Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. I. Disposiciones generales. Formación profesional. (BOE-A-2024-23633)
Real Decreto 1022/2024, de 8 de octubre, por el que se establecen dos cualificaciones profesionales de la familia profesional Edificación y Obra Civil, que se incluyen en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, y se actualizan determinadas cualificaciones profesionales de las familias profesionales Electricidad y Electrónica; y Edificación y Obra Civil.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 14 de noviembre de 2024
Sec. I. Pág. 145612
cuantas funciones análogas sean necesarias para prevenir la ocurrencia de
accidentes y/o enfermedades profesionales.
CR4.1 La colaboración con el servicio de prevención en el desarrollo de la
evaluación de riesgos se realiza, aportando al personal encargado las
apreciaciones y sugerencias del personal trabajador para resolver los
aspectos problemáticos relacionados con la seguridad y salud de los
trabajadores.
CR4.2 Los riesgos detectados en la evaluación de riesgos, se comprueban de
manera periódica, mediante la visita de los puestos de trabajo,
confirmando que están controlados, y que se aplican las medidas
preventivas propuestas en la planificación preventiva, para evitar
riesgos de accidente y/o de enfermedad profesional.
CR4.3 La información aportada por los trabajadores, sobre problemas
detectados o incidentes ocurridos en la realización de actividades
potencialmente peligrosas, se recopila para poner de manifiesto la
necesidad de adoptar medidas preventivas complementarias.
CR4.4 El cumplimiento de las actividades preventivas, en el caso de la
realización de actividades y procesos peligrosos, se controla
presencialmente, cuando ha sido asignado por el personal responsable
para tal fin.
CR4.5 La información relativa a accidentes y/o incidentes –hechos ocurridos,
equipos y su estado, personas involucradas, posibles causas, entre
otros– se recopila para la cumplimentación del parte de accidentes por
el personal responsable.
RP5: Colaborar en el desarrollo de las medidas y protocolos de emergencia y
evacuación, así como en el control y mantenimiento de los equipos,
instalaciones y señalización vinculados, para actuar en caso de emergencia y
primeros auxilios.
CR5.1 Las zonas de paso, salidas y vías de evacuación previstas en casos de
emergencia se revisan, comprobando que están libres de obstáculos e
iluminadas, que están señalizadas, visibles y accesibles para que
puedan ser utilizadas sin dificultades en todo momento.
CR5.2 Los protocolos de actuación ante diferentes situaciones de emergencia
se transmiten al personal operario, comprobando la comprensión de los
mismos con el fin de evitar situaciones de peligro.
CR5.3 Las primeras intervenciones en situación de emergencia y las
actuaciones dirigidas a los primeros auxilios se realizan, en su caso,
coordinándose con las órdenes del personal responsable de la obra, y,
en su caso, personal sanitario o protección civil, siguiendo los
protocolos en función de lo establecido en el plan de emergencias o de
evacuación.
CR5.4 El agente causante de riesgo en situaciones de emergencia se señaliza
según las indicaciones establecidas, interviniendo para evitar males
mayores, en su caso.
CR5.5 La voz de alarma en caso de emergencia o incidencia se da, avisando
a las personas en riesgo.
CR5.6 Las instalaciones fijas y equipos portátiles de extinción de incendios se
revisan de forma periódica en cumplimento de la normativa,
asegurando la disposición para su uso inmediato en caso de incendio.
CR5.7 El botiquín de primeros auxilios se revisa y repone periódicamente, con
el fin de mantenerlo debidamente surtido, de acuerdo con la normativa
aplicable.
cve: BOE-A-2024-23633
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 275
Jueves 14 de noviembre de 2024
Sec. I. Pág. 145612
cuantas funciones análogas sean necesarias para prevenir la ocurrencia de
accidentes y/o enfermedades profesionales.
CR4.1 La colaboración con el servicio de prevención en el desarrollo de la
evaluación de riesgos se realiza, aportando al personal encargado las
apreciaciones y sugerencias del personal trabajador para resolver los
aspectos problemáticos relacionados con la seguridad y salud de los
trabajadores.
CR4.2 Los riesgos detectados en la evaluación de riesgos, se comprueban de
manera periódica, mediante la visita de los puestos de trabajo,
confirmando que están controlados, y que se aplican las medidas
preventivas propuestas en la planificación preventiva, para evitar
riesgos de accidente y/o de enfermedad profesional.
CR4.3 La información aportada por los trabajadores, sobre problemas
detectados o incidentes ocurridos en la realización de actividades
potencialmente peligrosas, se recopila para poner de manifiesto la
necesidad de adoptar medidas preventivas complementarias.
CR4.4 El cumplimiento de las actividades preventivas, en el caso de la
realización de actividades y procesos peligrosos, se controla
presencialmente, cuando ha sido asignado por el personal responsable
para tal fin.
CR4.5 La información relativa a accidentes y/o incidentes –hechos ocurridos,
equipos y su estado, personas involucradas, posibles causas, entre
otros– se recopila para la cumplimentación del parte de accidentes por
el personal responsable.
RP5: Colaborar en el desarrollo de las medidas y protocolos de emergencia y
evacuación, así como en el control y mantenimiento de los equipos,
instalaciones y señalización vinculados, para actuar en caso de emergencia y
primeros auxilios.
CR5.1 Las zonas de paso, salidas y vías de evacuación previstas en casos de
emergencia se revisan, comprobando que están libres de obstáculos e
iluminadas, que están señalizadas, visibles y accesibles para que
puedan ser utilizadas sin dificultades en todo momento.
CR5.2 Los protocolos de actuación ante diferentes situaciones de emergencia
se transmiten al personal operario, comprobando la comprensión de los
mismos con el fin de evitar situaciones de peligro.
CR5.3 Las primeras intervenciones en situación de emergencia y las
actuaciones dirigidas a los primeros auxilios se realizan, en su caso,
coordinándose con las órdenes del personal responsable de la obra, y,
en su caso, personal sanitario o protección civil, siguiendo los
protocolos en función de lo establecido en el plan de emergencias o de
evacuación.
CR5.4 El agente causante de riesgo en situaciones de emergencia se señaliza
según las indicaciones establecidas, interviniendo para evitar males
mayores, en su caso.
CR5.5 La voz de alarma en caso de emergencia o incidencia se da, avisando
a las personas en riesgo.
CR5.6 Las instalaciones fijas y equipos portátiles de extinción de incendios se
revisan de forma periódica en cumplimento de la normativa,
asegurando la disposición para su uso inmediato en caso de incendio.
CR5.7 El botiquín de primeros auxilios se revisa y repone periódicamente, con
el fin de mantenerlo debidamente surtido, de acuerdo con la normativa
aplicable.
cve: BOE-A-2024-23633
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 275