Ministerio Para La Transformación Digital y de La Función Pública. III. Otras disposiciones. Encomienda de gestión. (BOE-A-2024-24092)
Resolución de 12 de noviembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo de encomienda de gestión a la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales, en relación con la coordinación de la ejecución de las inversiones y reformas del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y la detección de desviaciones respecto al cumplimiento de hitos y objetivos y de los principios transversales en la gestión del Plan.
6 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 279
Martes 19 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 152575
componentes financiables con fondos del MRR, a remitir por las entidades públicas
responsables de dicha ejecución.
Cuarto.
La Subsecretaría para la Transformación Digital y de la Función Pública (en adelante
Subsecretaría) de acuerdo con el artículo 13 del Real Decreto 210/2024 de 27 de febrero
por el que se establece la estructura orgánica básica del Ministerio para la
Transformación Digital y de la Función Pública (en adelante MTDFP), ostenta la
representación ordinaria del Ministerio y la dirección de los servicios comunes ejerciendo
en particular, según se recoge en el artículo 13.3. ñ) y o), la coordinación y seguimiento
de la ejecución de las inversiones y reformas del Plan que correspondan al MTDFP,
incluyendo el seguimiento y detección de desviaciones respecto al cumplimiento de hitos
y objetivos y de los principios transversales definidos en el artículo 2 de la Orden
HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del
Plan y la realización de informes de seguimiento de hitos y objetivos y cumplimiento de
principios transversales, e informes en relación con la gestión económico-financiera de la
aplicación de fondos europeos, asociados al Plan en los ámbitos propios del Ministerio.
Quinto.
La Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales (en
adelante SETELECO), de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 del Real
Decreto 210/2024, de 27 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica
básica del MTDFP, ejerce entre otras funciones, la política de impulso del sector de las
telecomunicaciones, de los servicios de comunicación audiovisual, el despliegue de
infraestructuras y servicios para garantizar la conectividad de los ciudadanos y empresas
e impulsar la productividad y el crecimiento económico. Por todo ello es responsable de
la ejecución y el seguimiento de 8 de las 9 medidas del Componente 15 y parte de las
medidas del Componente 25.
Sexto.
La SETELECO cuenta desde 2021 con el Sistema de Gestión de Fondos Europeos
(SIGEFE) cuyo fin es el de facilitar e impulsar la ejecución de las actuaciones del Plan,
asignadas a la SETELECO, siendo este un instrumento innovador para la gobernanza
del Plan y las capacidades tecnológicas más avanzadas que permite disponer de mayor
automatización e interactividad proporcionando aquellas funcionalidades, destinadas a la
gestión integral del Plan.
El artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, regula la encomienda de gestión en relación con la realización de actividades de
carácter material o técnico de la competencia de los órganos administrativos o de las
Entidades de Derecho Público, que podrán ser encomendada a otros órganos o
Entidades de Derecho Público de la misma o de distinta Administración, siempre que
entre sus competencias estén esas actividades, por razones de eficacia o cuando no se
posean los medios técnicos idóneos para su desempeño.
Por todo lo anteriormente expuesto y atendiendo a la dilatada experiencia y
conocimientos que la SETELECO puede acreditar en la gestión integral del Plan en el
ámbito de sus competencias y siendo de especial interés alcanzar un mayor grado de
eficacia en la gestión del Plan en el ámbito del MTDFP, ambas partes
cve: BOE-A-2024-24092
Verificable en https://www.boe.es
Séptimo.
Núm. 279
Martes 19 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 152575
componentes financiables con fondos del MRR, a remitir por las entidades públicas
responsables de dicha ejecución.
Cuarto.
La Subsecretaría para la Transformación Digital y de la Función Pública (en adelante
Subsecretaría) de acuerdo con el artículo 13 del Real Decreto 210/2024 de 27 de febrero
por el que se establece la estructura orgánica básica del Ministerio para la
Transformación Digital y de la Función Pública (en adelante MTDFP), ostenta la
representación ordinaria del Ministerio y la dirección de los servicios comunes ejerciendo
en particular, según se recoge en el artículo 13.3. ñ) y o), la coordinación y seguimiento
de la ejecución de las inversiones y reformas del Plan que correspondan al MTDFP,
incluyendo el seguimiento y detección de desviaciones respecto al cumplimiento de hitos
y objetivos y de los principios transversales definidos en el artículo 2 de la Orden
HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del
Plan y la realización de informes de seguimiento de hitos y objetivos y cumplimiento de
principios transversales, e informes en relación con la gestión económico-financiera de la
aplicación de fondos europeos, asociados al Plan en los ámbitos propios del Ministerio.
Quinto.
La Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales (en
adelante SETELECO), de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 del Real
Decreto 210/2024, de 27 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica
básica del MTDFP, ejerce entre otras funciones, la política de impulso del sector de las
telecomunicaciones, de los servicios de comunicación audiovisual, el despliegue de
infraestructuras y servicios para garantizar la conectividad de los ciudadanos y empresas
e impulsar la productividad y el crecimiento económico. Por todo ello es responsable de
la ejecución y el seguimiento de 8 de las 9 medidas del Componente 15 y parte de las
medidas del Componente 25.
Sexto.
La SETELECO cuenta desde 2021 con el Sistema de Gestión de Fondos Europeos
(SIGEFE) cuyo fin es el de facilitar e impulsar la ejecución de las actuaciones del Plan,
asignadas a la SETELECO, siendo este un instrumento innovador para la gobernanza
del Plan y las capacidades tecnológicas más avanzadas que permite disponer de mayor
automatización e interactividad proporcionando aquellas funcionalidades, destinadas a la
gestión integral del Plan.
El artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, regula la encomienda de gestión en relación con la realización de actividades de
carácter material o técnico de la competencia de los órganos administrativos o de las
Entidades de Derecho Público, que podrán ser encomendada a otros órganos o
Entidades de Derecho Público de la misma o de distinta Administración, siempre que
entre sus competencias estén esas actividades, por razones de eficacia o cuando no se
posean los medios técnicos idóneos para su desempeño.
Por todo lo anteriormente expuesto y atendiendo a la dilatada experiencia y
conocimientos que la SETELECO puede acreditar en la gestión integral del Plan en el
ámbito de sus competencias y siendo de especial interés alcanzar un mayor grado de
eficacia en la gestión del Plan en el ámbito del MTDFP, ambas partes
cve: BOE-A-2024-24092
Verificable en https://www.boe.es
Séptimo.