Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2024-24018)
Resolución de 4 de noviembre de 2024, del Instituto de Astrofísica de Canarias, por la que se publica el Convenio con el Cabildo Insular de Tenerife, para el Desarrollo y Aplicación de Tecnologías Aeroespaciales en la Gestión y Protección del Medio Natural en Tenerife.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 278

Lunes 18 de noviembre de 2024

Sec. III. Pág. 149258

la negociación un representante del Cabildo, tramitándose a estos efectos el
correspondiente expediente administrativo y requiriéndose acuerdo favorable del órgano
competente de esta Corporación insular.
6.9 Además, el IAC se reserva la facultad de uso de los conocimientos obtenidos
en los programas específicos que se realicen dentro del marco de este convenio para los
fines de su propia investigación y docencia.
6.10 Cada una de las Partes conservará todos sus derechos previos al presente
convenio sobre sus nombres, marcas, bases de datos y demás bienes protegidos por la
legislación española sobre propiedad intelectual e industrial.
6.11 Los beneficios generados de los derechos de explotación que corresponden al
CIT, serán justificados y abonados en la forma establecida en la estipulación 5.1.C) del
convenio.
Esta estipulación permanecerá en vigor indefinidamente tras la terminación del
convenio.
Séptima.

Comisión de seguimiento, vigilancia y control.

7.1 Para la puesta en marcha, control, seguimiento y comunicación de lo previsto
en el presente convenio, se crea una Comisión de Seguimiento, Vigilancia y Control que
será el órgano encargado de tutelar, desde la perspectiva de la colaboración y
administración de las actuaciones asociadas a este convenio y que se constituirá dentro
del mes siguiente a que surta efectos.
7.2 Composición: La Comisión estará compuesta por los siguientes representantes,
en calidad de representantes:
– Cabildo Insular de Tenerife:
● El Consejero/a Insular del Área de Investigación, Innovación y Desarrollo o
persona en quien delegue, el cual, asumirá la Presidencia de la Comisión.
● Jefe Funcional del Área de Investigación, Innovación y Desarrollo o personal en
quien delegue.
● Jefe del Servicio Administrativo/Técnico del Área de Investigación, Innovación y
Desarrollo o persona en quien delegue.
● Técnico de Administración General del Área de Investigación, Innovación y
Desarrollo que actuará como Secretario/a de la Comisión.
– Instituto de Astrofísica de Canarias:
● Director/a del Instituto de Astrofísica de Canarias, o persona en quien delegue.
● Responsable de Gestión Económica y Presupuestaria del IAC, o persona en quien
delegue.
● Responsable Técnico de IACTEC, o persona en quien delegue.
● Administrativo/a de la Unidad de Administración de Servicios Generales del IAC.
Competencias:

a) Valorar, al menos anualmente, la conveniencia de continuar con la relación
pactada.
b) Vigilancia y control de las actuaciones que se hayan previsto desarrollar, y en su
caso, aprobar la restructuración prevista en el apartado 3.2, y en su caso, aprobar los
viajes y dietas previstos en el apartado 3.3.b).
c) Dictar las instrucciones necesarias para asegurar la adecuada realización de las
actividades a desarrollar.
d) Informar sobre las incidencias acaecidas durante la ejecución del convenio o
proponer razonadamente su modificación.
e) Resolver, de manera consensuada, las discrepancias relativas a la interpretación
y aplicación del convenio.

cve: BOE-A-2024-24018
Verificable en https://www.boe.es

7.3