Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030. I. Disposiciones generales. Subvenciones. (BOE-A-2024-24104)
Real Decreto 1159/2024, de 19 de noviembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 a diversas entidades.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 280

Miércoles 20 de noviembre de 2024

Sec. I. Pág. 153614

j) A la Confederación Española de Asociaciones de Padres y Madres de Alumnos,
para el sostenimiento económico-financiero de su estructura central: ochenta mil ciento
noventa euros (80.190 euros).
k) A la Confederación Católica Nacional de Padres de Familia y Padres de
Alumnos, para el sostenimiento económico-financiero de su estructura central: cincuenta
y cuatro mil euros (54.000 euros).
l) A la Federación Española de Familias Numerosas, para el sostenimiento
económico-financiero de su estructura central: doscientos ochenta y siete mil doscientos
cuarenta euros (287.240 euros).
m) A la Federación nacional de Puntos de Encuentro para el Derecho de Visitas,
para el sostenimiento económico-financiero de su estructura central: cuarenta mil euros
(40.000 euros).
n) A The Family Watch, para el sostenimiento económico-financiero de su
estructura central: cincuenta y cinco mil euros (55.000 euros).
ñ) A la Federación Española de Bancos de Alimentos, para el sostenimiento
económico-financiero de su estructura central: ochenta y cinco mil euros (85.000 euros).
o) A la Fundación Secretariado Gitano, para el sostenimiento económico-financiero
de su estructura central: doscientos noventa y nueve mil sesenta y nueve euros con
veintiséis céntimos (299.069,26 euros).
p) A la Plataforma Khetané del Movimiento Asociativo Gitano del Estado Español,
para el sostenimiento económico-financiero de su estructura central: cuarenta mil euros
(40.000 euros).
2. El importe máximo de la subvención para la Fundación Víctimas del Terrorismo
será de ciento cinco mil euros (105.000 euros).
3. El importe máximo de la subvención para la Red Europea de Lucha contra la
Pobreza y la Exclusión Social (EAPN-ES) para la promoción de iniciativas para la lucha
contra la pobreza infantil y la exclusión social será de ciento doscientos cincuenta mil
euros (250.000 euros).
4. El importe máximo de la subvención a las ciudades de Ceuta y Melilla para el
desarrollo de programas sociales será de dos millones de euros (2.000.000 euros) para
la ciudad de Ceuta y dos millones de euros (2.000.000 euros) para la ciudad de Melilla.
5. El importe máximo de la subvención para la Comunidad Autónoma de Canarias
para financiar el programa para la lucha contra la pobreza y las prestaciones básicas de
servicios sociales será de treinta millones de euros (30.000.000 euros).
6. El importe máximo de la subvención para la Federación Española de Municipios
y Provincias para medidas de apoyo a la parentalidad positiva será de sesenta mil euros
(60.000 euros).
7. El importe máximo de la subvención a la Fundación Másfamilia para el
cumplimiento de sus fines y desarrollo y promoción del Certificado de empresa
familiarmente responsable será de siete mil quinientos euros (7.500 euros).
8. La cuantía de estas subvenciones se abonará con cargo a las aplicaciones
presupuestarias que correspondan al Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y
Agenda 2030 en el presupuesto prorrogado de 2023 para 2024.
Especialidades en el pago de las subvenciones.

Para las subvenciones a las entidades del Tercer Sector, la entidad beneficiaria
directa se responsabilizará de la transferencia a cada entidad beneficiaria asociada de
los importes que le correspondan en función del reparto establecido en el acuerdo de
colaboración suscrito entre todas ellas en los términos y plazos que se hayan establecido
en el mismo.

cve: BOE-A-2024-24104
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Artículo 26.