Ministerio Para La Transformación Digital y de La Función Pública. I. Disposiciones generales. Subvenciones. (BOE-A-2024-23951)
Real Decreto 1123/2024, de 5 de noviembre, por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Federación Española de Municipios y Provincias para la financiación de la Oficina Técnica de apoyo a la Red Española de Ciudades Inteligentes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 278
Lunes 18 de noviembre de 2024
Sec. I. Pág. 148633
Estas ayudas se incorporarán en la actualización del Plan Estratégico de
Subvenciones 2024-2026 del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función
Pública.
V
Para la tramitación de este real decreto se han recabado previamente las
conformidades internas.
El proyecto se acompaña de una Memoria del Análisis de Impacto Normativo (MAIN),
en aplicación de lo dispuesto en el artículo 26.3 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre,
del Gobierno, y en el artículo 2 del Real Decreto 931/2017, de 27 de octubre, por el que
se regula la Memoria del Análisis de Impacto Normativo, y de la preceptiva memoria
justificativa del órgano gestor de la subvención del carácter singular y de las razones de
interés público, social, económico o humanitario de la subvención que dificultan su
convocatoria pública, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 67.3.a) del
Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
No es necesario realizar del trámite de consulta pública previa atendiendo a lo
previsto en la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, dado que la actividad subvencionada no
tiene un impacto significativo en la actividad económica ni impone obligaciones
relevantes a los destinatarios. Asimismo, se ha prescindido de los trámites de audiencia
e información pública a los ciudadanos previstos en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997,
de 27 de noviembre, por tratarse de un real decreto de concesión de subvención directa
a un destinatario único para la financiación de una actividad de interés público, de modo
que no afecta a los derechos e intereses legítimos de los ciudadanos.
Además, se ha recabado informe del Ministerio de Hacienda de acuerdo con lo
previsto en el artículo 28.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en el
artículo 67.3.b) de su Reglamento. Así como informe de la Secretaría General Técnica
del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, de acuerdo con el
artículo 26.5, párrafo cuarto, de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre.
En su virtud, a propuesta del Ministro para la Transformación Digital y de la Función
Pública, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 5 de
noviembre de 2024,
DISPONGO:
TÍTULO PRELIMINAR
Disposiciones Generales
Este real decreto tiene por objeto establecer, con carácter de bases reguladoras, la
concesión directa de una subvención, por importe de doscientos mil euros (200.000,00 €)
con cargo a la aplicación 33.04.467I.486 de los presupuestos de gastos del ejercicio
corriente, a la Federación Española de Municipios y Provincias (en adelante, FEMP) para
la financiación de la Oficina Técnica de apoyo a la Red Española de Ciudades
Inteligentes (RECI), que permita fomentar e impulsar las políticas de digitalización y
modernización de la Administración local a través de la mencionada red.
Artículo 2.
Fundamento y justificación de la concesión directa.
Se regula la concesión directa de esta subvención en aplicación de lo previsto en el
artículo 22, apartado 2, letra c), de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, en relación
con lo establecido en el artículo 28, apartados 2 y 3, de dicha ley y en el artículo 67 del
Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de diciembre, aprobado por Real
cve: BOE-A-2024-23951
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 1. Objeto.
Núm. 278
Lunes 18 de noviembre de 2024
Sec. I. Pág. 148633
Estas ayudas se incorporarán en la actualización del Plan Estratégico de
Subvenciones 2024-2026 del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función
Pública.
V
Para la tramitación de este real decreto se han recabado previamente las
conformidades internas.
El proyecto se acompaña de una Memoria del Análisis de Impacto Normativo (MAIN),
en aplicación de lo dispuesto en el artículo 26.3 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre,
del Gobierno, y en el artículo 2 del Real Decreto 931/2017, de 27 de octubre, por el que
se regula la Memoria del Análisis de Impacto Normativo, y de la preceptiva memoria
justificativa del órgano gestor de la subvención del carácter singular y de las razones de
interés público, social, económico o humanitario de la subvención que dificultan su
convocatoria pública, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 67.3.a) del
Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
No es necesario realizar del trámite de consulta pública previa atendiendo a lo
previsto en la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, dado que la actividad subvencionada no
tiene un impacto significativo en la actividad económica ni impone obligaciones
relevantes a los destinatarios. Asimismo, se ha prescindido de los trámites de audiencia
e información pública a los ciudadanos previstos en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997,
de 27 de noviembre, por tratarse de un real decreto de concesión de subvención directa
a un destinatario único para la financiación de una actividad de interés público, de modo
que no afecta a los derechos e intereses legítimos de los ciudadanos.
Además, se ha recabado informe del Ministerio de Hacienda de acuerdo con lo
previsto en el artículo 28.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en el
artículo 67.3.b) de su Reglamento. Así como informe de la Secretaría General Técnica
del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, de acuerdo con el
artículo 26.5, párrafo cuarto, de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre.
En su virtud, a propuesta del Ministro para la Transformación Digital y de la Función
Pública, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 5 de
noviembre de 2024,
DISPONGO:
TÍTULO PRELIMINAR
Disposiciones Generales
Este real decreto tiene por objeto establecer, con carácter de bases reguladoras, la
concesión directa de una subvención, por importe de doscientos mil euros (200.000,00 €)
con cargo a la aplicación 33.04.467I.486 de los presupuestos de gastos del ejercicio
corriente, a la Federación Española de Municipios y Provincias (en adelante, FEMP) para
la financiación de la Oficina Técnica de apoyo a la Red Española de Ciudades
Inteligentes (RECI), que permita fomentar e impulsar las políticas de digitalización y
modernización de la Administración local a través de la mencionada red.
Artículo 2.
Fundamento y justificación de la concesión directa.
Se regula la concesión directa de esta subvención en aplicación de lo previsto en el
artículo 22, apartado 2, letra c), de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, en relación
con lo establecido en el artículo 28, apartados 2 y 3, de dicha ley y en el artículo 67 del
Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de diciembre, aprobado por Real
cve: BOE-A-2024-23951
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Artículo 1. Objeto.