Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-24010)
Resolución de 12 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de afección ambiental del proyecto «Parque Solar Fotovoltaico El Almendro, de 36 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Huelva».
12 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 18 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 149191
del agua en esa situación. No se debe poner en riesgo la capacidad de desagüe por
modificaciones de terreno en estas zonas y se debe evitar el acopio en la Zona de flujo
preferente de materiales que puedan ser arrastrados o puedan degradar el DPH, así
como evitar el almacenamiento de residuos de todo tipo.
Las zonas en las que se ubiquen acopios de material, instalaciones auxiliares y
parques de maquinaria tendrán que proyectarse fuera del DPH. Por otro lado, deberán
ser impermeabilizadas para evitar la posible contaminación de las aguas subterráneas.
Las aguas procedentes de la escorrentía de estas zonas deberán ser recogidas y
gestionadas adecuadamente para evitar la contaminación.
Durante las obras, se balizarán, señalizarán y protegerán los cauces y la charca
existentes dentro del emplazamiento de la planta fotovoltaica, los situados en el entorno
próximo de la misma, los atravesados por la línea eléctrica de evacuación y los situados
en las cercanías de dicha línea.
Las modificaciones y la reordenación puntual de la red de drenaje natural y artificial
de la planta fotovoltaica y de las infraestructuras de evacuación se rediseñarán
dimensionando las actuaciones, como obras de paso, en conformidad con los criterios
que defina la Confederación Hidrográfica del Guadiana.
En cuanto a las obras de cruce bajo los cauces, las obras sobre el dominio se
realizarán de tal forma que no se impida o dificulte la continuidad longitudinal del cauce,
y no podrán realizarse obras de protección frente a avenidas. No podrán suponer
ninguna modificación del trazado del cauce, alteración del perfil del lecho fluvial, ni se
modificará su anchura, manteniendo la sección actual en el tramo afectado. Las
actuaciones se realizarán de tal manera que la generatriz superior externa del tubo de
revestimiento quede situada a una profundidad de 1,5 m, como mínimo bajo el lecho del
cauce, sin contar lodos y fangos. En el caso de situar arquetas de registro, se colocarán
fuera de la zona de servidumbre. Se deberán colocar hitos señalizadores de los cruces,
suficientemente visibles, en ambas márgenes del cauce.
Se soterrará el tramo aéreo de la línea eléctrica de evacuación a 30 kV para eliminar
los riesgos de colisión y electrocución asociados para la fauna.
Se eliminará la parte de la planta fotovoltaica que se sitúa dentro del ámbito del Plan
de recuperación del lince ibérico, Área potencial Conexión Doñana-Aljarafe con Sierra
Morena, y la situada dentro del ámbito del Plan de recuperación y conservación de aves
necrófagas, para el buitre negro. Esta limitación no afecta a la zona que sólo está
ocupada por el ámbito de alimentación del Plan de recuperación y conservación de aves
necrófagas.
Se realizará una prospección previa de fauna para identificar posibles nidos de aves
o camadas. En caso de encontrarse nidificaciones o camadas de especies catalogadas,
no podrán ser trasladadas y se jalonará una superficie suficiente para garantizar la no
afección al éxito reproductor de la especie. Para determinar el modo de proceder y la
distancia de protección, se atenderá a lo que establezca la Delegación Territorial de
Sostenibilidad y Medio Ambiente en Huelva.
Se evitarán los trabajos iniciales de desbroce y los movimientos de tierras durante el
periodo de reproducción de las especies que puedan utilizarla como refugio o como
sustrato para la nidificación. El calendario de obras se fijará en coordinación con la
Delegación Territorial de Sostenibilidad y Medio Ambiente en Huelva.
Se evitarán los destellos de los materiales, especialmente de los soportes y
materiales de la instalación fotovoltaica. Los módulos fotovoltaicos serán anti-reflectantes
con el fin de evitar el «efecto llamada» de los paneles sobre la avifauna acuática, o la
excesiva visibilidad desde puntos alejados de la planta.
La disposición de zonas de acopios en fase de obras se situará dentro de la propia
parcela en una zona sin valores ambientales destacables y alejados de cursos de agua,
terrenos de monte, etc.
