Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. I. Disposiciones generales. Formación profesional. (BOE-A-2024-23633)
Real Decreto 1022/2024, de 8 de octubre, por el que se establecen dos cualificaciones profesionales de la familia profesional Edificación y Obra Civil, que se incluyen en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, y se actualizan determinadas cualificaciones profesionales de las familias profesionales Electricidad y Electrónica; y Edificación y Obra Civil.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 275

Jueves 14 de noviembre de 2024

Sec. I. Pág. 145613

CR5.8 Los medios de información, comunicación y transporte, necesarios en
la emergencia se mantienen actualizados y operativos, para actuar en
caso de emergencia.
RP6: Cooperar con los servicios de prevención, canalizando la información referente
a necesidades formativas, propuestas de mejora, accidentes, incidentes y
gestionando la documentación relativa a la función de nivel básico en la
prevención de riesgos laborales, para la mejora de la seguridad y salud del
personal trabajador.
CR6.1 Las relaciones con los organismos y entidades ligadas a la prevención
de riesgos laborales se llevan a cabo, estableciendo los protocolos y
pautas de comunicación necesarias.
CR6.2 La documentación relativa a la gestión de la prevención, así como la
que identifica a organismos y entidades competentes se recopila,
clasificándola, archivándola y manteniéndola actualizada para cooperar
con los servicios de prevención y el personal encargado.
CR6.3 La información obtenida sobre incidentes, accidentes y enfermedades
profesionales, en el ámbito de su responsabilidad, se registra en los
documentos previstos al efecto para su posterior entrega al personal
superior responsable.
CR6.4 Las necesidades formativas e informativas derivadas de conductas y
accidentes e incidentes ocurridos en la empresa se comunican al
personal responsable, realizando acciones concretas de mejora para la
seguridad y salud del personal operario.
CR6.5 Las propuestas de mejora en materia preventiva se formulan,
colaborando con el personal responsable o los servicios de prevención
con el fin de maximizar los niveles de seguridad y salud del personal
operario.

CR7.1 La atención a la persona accidentada se realiza, manteniendo la calma
en todo momento y transmitiéndole serenidad.
CR7.2 El desplazamiento y movilización de la persona accidentada se evita en
todo momento, salvo en causas de fuerza mayor (incendio, inmersión,
entre otros).
CR7.3 La extracción de elementos incrustados se evita en heridas profundas
en todo momento.
CR7.4 La atención a las personas con quemaduras graves se presta conforme
a los protocolos establecidos.
CR7.5 Las electrocuciones se resuelven, desconectando la corriente eléctrica
antes de tocar a la persona accidentada, o separándola, en su caso,
mediante un útil aislante.
CR7.6 Las intoxicaciones por vía respiratoria (inhalación de humos y gases)
se resuelven, aplicando las técnicas conforme a los protocolos
establecidos.
Contexto profesional
Medios de producción
Medios de protección en lugares de trabajo, equipos e instalaciones en trabajos y/o
actividades de especial riesgo en edificación y obra civil. Equipos de Protección
Individual (EPI). Elementos de seguridad, tales como: redes, señales, barandillas,

cve: BOE-A-2024-23633
Verificable en https://www.boe.es

RP7: Asistir a personas accidentadas mediante técnicas de primeros auxilios como
primer interviniente para minimizar los daños y atender de manera rápida y
segura.