Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-24010)
Resolución de 12 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de afección ambiental del proyecto «Parque Solar Fotovoltaico El Almendro, de 36 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Huelva».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 18 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 149193
Si se detectasen circunstancias que supusiesen riesgos para las especies incluidas
en el Catálogo Español o en el Catálogo Andaluz de Especies Amenazadas, la
Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente podrá tomar las medidas oportunas para
minimizar dichos riesgos.
Se respetará la vegetación silvestre existente en el emplazamiento de la planta y su
entorno no ocupados por elementos del proyecto, como árboles aislados, islas de
vegetación, ribazos, linderos, vegetación riparia.
Si fuese necesaria como consecuencia de la ejecución de las obras y por causa
justificada, la retirada de algún ejemplar de especies forestales de interés, se deberán
proponer las oportunas medidas compensatorias, como la reforestación/densificación
con especies forestales en zonas no ocupadas por la planta fotovoltaica, con una
densidad mínima de 10 pies por cada individuo retirado. Si fuese preciso cortar algún
árbol, el promotor deberá justificar la no existencia de otras alternativas y solicitar
autorización al organismo autonómico competente.
Para el control de la vegetación herbácea se priorizará el control y aprovechamiento
de la misma por parte de ganadería ovina extensiva local, siempre que sea posible. La
carga ganadera deberá calcularse y justificarse. En ningún caso se utilizarán herbicidas.
Si excepcionalmente fuera necesario realizar desbroces, los restos deberán ser
incorporados al suelo tras su trituración.
Se sembrará bajo los paneles una mezcla de herbáceas autóctonas.
Se instalará una franja vegetal por fuera del vallado perimetral de, al menos, 5 m de
anchura a lo largo de toda la extensión de la planta fotovoltaica, mediante la plantación
de especies arbóreas y arbustivas autóctonas propias de la zona. La pantalla vegetal se
instalará en todo el contorno de los subcampos del parque fotovoltaico, así como en los
casos que el cercado límite con un camino agrícola, exceptuándose en las zonas que,
por vía de acceso, pendiente, arroyo o distancia del vallado a zonas de vegetación
natural, no permitan su instalación o esta no se considere necesaria. Aun no siendo
arbórea, deberá alcanzar la altura suficiente para actuar como pantalla visual.
En relación con la afección al paisaje, considerando la permeabilidad del vallado para
la fauna, se procurará la máxima naturalidad al entorno variando la densidad en función
de la zona de plantación, a través de un plan de restauración y revegetación con el
empleo de especies arbóreas y arbustivas propias de la zona, en coordinación con la
Delegación Territorial de Sostenibilidad y Medio Ambiente en Huelva.
La restauración deberá ir encaminada a la recuperación de las superficies
temporales afectadas, especialmente las formaciones vegetales formadas por especies
leñosas y hábitat de interés comunitario. Se deberá elaborar un Plan de Restauración de
las superficies afectadas por las obras, antes del inicio de las mismas, cuyo presupuesto
debe incluirse en el proyecto de construcción. Previamente a la finalización de la vida útil
de la instalación, se elaborará un proyecto de restauración tras el desmantelamiento.
Las plantas, partes de planta y semillas a emplear en actuaciones de restauración
deberán ser especies autóctonas. Se deberá presentar un proyecto específico de
restauración para su aprobación por la Delegación Territorial de Sostenibilidad y Medio
Ambiente en Huelva, debiendo contemplar el mantenimiento de las plantaciones hasta
su total arraigo.
Las zanjas de cableado y los viales internos entre los seguidores y los módulos no se
podrán pavimentar, ni cubrir con grava o zahorra. Respecto de los caminos principales
que requieran de actuaciones de consolidación, se realizarán con zahorras de la misma
tonalidad que el entorno.
Antes del inicio de las obras, se llevará a cabo una prospección arqueológica del
emplazamiento del proyecto, que será presentado a la Delegación Territorial de Turismo,
Cultura y Deporte en Huelva. Se estará a lo dispuesto en la resolución de esta
Delegación Territorial, una vez haya evaluado el informe resultante de la prospección
arqueológica previa, para determinar la viabilidad del proyecto y las medidas protectoras
y correctoras en relación a sus afecciones sobre patrimonio cultural.
cve: BOE-A-2024-24010
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 278
Lunes 18 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 149193
Si se detectasen circunstancias que supusiesen riesgos para las especies incluidas
en el Catálogo Español o en el Catálogo Andaluz de Especies Amenazadas, la
Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente podrá tomar las medidas oportunas para
minimizar dichos riesgos.
