Ministerio Para La Transformación Digital y de La Función Pública. III. Otras disposiciones. Encomienda de gestión. (BOE-A-2024-24092)
Resolución de 12 de noviembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo de encomienda de gestión a la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales, en relación con la coordinación de la ejecución de las inversiones y reformas del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y la detección de desviaciones respecto al cumplimiento de hitos y objetivos y de los principios transversales en la gestión del Plan.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 279
Martes 19 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 152574
reestructuran los departamentos ministeriales, modificado posteriormente por el Real
Decreto 1230/2023 de 29 de diciembre, así como las conferidas por el artículo 62 y 63 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Intervienen en uso de las facultades que, de conformidad con la normativa vigente,
les confieren los cargos que desempeñan y se reconocen mutuamente capacidad para la
firma del presente Acuerdo y, a tal efecto
EXPONEN
Primero.
El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, (en adelante Plan), aprobado
por la Comisión Europea el 16 de junio de 2021 y ratificado por el Consejo de la Unión
Europea el 13 de julio de 2021, es un proyecto que traza la hoja de ruta para la
modernización de la economía española, la recuperación del crecimiento económico y la
creación de empleo, para una reconstrucción económica sólida, inclusiva y resiliente tras
la crisis de la COVID, y para responder a los retos de la próxima década.
La Comisión Europea realizó, el 2 de octubre de 2023, una evaluación positiva de la
Adenda de ampliación del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia,
aprobada el 6 de junio de 2023 por el Consejo de Ministros (en adelante, Adenda). El 17
de octubre de 2023 el Consejo de Ministros de Finanzas de la Unión Europea (ECOFIN)
aprobó la Propuesta de Decisión de Ejecución del Consejo por la que se modifica la
Decisión de Ejecución del Consejo [(UE) (ST 10150/2021; ST 10150/2021 ADD 1
REV 1)], de 13 de julio de 2021, relativa a la aprobación de la evaluación del plan de
recuperación y resiliencia de España (en adelante, CID, por sus siglas en inglés). La
Adenda modifica el calendario y definición de algunos hitos para asegurar el
aprovechamiento de todos los fondos «Next Generation EU», así como los costes de
algunos otros y se añaden nuevas medidas, permitiendo con esta actualización
incorporar los cambios objetivos en las circunstancias económicas y ampliar algunos
plazos para ajustarlos a los tiempos reales que requiere el cumplimiento de sus medidas.
El Plan incluye diversas medidas de reforma e inversión, agrupadas en torno a treinta
y un proyectos o componentes.
Segundo.
La ejecución de estos componentes se encuentra sometida al cumplimiento de las
obligaciones impuestas por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (en adelante
MRR,) relativas a la prevención detección y corrección del fraude, la corrupción y los
conflictos de intereses, el análisis sistemático de riesgos de conflictos de intereses e
identificación del perceptor final de los fondos, y los principios de no causar un daño
significativo (Do no Significant Harm, DNSH), prevención de doble financiación,
información y comunicación y ayudas de estado; así como la coordinación, gestión y
seguimiento del Plan que son las obligaciones necesarias que deben presidir la
ejecución y seguimiento de las reformas e inversiones financiadas con el MRR.
La Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre por la que se configura el sistema de
gestión del Plan tienen como objetivo la configuración y desarrollo de un sistema de
gestión orientado a definir, planificar, ejecutar, seguir y controlar los proyectos y
subproyectos en los que se descomponen las medidas (reformas/inversiones) previstas
en los componentes del Plan, estableciéndose a través de la Orden HFP/1031/2021, el
procedimiento, formato y periodicidad de la información de seguimiento del logro de los
hitos y objetivos y de la ejecución contable de los gastos incurridos en el desarrollo de
los proyectos, subproyectos o las líneas de acción de las medidas que conforman los
cve: BOE-A-2024-24092
Verificable en https://www.boe.es
Tercero.
Núm. 279
Martes 19 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 152574
reestructuran los departamentos ministeriales, modificado posteriormente por el Real
Decreto 1230/2023 de 29 de diciembre, así como las conferidas por el artículo 62 y 63 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Intervienen en uso de las facultades que, de conformidad con la normativa vigente,
les confieren los cargos que desempeñan y se reconocen mutuamente capacidad para la
firma del presente Acuerdo y, a tal efecto
EXPONEN
Primero.
El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, (en adelante Plan), aprobado
por la Comisión Europea el 16 de junio de 2021 y ratificado por el Consejo de la Unión
Europea el 13 de julio de 2021, es un proyecto que traza la hoja de ruta para la
modernización de la economía española, la recuperación del crecimiento económico y la
creación de empleo, para una reconstrucción económica sólida, inclusiva y resiliente tras
la crisis de la COVID, y para responder a los retos de la próxima década.
La Comisión Europea realizó, el 2 de octubre de 2023, una evaluación positiva de la
Adenda de ampliación del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia,
aprobada el 6 de junio de 2023 por el Consejo de Ministros (en adelante, Adenda). El 17
de octubre de 2023 el Consejo de Ministros de Finanzas de la Unión Europea (ECOFIN)
aprobó la Propuesta de Decisión de Ejecución del Consejo por la que se modifica la
Decisión de Ejecución del Consejo [(UE) (ST 10150/2021; ST 10150/2021 ADD 1
REV 1)], de 13 de julio de 2021, relativa a la aprobación de la evaluación del plan de
recuperación y resiliencia de España (en adelante, CID, por sus siglas en inglés). La
Adenda modifica el calendario y definición de algunos hitos para asegurar el
aprovechamiento de todos los fondos «Next Generation EU», así como los costes de
algunos otros y se añaden nuevas medidas, permitiendo con esta actualización
incorporar los cambios objetivos en las circunstancias económicas y ampliar algunos
plazos para ajustarlos a los tiempos reales que requiere el cumplimiento de sus medidas.
El Plan incluye diversas medidas de reforma e inversión, agrupadas en torno a treinta
y un proyectos o componentes.
Segundo.
La ejecución de estos componentes se encuentra sometida al cumplimiento de las
obligaciones impuestas por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (en adelante
MRR,) relativas a la prevención detección y corrección del fraude, la corrupción y los
conflictos de intereses, el análisis sistemático de riesgos de conflictos de intereses e
identificación del perceptor final de los fondos, y los principios de no causar un daño
significativo (Do no Significant Harm, DNSH), prevención de doble financiación,
información y comunicación y ayudas de estado; así como la coordinación, gestión y
seguimiento del Plan que son las obligaciones necesarias que deben presidir la
ejecución y seguimiento de las reformas e inversiones financiadas con el MRR.
La Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre por la que se configura el sistema de
gestión del Plan tienen como objetivo la configuración y desarrollo de un sistema de
gestión orientado a definir, planificar, ejecutar, seguir y controlar los proyectos y
subproyectos en los que se descomponen las medidas (reformas/inversiones) previstas
en los componentes del Plan, estableciéndose a través de la Orden HFP/1031/2021, el
procedimiento, formato y periodicidad de la información de seguimiento del logro de los
hitos y objetivos y de la ejecución contable de los gastos incurridos en el desarrollo de
los proyectos, subproyectos o las líneas de acción de las medidas que conforman los
cve: BOE-A-2024-24092
Verificable en https://www.boe.es
Tercero.