Comisión Nacional de Los Mercados y La Competencia. III. Otras disposiciones. Sector eléctrico. (BOE-A-2024-24095)
Resolución de 7 de noviembre de 2024, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la estimación de la cuantía de los costes recuperables por el operador del mercado relativos a los acoplamientos únicos diario e intradiario en el ejercicio 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 279

Martes 19 de noviembre de 2024
Cuarto.

Sec. III. Pág. 152589

Valoración de las alegaciones.

Como se señala en el apartado de Antecedentes, en fecha 21 de octubre de 2024 se
han recibido alegaciones por parte del operador del mercado, en las cuales se solicita
revisar al alza la estimación de costes comunes del SDAC y SIDC. La solicitud se basa
en que en estos momentos se dispone de presupuestos más avanzados a nivel europeo
de los que se disponía a fecha 6 de septiembre de 2024, cuando el operador del
mercado remitió sus estimaciones a la CNMC. El operador del mercado señala, no
obstante, que los presupuestos europeos aún no están finalizados y que no existen
fechas límite para su cierre.
En la medida en que las estimaciones de fecha 6 de septiembre de 2024 ya han sido
sometidas a trámite de audiencia, y que se ha observado en años anteriores, que los
costes finalmente incurridos son inferiores a los estimados, se ha optado por no
incorporar esta alegación. Habida cuenta, además, que los presupuestos europeos aún
no están finalizados y que no existen fechas límite para su cierre, con lo cual se pueden
producir nuevas variaciones.
Por otra parte, se ha recibido una alegación de un agente en la que se solicita que la
CNMC aclare si en la estimación de los costes nacionales del SDAC y SIDC para 2025
se ha tenido en cuenta el coste de posibles medidas mitigadoras por parte del operador
del mercado para resolver el problema de desfase entre el ISP15 (periodo de liquidación
de los desvíos por el OS de 15 minutos) y el MTU15 (periodo de negociación del
mercado de 15 minutos), explicado en la Resolución de 3 de octubre de 2024, de la
Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se modifican los
procedimientos de operación eléctricos 14.1 y 14.4 para la adaptación de la liquidación al
ISP cuarto-horario (DCOOR/DE/008/23).
A este respecto, procede indicar que no se tiene constancia que en la estimación de
costes nacionales del SDAC y SIDC para 2025 que se ha incluido en esta resolución,
estimación que tiene fecha de 6 de septiembre de 2024, se haya incorporado el citado
coste.
Por otra parte, cabe señalar que la CNMC no ha impuesto al operador del mercado la
opción de introducir producto cuarto horario en el mercado intradiario (continuo y de
subastas) en el ámbito Mibel en marzo de 2025, en caso de materializarse un nuevo
retraso del proyecto MTU15 en mercado diario. Según el fundamento de derecho Tercero
«Consideraciones sobre el transitorio ISP15-MTU15» de la citada Resolución
DCOOR/DE/008/23 (páginas 10 y 11), «esta opción presenta múltiples incertidumbres»
(…), y «esta Comisión no considera conveniente su adopción bajo estas premisas».
Habiéndose aceptado, en la citada resolución, la propuesta alternativa del operador del
sistema (página 11), que consiste en calcular la medida cuarto-horaria de las unidades
de programación que no participan en balance dividiendo entre cuatro su medida horaria.
Por último, cabe indicar que el artículo 8.3 de la Circular 10/2021, de 20 de
diciembre, requiere que los costes estén prudentemente incurridos para ser recuperados
como costes nacionales.
Por todo lo anterior, de conformidad con el artículo 10.1 de la Circular 10/2021, la
Sala de Supervisión Regulatoria de la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia, resuelve:

Establecer la estimación de los costes recuperables por el operador del mercado
relativos a los acoplamientos únicos diario e intradiario en el ejercicio 2025 en las
cuantías de 841.000 euros y 1.862.000 euros, respectivamente.
Segundo.
Establecer la diferencia entre la cuantía estimada y la retribución definitiva del
operador del mercado correspondiente al año 2023 relativa a los costes recuperables en

cve: BOE-A-2024-24095
Verificable en https://www.boe.es

Primero.