Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2024-23842)
Resolución de 10 de octubre de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Caravaca de la Cruz a inscribir la rectificación de los linderos de una finca, por invadir la representación gráfica alternativa incorporada al título la de otra finca previamente inscrita.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 15 de noviembre de 2024

Sec. III. Pág. 148013

Perteneciéndome, por adjudicación documentada en escrituras, por herencia de sus
padres, que se citan (…)
La finca interesada fue adquirida por mis padres, a Dña. M. C. C. G. M., mediante
escritura de compra-venta, Protocolo número 540, de fecha, 22 de agosto de 1984, ante
el Notario Don Antonio Trigueros Fernández, con residencia en Caravaca, actuando en
sustitución reglamentada, por el Notario de Cehegín, Don Antonio Artero García (…)
Esta finca, como se puede comprobar de la escritura con Título número 540 de 22 de
agosto de 1984 (la de adquisición por los padres del demandante, luego heredada por
él); procede de una segregación de una finca mayor, sita en Término municipal de
Cehegín, partido (…)
En el momento de la compra, por indicación de la entonces vendedora, doña. M. C.
C. G. M., quién tenía intención, según sus indicaciones de vender más porciones de su
finca 1057, antes citada, no se llevaron a cabo inscripciones; ni registral, ni catastral de
la mentada finca 28589. Luego, en fecha 05 de abril de 2001, se efectuó la inscripción
Registral de la mentada finca 28589, en el Registro de la Propiedad de Caravaca de la
Cruz (Murcia) (…)
Ante lo expuesto, queda pues acreditada, sin duda alguna, la legal tenencia,
propiedad y posesión de dicha finca 28589 que nos ocupa, sin que los documentos
aportados, justificativos de tal circunstancia dejen margen alguno a la interpretación o
error por tercero sobre tales hechos.
Segundo. Identificación de la Finca Registral 28589, del término municipal de
Cehegín (Murcia) perteneciente a mi mandante.
La mentada finca 28589 de las de Cehegín (Murcia) propiedad del Demandante, es
conocida popularmente, y así también por mi patrocinado, como (…) dado que es
resultante, por segregación, de una hacienda mayor, como se acreditó anteriormente, la
finca registral número 1057 también de las de Cehegín, que ostentaba dicha
denominación.
De la certificación histórica de la FR N.º1057 finca matriz de cuya segregación surge
la finca n.º 28589, que es objeto de este recurso se desprende lo siguiente:
– De la finca Matriz (n.º 1057) se realizan distintas segregaciones que como se
desprende tanto de su certificación histórica como de su nota simple de información, son
un total de seis inscripciones, siendo la sexta la que se desglosan las siguientes
segregaciones:
– De su componente 1.º se segregan 83 áreas, 84 centiáreas dando lugar a la FR
N.º 23998.
– De su componente 4.º se segregan 78 áreas, 85 centiáreas que pasaron a formar
la FR N.º 23999.
– De su componente 4.º se segregan 10 áreas, 68 centiáreas aprox. que pasaron a
formar la FR N.º 28589.
En consecuencia a lo descrito en la certificación histórica de la finca matriz, las
fincas 23298, 23299 y 28589 son todas ellas segregaciones de la finca matriz 1057 de
Cehegín; y al efecto estas dos últimas del componente cuarto (23299 y 28589)
colindantes entre sí.
Además en aras de favorecer la comprensión e ilustración, facilitaremos las
siguientes imágenes que acreditarán que, la finca 28589, tiene una situación geográfica
inconfundible respecto de otras partes de las actuales fincas segregadas también, de la
citada en origen 1057 del Término municipal de Cehegín; pues está bordeada en su
mayor parte por dos elementos geográficos que se contextualizan como linderos fijos
(descritos en la nota simple), pues no están sujetos a fácil variación, como son un
camino -de paso para la finca inicial y otras derivadas y vecinas de esta- y una acequia
anexa a dicho camino (…) heredamiento de riego con más de trescientos años de
antigüedad. Ambos elementos discurren junto a mi terreno, constituyendo lindero natural

cve: BOE-A-2024-23842
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Núm. 276