Se evitará la iluminación nocturna de la planta fotovoltaica, así como los trabajos
nocturnos durante la construcción, con las únicas excepciones de sistemas requeridos
por la normativa y de dispositivos de iluminación imprescindibles en las edificaciones
cve: BOE-A-2024-24010
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 278
Lunes 18 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 149191
del agua en esa situación. No se debe poner en riesgo la capacidad de desagüe por
modificaciones de terreno en estas zonas y se debe evitar el acopio en la Zona de flujo
preferente de materiales que puedan ser arrastrados o puedan degradar el DPH, así
como evitar el almacenamiento de residuos de todo tipo.
Las zonas en las que se ubiquen acopios de material, instalaciones auxiliares y
parques de maquinaria tendrán que proyectarse fuera del DPH. Por otro lado, deberán
ser impermeabilizadas para evitar la posible contaminación de las aguas subterráneas.
Las aguas procedentes de la escorrentía de estas zonas deberán ser recogidas y
gestionadas adecuadamente para evitar la contaminación.
Durante las obras, se balizarán, señalizarán y protegerán los cauces y la charca
existentes dentro del emplazamiento de la planta fotovoltaica, los situados en el entorno
próximo de la misma, los atravesados por la línea eléctrica de evacuación y los situados
en las cercanías de dicha línea.
Las modificaciones y la reordenación puntual de la red de drenaje natural y artificial
de la planta fotovoltaica y de las infraestructuras de evacuación se rediseñarán
dimensionando las actuaciones, como obras de paso, en conformidad con los criterios
que defina la Confederación Hidrográfica del Guadiana.
En cuanto a las obras de cruce bajo los cauces, las obras sobre el dominio se
realizarán de tal forma que no se impida o dificulte la continuidad longitudinal del cauce,
y no podrán realizarse obras de protección frente a avenidas. No podrán suponer
ninguna modificación del trazado del cauce, alteración del perfil del lecho fluvial, ni se
modificará su anchura, manteniendo la sección actual en el tramo afectado. Las
actuaciones se realizarán de tal manera que la generatriz superior externa del tubo de
revestimiento quede situada a una profundidad de 1,5 m, como mínimo bajo el lecho del
cauce, sin contar lodos y fangos. En el caso de situar arquetas de registro, se colocarán
fuera de la zona de servidumbre. Se deberán colocar hitos señalizadores de los cruces,
suficientemente visibles, en ambas márgenes del cauce.
Se soterrará el tramo aéreo de la línea eléctrica de evacuación a 30 kV para eliminar
los riesgos de colisión y electrocución asociados para la fauna.
Se eliminará la parte de la planta fotovoltaica que se sitúa dentro del ámbito del Plan
de recuperación del lince ibérico, Área potencial Conexión Doñana-Aljarafe con Sierra
Morena, y la situada dentro del ámbito del Plan de recuperación y conservación de aves
necrófagas, para el buitre negro. Esta limitación no afecta a la zona que sólo está
ocupada por el ámbito de alimentación del Plan de recuperación y conservación de aves
necrófagas.
Se realizará una prospección previa de fauna para identificar posibles nidos de aves
o camadas. En caso de encontrarse nidificaciones o camadas de especies catalogadas,
no podrán ser trasladadas y se jalonará una superficie suficiente para garantizar la no
afección al éxito reproductor de la especie. Para determinar el modo de proceder y la
distancia de protección, se atenderá a lo que establezca la Delegación Territorial de
Sostenibilidad y Medio Ambiente en Huelva.
Se evitarán los trabajos iniciales de desbroce y los movimientos de tierras durante el
periodo de reproducción de las especies que puedan utilizarla como refugio o como
sustrato para la nidificación. El calendario de obras se fijará en coordinación con la
Delegación Territorial de Sostenibilidad y Medio Ambiente en Huelva.
Se evitarán los destellos de los materiales, especialmente de los soportes y
materiales de la instalación fotovoltaica. Los módulos fotovoltaicos serán anti-reflectantes
con el fin de evitar el «efecto llamada» de los paneles sobre la avifauna acuática, o la
excesiva visibilidad desde puntos alejados de la planta.
La disposición de zonas de acopios en fase de obras se situará dentro de la propia
parcela en una zona sin valores ambientales destacables y alejados de cursos de agua,
terrenos de monte, etc.
Se evitará la iluminación nocturna de la planta fotovoltaica, así como los trabajos
nocturnos durante la construcción, con las únicas excepciones de sistemas requeridos
por la normativa y de dispositivos de iluminación imprescindibles en las edificaciones
cve: BOE-A-2024-24010
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 278