Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo Nacional Veterinario. (BOE-A-2024-23789)
Resolución de 4 de noviembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo Nacional Veterinario.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 15 de noviembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 147769
b) El pago electrónico de la tasa de derechos de examen se realizará en los términos
previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo, por la que se establecen los
supuestos y condiciones generales para el pago por vía electrónica de las tasas que
constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos.
La constancia de correcto pago de las tasas estará avalado por el Número de Referencia
Completo (NRC) emitido por la AEAT que figurará en el justificante de registro.
En el caso de exención del pago de la tasa o de reducción de esta, deberá
adjuntarse escaneada la documentación justificativa relacionada en el anexo IV de esta
convocatoria, si no se da la conformidad al órgano gestor para la verificación de datos en
la plataforma de intermediación.
Cumplimentados todos los datos solicitados, pulsará el botón de «Firma y enviar
inscripción». El proceso de inscripción finalizará correctamente si se muestran el
justificante de registro de la inscripción y, en su caso, del pago en la pestaña «Mis
inscripciones».
En el caso de que no sea posible realizar la inscripción electrónica por quienes la
cursen en el extranjero, se podrá presentar en las representaciones diplomáticas o
consulares españolas correspondientes. Estas solicitudes cursadas en el extranjero
acompañarán el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen. El
ingreso de estas solicitudes podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del
Banco Bilbao Vizcaya Argentaria o mediante transferencia desde un número de cuenta
bancaria abierta en una entidad extranjera, a la cuenta corriente código IBAN
ES06-0182-2370-4902-0020-3962 (código BIC BBVAESMM) del Banco Bilbao Vizcaya
Argentaria a nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Política Territorial y Función
Pública. Derechos de examen». Este sistema de pago sólo será válido para las
solicitudes que sean cursadas en el extranjero.
El tratamiento de la información por medios telemáticos tendrá en cuenta lo
establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y Garantía de los Derechos Digitales.
9.2 La solicitud se dirigirá a la Subsecretaría de Agricultura, Pesca y Alimentación. La
no presentación de ésta en tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona aspirante.
9.3 Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la
solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición de la persona
interesada.
9.4 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo V.
10.
Tribunal
10.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como anexo III
a esta convocatoria.
10.2 El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por
el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.
Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las
incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto
las decisiones motivadas que estime pertinentes.
10.3 Las personas aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando
concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1
de octubre.
10.4 De acuerdo con el artículo 3.15 del Real Decreto 656/2024, de 2 de julio, por
el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2024, se publicará en la
página web del Departamento un breve currículo profesional de las personas que forman
parte del tribunal calificador de este proceso selectivo.
10.5 Se habilita al tribunal calificador para que adopte las medidas, instrucciones o
resoluciones necesarias para descentralizar al máximo posible la realización de las
pruebas selectivas y la lectura de los ejercicios. Para ello, el tribunal podrá acordar la
forma, el procedimiento a seguir y el orden de actuación de las personas aspirantes, en
cve: BOE-A-2024-23789
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 276
Viernes 15 de noviembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 147769
b) El pago electrónico de la tasa de derechos de examen se realizará en los términos
previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo, por la que se establecen los
supuestos y condiciones generales para el pago por vía electrónica de las tasas que
constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos.
La constancia de correcto pago de las tasas estará avalado por el Número de Referencia
Completo (NRC) emitido por la AEAT que figurará en el justificante de registro.
En el caso de exención del pago de la tasa o de reducción de esta, deberá
adjuntarse escaneada la documentación justificativa relacionada en el anexo IV de esta
convocatoria, si no se da la conformidad al órgano gestor para la verificación de datos en
la plataforma de intermediación.
Cumplimentados todos los datos solicitados, pulsará el botón de «Firma y enviar
inscripción». El proceso de inscripción finalizará correctamente si se muestran el
justificante de registro de la inscripción y, en su caso, del pago en la pestaña «Mis
inscripciones».
En el caso de que no sea posible realizar la inscripción electrónica por quienes la
cursen en el extranjero, se podrá presentar en las representaciones diplomáticas o
consulares españolas correspondientes. Estas solicitudes cursadas en el extranjero
acompañarán el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen. El
ingreso de estas solicitudes podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del
Banco Bilbao Vizcaya Argentaria o mediante transferencia desde un número de cuenta
bancaria abierta en una entidad extranjera, a la cuenta corriente código IBAN
ES06-0182-2370-4902-0020-3962 (código BIC BBVAESMM) del Banco Bilbao Vizcaya
Argentaria a nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Política Territorial y Función
Pública. Derechos de examen». Este sistema de pago sólo será válido para las
solicitudes que sean cursadas en el extranjero.
El tratamiento de la información por medios telemáticos tendrá en cuenta lo
establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y Garantía de los Derechos Digitales.
9.2 La solicitud se dirigirá a la Subsecretaría de Agricultura, Pesca y Alimentación. La
no presentación de ésta en tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona aspirante.
9.3 Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la
solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición de la persona
interesada.
9.4 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo V.
10.
Tribunal
10.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como anexo III
a esta convocatoria.
10.2 El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por
el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.
Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las
incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto
las decisiones motivadas que estime pertinentes.
10.3 Las personas aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando
concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1
de octubre.
10.4 De acuerdo con el artículo 3.15 del Real Decreto 656/2024, de 2 de julio, por
el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2024, se publicará en la
página web del Departamento un breve currículo profesional de las personas que forman
parte del tribunal calificador de este proceso selectivo.
10.5 Se habilita al tribunal calificador para que adopte las medidas, instrucciones o
resoluciones necesarias para descentralizar al máximo posible la realización de las
pruebas selectivas y la lectura de los ejercicios. Para ello, el tribunal podrá acordar la
forma, el procedimiento a seguir y el orden de actuación de las personas aspirantes, en
cve: BOE-A-2024-23789
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 276