Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-24010)
Resolución de 12 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de afección ambiental del proyecto «Parque Solar Fotovoltaico El Almendro, de 36 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Huelva».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 18 de noviembre de 2024

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auxiliares o para hacer frente a situaciones de riesgo. En tal caso, se utilizarán
luminarias que no emitan luz blanca rica en longitudes de onda corta (azules y UV), la
iluminación se proyectará hacia el suelo por debajo del plano horizontal, y se limitará a lo
estrictamente necesario.
Se instalarán refugios polinizadores para la cría de invertebrados en el interior de los
recintos, próximos al vallado perimetral.
Se recomienda el uso de bandas sobre los paneles fotovoltaicos en forma de rejilla
que minimicen la mortalidad de insectos y los posibles impactos de pequeñas aves.
Sería recomendable que no todos los paneles se recubrieran con el fin de profundizar en
el análisis de las afecciones, con el fin de evaluar los efectos a lo lago de los primeros
años estableciéndolos en el programa de vigilancia ambiental.
Para disminuir el efecto barrera a la fauna y favorecer la conectividad, el vallado de la
planta se realizará en parcelas, aprovechando los conectores naturales como manchas
de vegetación o cauces, en concreto los dos cauces identificados en el estudio
hidrológico que penetran en el emplazamiento de la planta fotovoltaica, quedando de
este modo separadas estas parcelas entre sí por corredores verdes. Si se utilizan los
caminos como conectores, se deberá dejar una amplitud suficiente a ambos lados del
camino con vegetación natural, y si esta no existiera, se deberán plantar especies
autóctonas.
Los vallados perimetrales a las instalaciones, excepto los de los centros de
transformación, deberán ser permeables a la fauna, por lo que se empleará un vallado
de tipo cinegético o ganadero, con luz de malla amplia, en la parte inferior más próxima
al suelo, sin zócalo ni sujeción inferior al terreno, dejando los 20 cm inferiores libres con
el fin de garantizar la permeabilidad a la fauna de pequeño y mediano tamaño. Además,
es conveniente ejecutar aberturas en la parte inferior del vallado, de dimensiones 30
x 30 cm y/o 45 x 30 cm en algunos puntos del vallado con el fin de alcanzar la máxima
permeabilidad posible para la fauna. La altura del cerramiento no será superior a 2 m y
carecerá de elementos punzantes o cortantes, dispositivos o trampas que permitan la
entrada de fauna silvestre e impidan o dificulten su salida. No se permite en ningún caso
tener incorporados dispositivos para conectar corriente eléctrica. No podrá contar con
voladizos o con visera superior.
Se instalarán pequeñas placas de color claro al tresbolillo a lo largo del vallado para
aumentar la visibilidad y evitar la colisión de aves contra él. La distancia entre esas
placas será de 10 m.
Las medidas compensatorias para la biodiversidad se harán de acuerdo con la
Delegación Territorial de Sostenibilidad y Medio Ambiente en Huelva, que determinará
qué medidas son las más adecuadas y con qué condiciones, como la obtención de una
superficie para la mejora del hábitat de avifauna esteparia, la ejecución de un Plan de
Conservación de Aves Esteparias asociado al proyecto, u otras.
Se considera necesaria la ejecución de un plan de seguimiento específico de fauna
en la fase de construcción, con objeto de completar la información sobre la fauna
residente y tomar las medidas necesarias si fuera oportuno, que se deberá extender
durante toda la vida útil del proyecto, para verificar el adecuado funcionamiento de las
medidas preventivas, correctoras y compensatorias ejecutadas, así como para detectar
impactos no tenidos en cuenta durante la evaluación ambiental del proyecto. El
desarrollo de dicho plan se realizará por una empresa independiente de la responsable
de la obra. Se aportará la metodología a llevar a cabo, que será igual a la utilizada en el
estudio de impacto ambiental, y se incluirá su presupuesto.
Se aportarán los resultados de los censos en formato Excel o similar y cartografía
preferentemente en formato shapefile. El plan de seguimiento específico de fauna
deberá contar con el visto bueno del servicio competente de la Delegación Territorial de
Sostenibilidad y Medio Ambiente en Huelva, al que se remitirán informes periódicos con
los resultados del seguimiento ambiental durante la construcción, explotación y
desmantelamiento.

cve: BOE-A-2024-24010
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Núm. 278