Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. I. Disposiciones generales. Formación profesional. (BOE-A-2024-24101)
Real Decreto 1024/2024, de 8 de octubre, por el que se actualizan determinadas cualificaciones profesionales de las familias profesionales Imagen Personal; Imagen y Sonido; Madera, Mueble y Corcho; y Química, recogidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 280

Miércoles 20 de noviembre de 2024

CR3.2

CR3.3

CR3.4

CR3.5

Sec. I. Pág. 152833

técnica, tratamiento o programa, limpiando, higienizando y
desinfectando con los métodos y productos específicos.
Los métodos y productos para la limpieza, desinfección y/o
esterilización de instalaciones, medios y equipos, así como de la
indumentaria de trabajo (toalla, tanga desechable, sabanilla, entre
otros), se seleccionan en función del tipo de material que los compone
y del uso al que están destinados.
Las instalaciones (cabinas, circuitos, entre otros), equipos, productos
(peloides, algas, sales, aceites, entre otros) e indumentaria de trabajo se
mantienen, siguiendo las especificaciones técnicas de mantenimiento y
las normas de seguridad, prevención de riesgos, limpieza, desinfección
y/o esterilización con verificación de los parámetros que lo requieran,
teniendo en cuenta unas condiciones de periodicidad o tras cada uso.
Los residuos y accesorios desechables (slips/tangas desechables,
restos de peloides, sabanillas desechables, entre otros) que vayan
surgiendo de los tratamientos termales se gestionan, teniendo en
cuenta la separación de los mismos según su naturaleza, siguiendo de
este modo la normativa medioambiental.
Las condiciones de preparación y protección tanto del personal
profesional como de la clientela (indumentaria, Equipos de Protección
Individual –EPI–, calzado, temperatura de agua, entre otros) se
registran, atendiendo a las especificaciones recogidas en la evaluación
del puesto de trabajo por los servicios sobre prevención de riesgos
laborales.

CR4.1 Las normas de comunicación interna se aplican para conseguir que sea
fluida, precisa y llegue de forma clara al equipo mediante reuniones o
entrega de las mismas de forma digital o impresa.
CR4.2 El trabajo se distribuye entre el personal del equipo, asignando tareas
(recepción de clientela, acompañamiento hasta cabina, reparto de
técnicas entre el personal profesional disponible, entre otros), y
definiendo funciones según criterios de competencia profesional,
eficiencia y productividad, supervisando su desarrollo, ejecución, y
aclarando las dudas surgidas tratando de que estas funciones no se
solapen.
CR4.3 Los procedimientos para fomentar la motivación profesional y el trabajo
en equipo dentro del centro donde se prestan los tratamientos, técnicas
y programas termales se establecen, garantizando la participación de
los integrantes del mismo.
CR4.4 El personal del equipo se mantiene informado de las normas de la
empresa respecto al sistema de trabajo, mediante la difusión
actualizada de las mismas por parte del centro donde se aplican los
servicios (tratamientos, técnicas y programas termales).
CR4.5 El plan de formación continuada y el calendario de realización se
establece de forma que proporcione la actualización técnica del
personal, haciéndolo compatible con la actividad laboral según las
normas establecidas en la organización.
CR4.6 Los conflictos originados entre el personal del equipo en el ámbito de
trabajo se identifican, estableciendo criterios y medidas (código ético,
condiciones de respeto, prevención de conflictos, entre otros) de
acuerdo con los procedimientos definidos (mediación, intervención,
entre otros).

cve: BOE-A-2024-24101
Verificable en https://www.boe.es

RP4: Organizar el trabajo, supervisando las instalaciones, recursos y medios
técnicos y humanos para garantizar la calidad en la prestación de servicios
hidrotermales (programas, tratamientos y técnicas hidrotermales).