Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2024-24017)
Resolución de 31 de octubre de 2024, del Consorcio Barcelona Supercomputing Center-Centro Nacional de Supercomputación, por la que se publica el Convenio con Fundació Institut de Recerca contra la leucèmia Josep Carreras, para la ejecución del proyecto «BALL relapse», financiado por la Fundación «la Caixa».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 278

Lunes 18 de noviembre de 2024

Sec. III. Pág. 149241

c) Si las Partes exigieran la contratación de servicios ofrecidos por proveedores
situados en países cuya legislación en materia de tratamiento de datos no es equivalente
a la europea, dicha contratación solo se efectuará si previamente se cumplen todos los
requisitos previstos en la normativa sobre protección de datos y se aplican las garantías
y salvaguardas necesarias para mantener su privacidad. Asimismo, será necesario
informar previamente a la otra Parte firmante. Para más información, los interesados
podrán contactar con los responsables de la protección de datos o, en su caso, con el
Delegado de Protección de Datos, en las direcciones indicadas.
d) Los interesados tienen derecho de acceso a sus datos personales, a la
rectificación de datos incorrectos, a solicitar la supresión de sus datos cuando ya no
sean necesarios, a oponerse o a solicitar la limitación de su tratamiento, o a solicitar su
portabilidad, enviando un mensaje al responsable de la protección de datos o, en su
caso, al Delegado de Protección de Datos, cuando proceda, a las direcciones indicadas.
e) Cuando los interesados consideren que el tratamiento de sus datos personales
incumple la normativa aplicable, podrán presentar una reclamación ante la Agencia
Española de Protección de Datos.
11.2 Las Partes acuerdan expresamente que todos los datos o la información que
comuniquen a la Fundación «la Caixa» en relación con el Proyecto tendrán el carácter de
datos disociados, en el sentido de que no permitirán, en modo alguno, identificar a la
persona concernida, quedando, por tanto, excluidos de la aplicación de la normativa
sobre protección de datos. En particular, el Socio mantendrá informada a la Fundación
«la Caixa» acerca del desarrollo del Proyecto mediante datos cuantitativos, numéricos o
porcentuales.
11.3 Las Partes no tendrán acceso ni podrán tratar datos de carácter personal de
los que la Fundación «la Caixa» sea el responsable durante la vigencia del presente
convenio. Si durante la vigencia de este convenio fuera necesario acceder a datos
personales de los que la Fundación «la Caixa» es responsable se informará
inmediatamente a la Fundación «la Caixa», aplicando las medidas de seguridad
adecuadas, adoptando ambas Partes todas las medidas o actuaciones que sean
necesarias con arreglo a la normativa sobre protección de datos.
11.4 Las Partes declaran que cumplirán, bajo su única y exclusiva responsabilidad,
todas las obligaciones que les correspondan de conformidad con la normativa en materia
de protección de datos de carácter personal. Asimismo, las Partes se comprometen a
aplicar las medidas de seguridad que sean necesarias, eximiendo a la Fundación «la
Caixa» de toda responsabilidad frente a los daños y perjuicios o las sanciones que
reclamen terceros, incluidas las autoridades y organizaciones correspondientes en todo
aquello que tenga relación con el objeto de este convenio.
En el proceso de ejecución del Proyecto se van a transmitir o almacenar datos entre
BSC-CNS distintos a los relativos a las personas de contacto y de ejecución regulados
en los párrafos anteriores. Estos datos vendrán siempre anonimizados en origen por
parte de la entidad responsable. La entidad cesionaria será la encargada de redactar el
acuerdo correspondiente para regular la cesión de datos, si procede, y el protocolo o
instrucciones relativas a las medidas de seguridad aplicables.
Otras disposiciones.

12.1 A los efectos oportunos, las Partes declaran y reconocen que todas las
disposiciones contenidas en las Reglas de Participación serán aplicables al presente
convenio mientras esté en vigor. Queda entendido que dichas disposiciones se reiteran y
ratifican mediante la firma del presente convenio.
12.2 En este sentido, las Partes declaran que han tenido acceso y conocen el
contenido íntegro de las Reglas de Participación publicadas en la página web de la
Fundación «la Caixa».

cve: BOE-A-2024-24017
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Duodécima.