Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. I. Disposiciones generales. Formación profesional. (BOE-A-2024-24101)
Real Decreto 1024/2024, de 8 de octubre, por el que se actualizan determinadas cualificaciones profesionales de las familias profesionales Imagen Personal; Imagen y Sonido; Madera, Mueble y Corcho; y Química, recogidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 280
Miércoles 20 de noviembre de 2024
Sec. I. Pág. 152831
Productos y resultados
Protocolos normalizados sobre aplicación de diagnóstico estético. Protocolos
normalizados sobre aplicación de técnicas, tratamientos y programas de servicios
estéticos y/o hidrotermales. Protocolos normalizados sobre comunicación y atención a la
clientela. Protocolos normalizados sobre la valoración de la calidad del servicio estético
prestado.
Información utilizada o generada
Manuales de atención a la clientela, de acogida, de comunicación y otros. Ejemplos de
protocolos normalizados de diagnóstico, técnicas de tratamientos, programas de servicios
estéticos e hidrotermales. Modelos de Ficha técnica de diagnóstico, de tratamiento, de
historial estético, y seguimiento de la clientela. Modelos de Consentimiento informado.
Manual de técnicas de higiene, desinfección y/o esterilización. Manual de Hidrología.
Manual de Cosmetología. Manual de Anatomía. Láminas de anatomía. Bibliografía técnica
especializada. Normativa vigente en materia de higiene de espacios e instalaciones de
estética. Documentación sobre normativa de seguridad para aparatos. Normativa
medioambiental, en especial, la relativa a la producción y gestión de residuos. Normativa de
calidad en centros de estética. Plan sobre prevención de riesgos laborales y pautas de
higiene postural del profesional de la estética. Normativa en materia de prevención de
riesgos laborales. Catálogos de instrumentos de desinfección y protección higiénica para
profesionales.
Unidad de competencia 2: organizar los servicios hidrotermales
Nivel: 3
Código: UC1260_3
Realizaciones profesionales y criterios de realización
CR1.1 La clientela se prepara, acomodándola en función de las zonas que se
vayan a observar (corporal/facial, espalda, extremidades, entre otros),
indicándole las posiciones que debe adoptar durante el proceso
(sentada, tumbada en decúbito prono, decúbito supino, entre otras) y
su tiempo estimado, proporcionándole material para su comodidad
(toalla, alfombrín, tanga, entre otros).
CR1.2 Los equipos y materiales (microcámaras, medidor de hidratación,
tensiómetro, entre otros) a emplear en el proceso de observación y
obtención de datos se comprueban, garantizando que están preparados,
limpios y ordenados para su utilización.
CR1.3 Las características de la clientela (nivel de hidratación, peso, talla,
tensión arterial, entre otros) con ayuda de técnicas, equipos y medios
de diagnóstico estético se observan, siguiendo la normativa de
seguridad e higiene, y registrando los datos en la ficha técnica.
CR1.4 La clientela se entrevista, formulando las preguntas para identificar sus
características, necesidades y demandas (dolores articulares, tensión
muscular, hipertensión arterial, hipotiroidismo, estrés, entre otros), y
registrando los datos en la ficha técnica.
CR1.5 La exploración estética para el diagnóstico se practica, utilizando
técnicas de observación, tacto, palpación, entre otras, identificando las
características cutáneas, las posibles alteraciones estéticas, entre otras
circunstancias: estrés, postparto, estados de agotamiento, entre otros,
cve: BOE-A-2024-24101
Verificable en https://www.boe.es
RP1: Realizar el diagnóstico estético para la aplicación de servicios hidrotermales
(programas, tratamientos y técnicas hidrotermales), en condiciones de
seguridad e higiene.
Núm. 280
Miércoles 20 de noviembre de 2024
Sec. I. Pág. 152831
Productos y resultados
Protocolos normalizados sobre aplicación de diagnóstico estético. Protocolos
normalizados sobre aplicación de técnicas, tratamientos y programas de servicios
estéticos y/o hidrotermales. Protocolos normalizados sobre comunicación y atención a la
clientela. Protocolos normalizados sobre la valoración de la calidad del servicio estético
prestado.
Información utilizada o generada
Manuales de atención a la clientela, de acogida, de comunicación y otros. Ejemplos de
protocolos normalizados de diagnóstico, técnicas de tratamientos, programas de servicios
estéticos e hidrotermales. Modelos de Ficha técnica de diagnóstico, de tratamiento, de
historial estético, y seguimiento de la clientela. Modelos de Consentimiento informado.
Manual de técnicas de higiene, desinfección y/o esterilización. Manual de Hidrología.
Manual de Cosmetología. Manual de Anatomía. Láminas de anatomía. Bibliografía técnica
especializada. Normativa vigente en materia de higiene de espacios e instalaciones de
estética. Documentación sobre normativa de seguridad para aparatos. Normativa
medioambiental, en especial, la relativa a la producción y gestión de residuos. Normativa de
calidad en centros de estética. Plan sobre prevención de riesgos laborales y pautas de
higiene postural del profesional de la estética. Normativa en materia de prevención de
riesgos laborales. Catálogos de instrumentos de desinfección y protección higiénica para
profesionales.
Unidad de competencia 2: organizar los servicios hidrotermales
Nivel: 3
Código: UC1260_3
Realizaciones profesionales y criterios de realización
CR1.1 La clientela se prepara, acomodándola en función de las zonas que se
vayan a observar (corporal/facial, espalda, extremidades, entre otros),
indicándole las posiciones que debe adoptar durante el proceso
(sentada, tumbada en decúbito prono, decúbito supino, entre otras) y
su tiempo estimado, proporcionándole material para su comodidad
(toalla, alfombrín, tanga, entre otros).
CR1.2 Los equipos y materiales (microcámaras, medidor de hidratación,
tensiómetro, entre otros) a emplear en el proceso de observación y
obtención de datos se comprueban, garantizando que están preparados,
limpios y ordenados para su utilización.
CR1.3 Las características de la clientela (nivel de hidratación, peso, talla,
tensión arterial, entre otros) con ayuda de técnicas, equipos y medios
de diagnóstico estético se observan, siguiendo la normativa de
seguridad e higiene, y registrando los datos en la ficha técnica.
CR1.4 La clientela se entrevista, formulando las preguntas para identificar sus
características, necesidades y demandas (dolores articulares, tensión
muscular, hipertensión arterial, hipotiroidismo, estrés, entre otros), y
registrando los datos en la ficha técnica.
CR1.5 La exploración estética para el diagnóstico se practica, utilizando
técnicas de observación, tacto, palpación, entre otras, identificando las
características cutáneas, las posibles alteraciones estéticas, entre otras
circunstancias: estrés, postparto, estados de agotamiento, entre otros,
cve: BOE-A-2024-24101
Verificable en https://www.boe.es
RP1: Realizar el diagnóstico estético para la aplicación de servicios hidrotermales
(programas, tratamientos y técnicas hidrotermales), en condiciones de
seguridad e higiene.