Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2024-23715)
Resolución de 5 de noviembre de 2024, de la Universitat de Lleida, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 14 de noviembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 146638
Las comisiones podrán requerir a las personas candidatas, que aporten a la comisión
la documentación que acredite los méritos referidos en su currículum. Los candidatos
entregarán en el plazo máximo de dos días, la documentación requerida.
La puntuación final para cada una de las personas candidatas deberá ser un valor de
entre 0 y 100 puntos.
En caso de empate en la puntuación obtenida de las personas candidatas se deberá
priorizar a la persona del sexo menos representado en la categoría laboral o cuerpo
docente de que se trate en el marco de la Universitat de Lleida.
La comisión redactará un acta en la que deberá figurar una relación priorizada de las
personas candidatas que hayan superado el proceso selectivo, así como un informe
razonado de su decisión. La decisión de la comisión tendrá carácter vinculante.
Este documento se publica en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la
Universitat de Lleida una vez concluido el proceso de selección y antes de elevar al
rector la propuesta de provisión o contratación.
7.5 La comisión propondrá a la primera persona de la relación priorizada para
ocupar la plaza, motivo del proceso selectivo. En el caso de que alguna de las personas
de la relación priorizada renuncie, ocupará su puesto la persona candidata que sigue a la
relación.
7.6 Si ninguna de las personas candidatas ha superado el proceso de selección, la
comisión lo reflejará en el acta de forma justificada y la convocatoria se declarará
desierta.
7.7 En los tres días hábiles posteriores al final de la actuación de la comisión, el
secretario o la secretaria entregará a la Sección de PDI, de la Unidad de Personal, los
siguientes documentos:
a) El acta de constitución de la comisión y de cada una de las sesiones realizadas,
donde deben constar los acuerdos tomados y las actuaciones fundamentales.
b) El documento en el que quede reflejada la puntuación que la comisión haya
asignado a cada uno de los aspectos a valorar de los criterios establecidos en el
anexo 2.
c) Los informes y las valoraciones numéricas correspondientes a cada una de las
personas candidatas.
d) El acta de la propuesta de adjudicación de la plaza, con la relación priorizada de
las personas candidatas, que indique la puntuación final obtenida.
7.8 La propuesta de adjudicación se hará publica en el tablón de anuncios de la
Sede electrónica de la Universitat de Lleida.
7.9 Contra la propuesta de la comisión, las personas candidatas pueden presentar
reclamación ante el rector, en el plazo máximo de diez días hábiles, a contar desde el día
siguiente de la publicación de la propuesta en el tablón de anuncios de la sede
electrónica de la Universitat de Lleida.
Una vez admitida a trámite la reclamación, la adjudicación de la plaza queda en
suspenso hasta su resolución.
Las reclamaciones serán valoradas por la Comisión de Reclamaciones de la
Universitat de Lleida que escuchará a los miembros de la comisión, contra cuya
propuesta, se haya presentado la reclamación, así como a las personas candidatas.
La Comisión de Reclamaciones examinará el expediente correspondiente al proceso
selectivo con el fin de velar por las garantías establecidas y ratificará o no la propuesta
reclamada en el plazo máximo de tres meses, a partir del cual el rector dictará una
resolución de acuerdo con la propuesta de la Comisión de Reclamaciones. La
finalización del plazo establecido sin resolver la reclamación se entenderá como
desestimación de la reclamación presentada.
Este plazo, de acuerdo con el artículo 22 de la Ley 39/2015 del procedimiento
administrativo común de las administraciones públicas no se tendrá en cuenta a los
efectos previstos en el apartado 4 de la base primera.
cve: BOE-A-2024-23715
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 275
Jueves 14 de noviembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 146638
Las comisiones podrán requerir a las personas candidatas, que aporten a la comisión
la documentación que acredite los méritos referidos en su currículum. Los candidatos
entregarán en el plazo máximo de dos días, la documentación requerida.
La puntuación final para cada una de las personas candidatas deberá ser un valor de
entre 0 y 100 puntos.
En caso de empate en la puntuación obtenida de las personas candidatas se deberá
priorizar a la persona del sexo menos representado en la categoría laboral o cuerpo
docente de que se trate en el marco de la Universitat de Lleida.
La comisión redactará un acta en la que deberá figurar una relación priorizada de las
personas candidatas que hayan superado el proceso selectivo, así como un informe
razonado de su decisión. La decisión de la comisión tendrá carácter vinculante.
Este documento se publica en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la
Universitat de Lleida una vez concluido el proceso de selección y antes de elevar al
rector la propuesta de provisión o contratación.
7.5 La comisión propondrá a la primera persona de la relación priorizada para
ocupar la plaza, motivo del proceso selectivo. En el caso de que alguna de las personas
de la relación priorizada renuncie, ocupará su puesto la persona candidata que sigue a la
relación.
7.6 Si ninguna de las personas candidatas ha superado el proceso de selección, la
comisión lo reflejará en el acta de forma justificada y la convocatoria se declarará
desierta.
7.7 En los tres días hábiles posteriores al final de la actuación de la comisión, el
secretario o la secretaria entregará a la Sección de PDI, de la Unidad de Personal, los
siguientes documentos:
a) El acta de constitución de la comisión y de cada una de las sesiones realizadas,
donde deben constar los acuerdos tomados y las actuaciones fundamentales.
b) El documento en el que quede reflejada la puntuación que la comisión haya
asignado a cada uno de los aspectos a valorar de los criterios establecidos en el
anexo 2.
c) Los informes y las valoraciones numéricas correspondientes a cada una de las
personas candidatas.
d) El acta de la propuesta de adjudicación de la plaza, con la relación priorizada de
las personas candidatas, que indique la puntuación final obtenida.
7.8 La propuesta de adjudicación se hará publica en el tablón de anuncios de la
Sede electrónica de la Universitat de Lleida.
7.9 Contra la propuesta de la comisión, las personas candidatas pueden presentar
reclamación ante el rector, en el plazo máximo de diez días hábiles, a contar desde el día
siguiente de la publicación de la propuesta en el tablón de anuncios de la sede
electrónica de la Universitat de Lleida.
Una vez admitida a trámite la reclamación, la adjudicación de la plaza queda en
suspenso hasta su resolución.
Las reclamaciones serán valoradas por la Comisión de Reclamaciones de la
Universitat de Lleida que escuchará a los miembros de la comisión, contra cuya
propuesta, se haya presentado la reclamación, así como a las personas candidatas.
La Comisión de Reclamaciones examinará el expediente correspondiente al proceso
selectivo con el fin de velar por las garantías establecidas y ratificará o no la propuesta
reclamada en el plazo máximo de tres meses, a partir del cual el rector dictará una
resolución de acuerdo con la propuesta de la Comisión de Reclamaciones. La
finalización del plazo establecido sin resolver la reclamación se entenderá como
desestimación de la reclamación presentada.
Este plazo, de acuerdo con el artículo 22 de la Ley 39/2015 del procedimiento
administrativo común de las administraciones públicas no se tendrá en cuenta a los
efectos previstos en el apartado 4 de la base primera.
cve: BOE-A-2024-23715
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 275