Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2024-24004)
Resolución de 7 de noviembre de 2024, de la Secretaría de Estado de Memoria Democrática, por la que se publica el Convenio con la Asociación Cultural Arte y Memoria, para la organización del Festival Internacional de Cine por la Memoria Democrática de 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 278
Lunes 18 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 149167
Octava. Protección de datos.
Ambas partes se comprometen a observar la normativa vigente en materia de
protección de datos actuando en este sentido conforme a lo dispuesto en el Reglamento
(UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a
la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos
personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la
Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos) y a la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales.
Novena.
Financiación.
La aportación de 26.570 euros correspondientes a la financiación comprometida por el
Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática a que hace referencia la cláusula
segunda, estará condicionada a la justificación de la efectiva organización y realización por
parte de la Asociación Arte y Memoria de la actividad programada conjuntamente y se
realizará con cargo a la aplicación presupuestaria 22.03.925M.226.06 del presupuesto de
gastos del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática, correspondiente a los
ejercicios 2024 y 2025 con la siguiente distribución:
Ejercicio
Euros
22.03.925M.226.06
2024
15.105
22.03.925M.226.06
2025
11.465
El Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática procederá al pago de la
cantidad de 15.105 euros y 11.465 euros, respectivamente en los ejercicios 2024 y 2025,
previa presentación por parte de la entidad conveniada, de una memoria en la que se
detallen las actuaciones realizadas y el coste de las mismas, así como la documentación
justificativa correspondiente, incluyendo facturas, nóminas, documentos RLC, contratos,
actas de reuniones, documentos de trabajo u otros documentos acreditativos de la
efectiva realización de las actividades, estando permitidos pagos parciales.
Por su parte, Arte y Memoria realizará los compromisos que asume en la cláusula
segunda del presente documento con cargo a su presupuesto para el ejercicio 2024 y
financiará los gastos derivados de dichos compromisos hasta un máximo de 5.925 euros.
En cumplimiento con lo establecido en el artículo 48.6 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, las aportaciones financieras que se comprometan a realizar los firmantes no
podrán ser superiores a los gastos derivados de la ejecución del convenio. Igualmente, y
en aplicación a lo establecido en el artículo 50.2.d) de esa misma ley, la aportación de la
Administración General del Estado (MPTMD) en anualidades futuras (2025) estará
condicionada a la existencia de crédito en los correspondientes presupuestos. En el caso
de no existir en años futuros tal dotación se entenderá extinguido este convenio.
Transparencia.
El convenio suscrito será puesto a disposición de los ciudadanos en el correspondiente
Portal de Transparencia en aplicación de lo dispuesto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre,
de Transparencia, Acceso y Buen Gobierno y demás normativa de desarrollo de la misma.
Undécima. Propiedad intelectual y derechos de imagen.
Para la realización de los compromisos relativos a las actividades objeto del presente
convenio, Arte y Memoria se responsabilizará de gestionar todos los derechos de
explotación (reproducción, transformación, distribución y comunicación pública) y demás
derivados de la propiedad intelectual e industrial y de los derechos de imagen o de
cve: BOE-A-2024-24004
Verificable en https://www.boe.es
Décima.
Núm. 278
Lunes 18 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 149167
Octava. Protección de datos.
Ambas partes se comprometen a observar la normativa vigente en materia de
protección de datos actuando en este sentido conforme a lo dispuesto en el Reglamento
(UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a
la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos
personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la
Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos) y a la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales.
Novena.
Financiación.
La aportación de 26.570 euros correspondientes a la financiación comprometida por el
Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática a que hace referencia la cláusula
segunda, estará condicionada a la justificación de la efectiva organización y realización por
parte de la Asociación Arte y Memoria de la actividad programada conjuntamente y se
realizará con cargo a la aplicación presupuestaria 22.03.925M.226.06 del presupuesto de
gastos del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática, correspondiente a los
ejercicios 2024 y 2025 con la siguiente distribución:
Ejercicio
Euros
22.03.925M.226.06
2024
15.105
22.03.925M.226.06
2025
11.465
El Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática procederá al pago de la
cantidad de 15.105 euros y 11.465 euros, respectivamente en los ejercicios 2024 y 2025,
previa presentación por parte de la entidad conveniada, de una memoria en la que se
detallen las actuaciones realizadas y el coste de las mismas, así como la documentación
justificativa correspondiente, incluyendo facturas, nóminas, documentos RLC, contratos,
actas de reuniones, documentos de trabajo u otros documentos acreditativos de la
efectiva realización de las actividades, estando permitidos pagos parciales.
Por su parte, Arte y Memoria realizará los compromisos que asume en la cláusula
segunda del presente documento con cargo a su presupuesto para el ejercicio 2024 y
financiará los gastos derivados de dichos compromisos hasta un máximo de 5.925 euros.
En cumplimiento con lo establecido en el artículo 48.6 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, las aportaciones financieras que se comprometan a realizar los firmantes no
podrán ser superiores a los gastos derivados de la ejecución del convenio. Igualmente, y
en aplicación a lo establecido en el artículo 50.2.d) de esa misma ley, la aportación de la
Administración General del Estado (MPTMD) en anualidades futuras (2025) estará
condicionada a la existencia de crédito en los correspondientes presupuestos. En el caso
de no existir en años futuros tal dotación se entenderá extinguido este convenio.
Transparencia.
El convenio suscrito será puesto a disposición de los ciudadanos en el correspondiente
Portal de Transparencia en aplicación de lo dispuesto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre,
de Transparencia, Acceso y Buen Gobierno y demás normativa de desarrollo de la misma.
Undécima. Propiedad intelectual y derechos de imagen.
Para la realización de los compromisos relativos a las actividades objeto del presente
convenio, Arte y Memoria se responsabilizará de gestionar todos los derechos de
explotación (reproducción, transformación, distribución y comunicación pública) y demás
derivados de la propiedad intelectual e industrial y de los derechos de imagen o de
cve: BOE-A-2024-24004
Verificable en https://www.boe.es
Décima.