE Federación española de Sordoceguera para el sostenimiento
económico-financiero de su estructura central: veintinueve mil euros (29.000,00 euros).
17.º A la Asociación Esclerosis Múltiple España para el sostenimiento económicofinanciero de su estructura central: cincuenta mil euros (50.000,00 euros).
18.º A la Confederación Impulsa Igualdad España para el sostenimiento
económico-financiero de su estructura central: ciento veinticuatro mil euros (124.000,00
euros).
19.º A la Federación nacional asociación de personas con lesión medular y otras
discapacidades físicas Federación nacional ASPAYM para el sostenimiento económicofinanciero de su estructura central: ciento treinta mil euros (130.000,00).
20.º A la Federación ECOM Federación de entidades de personas con
discapacidad física para el sostenimiento económico-financiero de su estructura central:
setenta y nueve mil euros (79.000,00 euros).
21.º A la Federación Coamificoa para el sostenimiento económico-financiero de su
estructura central: cincuenta y un mil euros (51.000,00 euros).
22.º A APASCIDE Asociación española de familias de personas con sordoceguera
para el sostenimiento económico-financiero de su estructura central: cincuenta mil euros
(50.000,00 euros).
cve: BOE-A-2024-24104
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 280