Se respetará la vegetación silvestre existente en el emplazamiento de la planta y su
entorno no ocupados por elementos del proyecto, como árboles aislados, islas de
vegetación, ribazos, linderos, vegetación riparia.
Si fuese necesaria como consecuencia de la ejecución de las obras y por causa
justificada, la retirada de algún ejemplar de especies forestales de interés, se deberán
proponer las oportunas medidas compensatorias, como la reforestación/densificación
con especies forestales en zonas no ocupadas por la planta fotovoltaica, con una
densidad mínima de 10 pies por cada individuo retirado. Si fuese preciso cortar algún
árbol, el promotor deberá justificar la no existencia de otras alternativas y solicitar
autorización al organismo autonómico competente.
Para el control de la vegetación herbácea se priorizará el control y aprovechamiento
de la misma por parte de ganadería ovina extensiva local, siempre que sea posible. La
carga ganadera deberá calcularse y justificarse. En ningún caso se utilizarán herbicidas.
Si excepcionalmente fuera necesario realizar desbroces, los restos deberán ser
incorporados al suelo tras su trituración.
Se sembrará bajo los paneles una mezcla de herbáceas autóctonas.
Se instalará una franja vegetal por fuera del vallado perimetral de, al menos, 5 m de
anchura a lo largo de toda la extensión de la planta fotovoltaica, mediante la plantación
de especies arbóreas y arbustivas autóctonas propias de la zona. La pantalla vegetal se
instalará en todo el contorno de los subcampos del parque fotovoltaico, así como en los
casos que el cercado límite con un camino agrícola, exceptuándose en las zonas que,
por vía de acceso, pendiente, arroyo o distancia del vallado a zonas de vegetación
natural, no permitan su instalación o esta no se considere necesaria. Aun no siendo
arbórea, deberá alcanzar la altura suficiente para actuar como pantalla visual.
En relación con la afección al paisaje, considerando la permeabilidad del vallado para
la fauna, se procurará la máxima naturalidad al entorno variando la densidad en función
de la zona de plantación, a través de un plan de restauración y revegetación con el
empleo de especies arbóreas y arbustivas propias de la zona, en coordinación con la
Delegación Territorial de Sostenibilidad y Medio Ambiente en Huelva.
La restauración deberá ir encaminada a la recuperación de las superficies
temporales afectadas, especialmente las formaciones vegetales formadas por especies
leñosas y hábitat de interés comunitario. Se deberá elaborar un Plan de Restauración de
las superficies afectadas por las obras, antes del inicio de las mismas, cuyo presupuesto
debe incluirse en el proyecto de construcción. Previamente a la finalización de la vida útil
de la instalación, se elaborará un proyecto de restauración tras el desmantelamiento.
Las plantas, partes de planta y semillas a emplear en actuaciones de restauración
deberán ser especies autóctonas. Se deberá presentar un proyecto específico de
restauración para su aprobación por la Delegación Territorial de Sostenibilidad y Medio
Ambiente en Huelva, debiendo contemplar el mantenimiento de las plantaciones hasta
su total arraigo.
Las zanjas de cableado y los viales internos entre los seguidores y los módulos no se
podrán pavimentar, ni cubrir con grava o zahorra. Respecto de los caminos principales
que requieran de actuaciones de consolidación, se realizarán con zahorras de la misma
tonalidad que el entorno.
Antes del inicio de las obras, se llevará a cabo una prospección arqueológica del
emplazamiento del proyecto, que será presentado a la Delegación Territorial de Turismo,
Cultura y Deporte en Huelva. Se estará a lo dispuesto en la resolución de esta
Delegación Territorial, una vez haya evaluado el informe resultante de la prospección
arqueológica previa, para determinar la viabilidad del proyecto y las medidas protectoras
y correctoras en relación a sus afecciones sobre patrimonio cultural.
cve: BOE-A-2024-24010
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 278