Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030. I. Disposiciones generales. Subvenciones. (BOE-A-2024-24104)
Real Decreto 1159/2024, de 19 de noviembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 a diversas entidades.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 20 de noviembre de 2024

Sec. I. Pág. 153601

asociadas, objeto del acuerdo, asignación definitiva a cada entidad, compromisos para la
justificación y el carácter solidario en el cumplimiento de las obligaciones adquiridas al
ser beneficiarias de la subvención.
c) Declaración responsable del representante legal de la entidad, de que las
personas voluntarias que participan en la ejecución de los programas financiados no
tienen antecedentes penales, a efectos de lo previsto en el artículo 8, apartados 4 y 5, de
la Ley 45/2015, de 14 de octubre, de Voluntariado, conforme al modelo facilitado en el
anexo IV.
d) Declaración responsable del representante legal de la entidad, de que las
personas voluntarias que tienen antecedentes penales están desarrollando programas
de voluntariado en los que se contemplan objetivos de reinserción, a efectos de lo
previsto en el artículo 14.4 de la Ley 45/2015, de 14 de octubre, conforme al modelo
facilitado en el anexo V.
e) Declaración responsable de que la entidad no cuenta con personal voluntario, en
su caso.
f) Documento acreditativo de la inscripción de los estatutos, así como de sus
diferentes modificaciones en el registro administrativo correspondiente de ámbito estatal.
g) Original o copia digitalizada de los estatutos debidamente legalizados de
acuerdo con lo establecido por la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del
Derecho de Asociación o, en su caso, por la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de
Fundaciones.
h) Documento acreditativo de la inscripción de la entidad en el registro
administrativo correspondiente de ámbito estatal.
i) Copia digitalizada de la tarjeta del número de identificación fiscal de la entidad.
j) Cuando proceda, poder bastante en derecho para actuar en nombre y
representación de la entidad. La acreditación también puede realizarse a través del
Registro Electrónico de Apoderamientos.
k) Certificación con firma y fecha del representante legal de la entidad en la que
conste la identificación de sus directivos, miembros de su patronato u órgano directivo,
así como la fecha de su nombramiento y modo de elección.
l) Certificación del registro administrativo correspondiente de la última Junta
Directiva elegida, acompañado del acuerdo de la asamblea.
m) Certificado de la entidad bancaria en el que conste el número de cuenta del que
es titular la entidad beneficiaria directa. Dicha cuenta bancaría a deberá estar dada de
alta ante la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional.
n) En el caso que proceda, declaración responsable del representante legal de la
entidad beneficiaria directa que acredite el carácter de asociado de las entidades
susceptibles de ser entidades beneficiarias asociadas.
ñ) Declaración responsable del representante legal que indique el número de
voluntarios que participan en la gestión de la entidad y de aquellos otros que colaboran
en el desarrollo de los programas.
o) En el caso de intervención de personal voluntario, deberá acreditar que tiene
suscrita póliza de seguros de accidentes y enfermedad y de responsabilidad civil a favor
de este personal.
p) Adeudos bancarios en vigor de la póliza de responsabilidad civil y de accidentes
de trabajo.
2. Para las subvenciones destinadas a la Red Europea de Lucha contra la Pobreza
y la Exclusión Social (EAPN-ES) para la promoción de iniciativas para la lucha contra la
pobreza infantil y la exclusión social, la solicitud deberá ir acompañada de la siguiente
documentación:
a) Memoria explicativa de los gastos a financiar por la entidad beneficiaria. Dicha
memoria detallará los gastos corrientes, de inversión y de gestión y administración, a los
que se va a destinar conforme al modelo facilitado en el anexo II-B.
b) Memoria explicativa del proyecto conforme al modelo facilitado en el anexo II-C.

cve: BOE-A-2024-24104
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Núm. 280