Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. I. Disposiciones generales. Formación profesional. (BOE-A-2024-23757)
Real Decreto 1025/2024, de 8 de octubre, por el que se actualizan y suprimen determinadas cualificaciones profesionales de las familias profesionales Seguridad y Medio Ambiente; Servicios Socioculturales y a la Comunidad; Textil, Confección y Piel; y Transporte y Mantenimiento de Vehículos, recogidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 15 de noviembre de 2024
Sec. I. Pág. 147050
derivados, para la elaboración de prendas y productos de piel de
altísima calidad, en el primer caso y, reparando, saneando o cambiando
piezas para corregir posibles daños ocasionados por el uso de las
prendas con los retales de lomos y derivados.
CR2.5 Los residuos generados en la clasificación de las pieles se tratan,
reciclándolos, reutilizándolos o reparándolos, según el plan de
producción y gestión de residuos de la empresa.
RP3: Aplicar técnicas de corte (clásicas o modernas) de pieles, bodies y tejidos
(forros, telas de gabardina, entretelas, guatas, bolsillos, entre otros), teniendo
en cuenta las características de la materia prima, a fin de lograr su
aprovechamiento y obtener componentes de prendas no conformadas o
conformadas.
CR3.1 Las pieles, en cada componente de la prenda o artículo (delanteros,
mangas, espalda, entre otros) se distribuyen, teniendo en cuenta el
aprovechamiento de la materia prima y la obtención de un producto con
la calidad requerida por la clientela.
CR3.2 Las pieles necesarias para la confección de la prenda o artículo de
peletería se calculan, teniendo en cuenta las exigencias propias del
patrón del modelo, estado y características de las mismas
(dimensiones, tipos de piel, entre otras), así como las técnicas de corte
a aplicar en la confección (Three Skins, Degradé, Diagonal, Uno Dos,
Furry Lace, entre otros).
CR3.3 El tipo de corte y forma de manipulación de la piel se establecen, en
función de la altura de pelo, tamaño de la piel y modelo a confeccionar.
CR3.4 Las herramientas y máquinas de corte, pistolas de grapar, cuchillas y
tijeras se preparan, atendiendo a los requerimientos de la orden de
corte, tipo de material a cortar y, utilizando los Equipos de Protección
Individual (EPI) específicos, a fin de evitar posibles riesgos laborales.
CR3.5 El cuero se endurece previamente, mojándolo con agua, estirándolo,
clavándolo en el tablero y dejándolo secar, a fin de facilitar su corte con
cuchilla o máquina, así como para darle la forma deseada con las
manos.
CR3.6 Las pieles se estiran, en base a su grado de ductilidad, tolerancia y
artículo a fabricar.
CR3.7 La forma original de la piel se modifica (alarga o ensancha), en caso
necesario, mediante la utilización de la técnica de corte específica para
el modelo a confeccionar (cortes en w).
CR3.8 Las pieles se empalman, de ser el caso, mediante técnicas de corte
específicas y plantillas de formas (picos, ondas, gajos, lomo con
barriga, entre otras), teniendo en cuenta el tipo de piel y modelo
original.
RP4: Dar forma a las pieles y bodies, estirándolas, clavándolas y refilándolas, a fin
de conferirles la forma del patrón.
CR4.1 Las pieles unidas con costura peletera se humedecen, con agua y
productos específicos (grasas), a fin de aplanar la superficie de trabajo,
asentar el cuero y las costuras recientes y dar la forma según patrón y
modelo original.
CR4.2 Las pieles y componentes de las prendas de peletería se estiran,
teniendo en cuenta el tipo de piel (tolerancia) y las formas del patrón a
conseguir.
CR4.3 El patrón trazado se marca, sobre el tablero de clavado, con tiza o
lápiz.
cve: BOE-A-2024-23757
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 276
Viernes 15 de noviembre de 2024
Sec. I. Pág. 147050
derivados, para la elaboración de prendas y productos de piel de
altísima calidad, en el primer caso y, reparando, saneando o cambiando
piezas para corregir posibles daños ocasionados por el uso de las
prendas con los retales de lomos y derivados.
CR2.5 Los residuos generados en la clasificación de las pieles se tratan,
reciclándolos, reutilizándolos o reparándolos, según el plan de
producción y gestión de residuos de la empresa.
RP3: Aplicar técnicas de corte (clásicas o modernas) de pieles, bodies y tejidos
(forros, telas de gabardina, entretelas, guatas, bolsillos, entre otros), teniendo
en cuenta las características de la materia prima, a fin de lograr su
aprovechamiento y obtener componentes de prendas no conformadas o
conformadas.
CR3.1 Las pieles, en cada componente de la prenda o artículo (delanteros,
mangas, espalda, entre otros) se distribuyen, teniendo en cuenta el
aprovechamiento de la materia prima y la obtención de un producto con
la calidad requerida por la clientela.
CR3.2 Las pieles necesarias para la confección de la prenda o artículo de
peletería se calculan, teniendo en cuenta las exigencias propias del
patrón del modelo, estado y características de las mismas
(dimensiones, tipos de piel, entre otras), así como las técnicas de corte
a aplicar en la confección (Three Skins, Degradé, Diagonal, Uno Dos,
Furry Lace, entre otros).
CR3.3 El tipo de corte y forma de manipulación de la piel se establecen, en
función de la altura de pelo, tamaño de la piel y modelo a confeccionar.
CR3.4 Las herramientas y máquinas de corte, pistolas de grapar, cuchillas y
tijeras se preparan, atendiendo a los requerimientos de la orden de
corte, tipo de material a cortar y, utilizando los Equipos de Protección
Individual (EPI) específicos, a fin de evitar posibles riesgos laborales.
CR3.5 El cuero se endurece previamente, mojándolo con agua, estirándolo,
clavándolo en el tablero y dejándolo secar, a fin de facilitar su corte con
cuchilla o máquina, así como para darle la forma deseada con las
manos.
CR3.6 Las pieles se estiran, en base a su grado de ductilidad, tolerancia y
artículo a fabricar.
CR3.7 La forma original de la piel se modifica (alarga o ensancha), en caso
necesario, mediante la utilización de la técnica de corte específica para
el modelo a confeccionar (cortes en w).
CR3.8 Las pieles se empalman, de ser el caso, mediante técnicas de corte
específicas y plantillas de formas (picos, ondas, gajos, lomo con
barriga, entre otras), teniendo en cuenta el tipo de piel y modelo
original.
RP4: Dar forma a las pieles y bodies, estirándolas, clavándolas y refilándolas, a fin
de conferirles la forma del patrón.
CR4.1 Las pieles unidas con costura peletera se humedecen, con agua y
productos específicos (grasas), a fin de aplanar la superficie de trabajo,
asentar el cuero y las costuras recientes y dar la forma según patrón y
modelo original.
CR4.2 Las pieles y componentes de las prendas de peletería se estiran,
teniendo en cuenta el tipo de piel (tolerancia) y las formas del patrón a
conseguir.
CR4.3 El patrón trazado se marca, sobre el tablero de clavado, con tiza o
lápiz.
cve: BOE-A-2024-23757
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Núm. 276