Comisión Nacional de Los Mercados y La Competencia. III. Otras disposiciones. Sector eléctrico. (BOE-A-2024-24095)
Resolución de 7 de noviembre de 2024, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la estimación de la cuantía de los costes recuperables por el operador del mercado relativos a los acoplamientos únicos diario e intradiario en el ejercicio 2025.
7 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 279
Martes 19 de noviembre de 2024
Tabla 2.
Sec. III. Pág. 152588
Estimación de la cuantía de los costes recuperables por OMIE relativos al
SDAC y al SIDC en el ejercicio 2025, considerada por la CNMC
Estimación costes SDAC 2025 (€)
Costes comunes.
Estimación costes SIDC 2025 (€)
571.000,00
719.000,00
Costes regionales.
0,00
0,00
Costes nacionales.
270.000,00
1.143.000,00
841.000,00
1.862.000,00
Total (€).
Fuente: Elaboración propia a partir de la información reportada por OMIE a la CNMC en fecha 6 de
septiembre de 2024.
Por tanto, la previsión asciende a 841.000 euros para el acoplamiento único diario
(SDAC) y a 1.862.000 euros para el acoplamiento único intradiario (SIDC).
Tercero. Diferencia entre la cuantía estimada y la retribución definitiva de OMIE
correspondiente al año 2023 relativa a los costes recuperables del SDAC y del SIDC.
La Resolución de 15 de diciembre de 2022 de la CNMC estableció la estimación de
la cuantía de los costes recuperables por OMIE relativos al SDAC y al SIDC en el
ejercicio 2023 en 1.193.000 euros y 1.541.000 euros, respectivamente, lo que supone un
total de 2.734.000 euros.
Las anteriores cuantías fueron abonadas a OMIE con cargo a los precios de 2023
establecidos en el apartado octavo de la Orden TED/1312/2022, de 23 de diciembre, por
la que se establecen los precios de los cargos del sistema eléctrico de aplicación a partir
del 1 de enero de 2023 y se establecen diversos costes regulados del sistema eléctrico
para el ejercicio 2023, y quedaron saldadas en la liquidación provisional 14 de 2023 de
las actividades reguladas del sector eléctrico.
Por su parte, en fecha 7 de noviembre de 2024, la Sala de Supervisión Regulatoria
de la CNMC aprobó la «Resolución por la que se establece la retribución del operador
del mercado eléctrico correspondiente al ejercicio 2023 relativa a los costes recuperables
en relación con los acoplamientos únicos diario e intradiario» (RAP/DE/015/24).
Esta resolución estableció la retribución de OMIE correspondiente al ejercicio 2023
relativa a los costes recuperables en relación con el SDAC y el SIDC en las cuantías
de 699.747,11 euros y 1.663.807,02 euros, respectivamente, lo que supone un importe
total de 2.363.554,13 euros.
En consecuencia, la diferencia entre la cuantía estimada y la retribución definitiva de
OMIE correspondiente al año 2023 relativa a los costes recuperables del SDAC y del SIDC,
asciende a 370.445,87 euros a devolver por parte de OMIE, como se observa en la Tabla 3.
Diferencia entre la cuantía estimada y la retribución definitiva de OMIE correspondiente al año 2023
relativa a los costes recuperables del SDAC y del SIDC
Costes del SDAC y del SIDC para el ejercicio 2023
Resolución por la que se establece la retribución del Operador del Mercado eléctrico
correspondiente al ejercicio 2023 relativa a los costes recuperables en relación con
los acoplamientos únicos diario e intradiario (RAP/DE/015/24).
Resolución por la que se establece la estimación de la cuantía de los costes
recuperables por el Operador del Mercado relativos a los acoplamientos únicos diario
e intradiario en el ejercicio 2023 (RAP/DE/024/22).
Diferencia (€).
Coste recuperable
SDAC (€)
Coste recuperable
SIDC (€)
Total (€)
699.747,11
1.663.807,02
2.363.554,13
1.193.000,00
1.541.000,00
2.734.000,00
–493.252,89
122.807,02
–370.445,87
Fuente: Elaboración propia a partir de la información contenida en las Resoluciones RAP/DE/015/24 y RAP/DE/024/22 de la CNMC.
cve: BOE-A-2024-24095
Verificable en https://www.boe.es
Tabla 3.
