Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2024-23715)
Resolución de 5 de noviembre de 2024, de la Universitat de Lleida, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 275

Jueves 14 de noviembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 146637

En el caso de que también en alguno de los miembros suplentes concurra alguno de
los supuestos de impedimento citados anteriormente, se sustituirá por orden correlativo
de entre los miembros suplentes. Si esto no fuera posible, deberá escogerse el siguiente
de la lista, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento para el procedimiento de los
sorteos de los miembros de las comisiones de los concursos de acceso a plazas de
profesorado lector, permanente laboral y de los cuerpos docentes universitarios en la
Universitat de Lleida.
6.7 Protocolo de actuación de las comisiones:
a) La convocatoria de la comisión la hará el secretario o la secretaria en nombre del
presidente o la presidenta.
b) La constitución de la comisión exigirá la presencia de la totalidad de sus
miembros. Los miembros titulares que no concurran en este acto, cesarán de forma
automática y serán sustituidos de acuerdo con las bases 6.5 y 6.6.
c) Una vez constituida, la comisión podrá actuar válidamente con la participación, al
menos, de tres de sus miembros, entre los que debe estar el presidente o la presidenta y
el secretario o la secretaria.
d) La comisión tomará sus acuerdos con el voto favorable de la mayoría de los
miembros asistentes. En caso de empate, el voto del presidente o presidenta de la
comisión de selección dirime el sentido del acuerdo.
e) Corresponderán al secretario o a la secretaria las actuaciones administrativas y
la gestión económica propia de la comisión, con el apoyo del personal técnico, de
gestión y de administración y servicios que designe la Universidad.
f) La comisión resolverá las dudas que puedan surgir en aquellas situaciones no
previstas de acuerdo con la normativa vigente.
Proceso de selección y propuesta de adjudicación

7.1 El proceso de selección se iniciará con el acto de constitución de la comisión de
selección en sesión virtual por medios telemáticos, en un máximo de diez días hábiles, a
partir del día siguiente a la fecha de publicación de la relación definitiva de personas
admitidas y excluidas y adoptarán, de esta forma, los acuerdos que considere
adecuados.
Si una vez transcurrido el plazo establecido la comisión no se ha constituido por falta
de convocatoria del presidente o presidenta, el vicerrector competente en materia de
profesorado, por delegación del rector, sin perjuicio de las responsabilidades que
procedan, deberá sustituirlo de oficio por el presidente o presidenta suplente y deberá
hacerse público. En este caso, el nuevo presidente o presidenta convocará la sesión
constitutiva en el plazo máximo de diez días a contar desde la comunicación efectiva de
la sustitución a la persona interesada.
7.2 El mismo día de la constitución la comisión acordará la puntuación que asignará
a cada uno de los aspectos a valorar en los criterios establecidos en el anexo 2.
7.3 La primera y única fase consistirá en el análisis y evaluación de los méritos de
las personas candidatas a partir de la documentación aportada. Esta fase no requerirá la
presencia de las personas.
Una vez publicados los criterios de valoración, los miembros de la comisión tendrán
acceso a la documentación correspondiente a cada una de las personas candidatas.
La comisión de selección debe valorar el currículo de las personas candidatas, de
acuerdo con lo establecido en el anexo 2.
7.4 La comisión de selección, en un plazo máximo de veinte días hábiles a partir de
la fecha de constitución, elabora de forma consensuada la relación priorizada de las
personas que superan la primera y única fase, a partir de las puntuaciones asignadas a
cada una de las personas candidatas. El rector puede autorizar una prórroga del plazo
de diez días hábiles, a petición del presidente o presidenta de la comisión.

cve: BOE-A-2024-23715
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