Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo Nacional Veterinario. (BOE-A-2024-23789)
Resolución de 4 de noviembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo Nacional Veterinario.
23 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 15 de noviembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 147768
personal funcionario interino del Cuerpo Nacional Veterinario, previo informe del
departamento ministerial con competencias en materia de función pública.
Esta relación, que tendrá una duración que no excederá de dos años, se conformará
con las personas aspirantes que hayan superado al menos un ejercicio de la fase de
oposición, ordenadas por la suma total de la puntuación obtenida en cada uno de los
ejercicios aprobados, con la finalidad de que la selección de personal funcionario interino
del Cuerpo Nacional Veterinario se pueda realizar con esta lista de personas candidatas
mediante procedimientos ágiles, salvo para aquellas personas que manifiesten
expresamente su deseo de no participar en dicha lista.
8.2 Para poder iniciar el procedimiento de gestión de la lista de personas
candidatas, será necesaria la autorización de la Dirección General de la Función Pública.
8.3 Este procedimiento de selección de personal funcionario interino se hará
público en la página web del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
9.
Solicitudes
9.1 Las solicitudes deberán cumplimentarse electrónicamente en el modelo oficial
de admisión 790, al que se accederá, con carácter general, a través del Punto de Acceso
General en la siguiente URL: http://administracion.gob.es/PAG/ips.
La presentación de la solicitud se realizará en el plazo de 20 días hábiles contados a
partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín
Oficial del Estado», exclusivamente a través de medios electrónicos, de acuerdo con lo
dispuesto en la disposición adicional primera del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo
(BOE del 31 de marzo), por el que se aprueba el Reglamento de actuación y
funcionamiento del sector público por medios electrónicos y en la Orden APA/76/2020,
de 20 de enero (BOE del 30 de enero), por la que se establece la obligatoriedad de la
inscripción electrónica en los procesos selectivos para el ingreso a los cuerpos y escalas
de personal funcionario y puestos de personal laboral fijo cuya selección corresponde al
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
No obstante lo anterior, y de conformidad con lo previsto en el artículo 32.4 de la
Ley 39/2015, de 1 de Octubre y en la Orden APA/76/2020, en caso de incidencia técnica
que imposibilite la presentación de la solicitud por medios telemáticos, y hasta que se
solucione la incidencia, la Administración podrá determinar una ampliación de los plazos
no vencidos y publicará en la sede electrónica del órgano convocante, tanto la incidencia
técnica acontecida como la ampliación concreta del plazo no vencido.
a) La presentación de la solicitud por vía electrónica se realizará haciendo uso del
servicio Inscripción en Procesos Pruebas Selectivas del Punto de Acceso General (http://
administracion.gob.es/PAG/ips), siguiendo las instrucciones que se le indiquen, siendo
necesario identificarse mediante la plataforma de identificación y firma electrónica
Cl@ve, en cualquiera de sus modalidades.
La presentación por esta vía permitirá:
– La cumplimentación e inscripción en línea del modelo 790.
– Anexar documentos a la solicitud.
– El pago electrónico de las tasas.
– El registro electrónico de la solicitud.
– La modificación o subsanación de los datos de la inscripción realizada durante el
plazo de referido.
– La subsanación, en su caso, de la solicitud durante el plazo de subsanación.
En el caso de que se produzca alguna incidencia técnica durante el proceso de
inscripción deberán dirigirse al teléfono 060, o rellenar el formulario de consultas/
incidencias, disponible en la siguiente dirección: https://centrodeservicios.redsara.es/ayuda/
consulta/IPS.
cve: BOE-A-2024-23789
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 276
Viernes 15 de noviembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 147768
personal funcionario interino del Cuerpo Nacional Veterinario, previo informe del
departamento ministerial con competencias en materia de función pública.
Esta relación, que tendrá una duración que no excederá de dos años, se conformará
con las personas aspirantes que hayan superado al menos un ejercicio de la fase de
oposición, ordenadas por la suma total de la puntuación obtenida en cada uno de los
ejercicios aprobados, con la finalidad de que la selección de personal funcionario interino
del Cuerpo Nacional Veterinario se pueda realizar con esta lista de personas candidatas
mediante procedimientos ágiles, salvo para aquellas personas que manifiesten
expresamente su deseo de no participar en dicha lista.
8.2 Para poder iniciar el procedimiento de gestión de la lista de personas
candidatas, será necesaria la autorización de la Dirección General de la Función Pública.
8.3 Este procedimiento de selección de personal funcionario interino se hará
público en la página web del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
9.
Solicitudes
9.1 Las solicitudes deberán cumplimentarse electrónicamente en el modelo oficial
de admisión 790, al que se accederá, con carácter general, a través del Punto de Acceso
General en la siguiente URL: http://administracion.gob.es/PAG/ips.
La presentación de la solicitud se realizará en el plazo de 20 días hábiles contados a
partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín
Oficial del Estado», exclusivamente a través de medios electrónicos, de acuerdo con lo
dispuesto en la disposición adicional primera del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo
(BOE del 31 de marzo), por el que se aprueba el Reglamento de actuación y
funcionamiento del sector público por medios electrónicos y en la Orden APA/76/2020,
de 20 de enero (BOE del 30 de enero), por la que se establece la obligatoriedad de la
inscripción electrónica en los procesos selectivos para el ingreso a los cuerpos y escalas
de personal funcionario y puestos de personal laboral fijo cuya selección corresponde al
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
No obstante lo anterior, y de conformidad con lo previsto en el artículo 32.4 de la
Ley 39/2015, de 1 de Octubre y en la Orden APA/76/2020, en caso de incidencia técnica
que imposibilite la presentación de la solicitud por medios telemáticos, y hasta que se
solucione la incidencia, la Administración podrá determinar una ampliación de los plazos
no vencidos y publicará en la sede electrónica del órgano convocante, tanto la incidencia
técnica acontecida como la ampliación concreta del plazo no vencido.
a) La presentación de la solicitud por vía electrónica se realizará haciendo uso del
servicio Inscripción en Procesos Pruebas Selectivas del Punto de Acceso General (http://
administracion.gob.es/PAG/ips), siguiendo las instrucciones que se le indiquen, siendo
necesario identificarse mediante la plataforma de identificación y firma electrónica
Cl@ve, en cualquiera de sus modalidades.
La presentación por esta vía permitirá:
– La cumplimentación e inscripción en línea del modelo 790.
– Anexar documentos a la solicitud.
– El pago electrónico de las tasas.
– El registro electrónico de la solicitud.
– La modificación o subsanación de los datos de la inscripción realizada durante el
plazo de referido.
– La subsanación, en su caso, de la solicitud durante el plazo de subsanación.
En el caso de que se produzca alguna incidencia técnica durante el proceso de
inscripción deberán dirigirse al teléfono 060, o rellenar el formulario de consultas/
incidencias, disponible en la siguiente dirección: https://centrodeservicios.redsara.es/ayuda/
consulta/IPS.
cve: BOE-A-2024-23789
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 276