Núm. 279
Martes 19 de noviembre de 2024
Tabla 2.
Sec. III. Pág. 152588
Estimación de la cuantía de los costes recuperables por OMIE relativos al
SDAC y al SIDC en el ejercicio 2025, considerada por la CNMC
Estimación costes SDAC 2025 (€)
Costes comunes.
Estimación costes SIDC 2025 (€)
571.000,00
719.000,00
Costes regionales.
0,00
0,00
Costes nacionales.
270.000,00
1.143.000,00
841.000,00
1.862.000,00
Total (€).
Fuente: Elaboración propia a partir de la información reportada por OMIE a la CNMC en fecha 6 de
septiembre de 2024.
Por tanto, la previsión asciende a 841.000 euros para el acoplamiento único diario
(SDAC) y a 1.862.000 euros para el acoplamiento único intradiario (SIDC).
Tercero. Diferencia entre la cuantía estimada y la retribución definitiva de OMIE
correspondiente al año 2023 relativa a los costes recuperables del SDAC y del SIDC.
La Resolución de 15 de diciembre de 2022 de la CNMC estableció la estimación de
la cuantía de los costes recuperables por OMIE relativos al SDAC y al SIDC en el
ejercicio 2023 en 1.193.000 euros y 1.541.000 euros, respectivamente, lo que supone un
total de 2.734.000 euros.
Las anteriores cuantías fueron abonadas a OMIE con cargo a los precios de 2023
establecidos en el apartado octavo de la Orden TED/1312/2022, de 23 de diciembre, por
la que se establecen los precios de los cargos del sistema eléctrico de aplicación a partir
del 1 de enero de 2023 y se establecen diversos costes regulados del sistema eléctrico
para el ejercicio 2023, y quedaron saldadas en la liquidación provisional 14 de 2023 de
las actividades reguladas del sector eléctrico.
Por su parte, en fecha 7 de noviembre de 2024, la Sala de Supervisión Regulatoria
de la CNMC aprobó la «Resolución por la que se establece la retribución del operador
del mercado eléctrico correspondiente al ejercicio 2023 relativa a los costes recuperables
en relación con los acoplamientos únicos diario e intradiario» (RAP/DE/015/24).
Esta resolución estableció la retribución de OMIE correspondiente al ejercicio 2023
relativa a los costes recuperables en relación con el SDAC y el SIDC en las cuantías
de 699.747,11 euros y 1.663.807,02 euros, respectivamente, lo que supone un importe
total de 2.363.554,13 euros.
En consecuencia, la diferencia entre la cuantía estimada y la retribución definitiva de
OMIE correspondiente al año 2023 relativa a los costes recuperables del SDAC y del SIDC,
asciende a 370.445,87 euros a devolver por parte de OMIE, como se observa en la Tabla 3.
Diferencia entre la cuantía estimada y la retribución definitiva de OMIE correspondiente al año 2023
relativa a los costes recuperables del SDAC y del SIDC
Costes del SDAC y del SIDC para el ejercicio 2023
Resolución por la que se establece la retribución del Operador del Mercado eléctrico
correspondiente al ejercicio 2023 relativa a los costes recuperables en relación con
los acoplamientos únicos diario e intradiario (RAP/DE/015/24).
Resolución por la que se establece la estimación de la cuantía de los costes
recuperables por el Operador del Mercado relativos a los acoplamientos únicos diario
e intradiario en el ejercicio 2023 (RAP/DE/024/22).
Diferencia (€).
Coste recuperable
SDAC (€)
Coste recuperable
SIDC (€)
Total (€)
699.747,11
1.663.807,02
2.363.554,13
1.193.000,00
1.541.000,00
2.734.000,00
–493.252,89
122.807,02
–370.445,87
Fuente: Elaboración propia a partir de la información contenida en las Resoluciones RAP/DE/015/24 y RAP/DE/024/22 de la CNMC.
cve: BOE-A-2024-24095
Verificable en https://www.boe.es
Tabla 3.