Comunidad Autónoma de Canarias. I. Disposiciones generales. Medio ambiente. (BOE-A-2024-23635)
Decreto-ley 5/2024, de 24 de junio, por el que se modifica la Ley 6/2022, de 27 de diciembre, de cambio climático y transición energética de Canarias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 275
Jueves 14 de noviembre de 2024
2.
Sec. I. Pág. 146385
En concreto, le corresponderá:
a) Elaborar el Plan Canario de Adaptación Climática, en coordinación con el
resto de los departamentos de la Administración pública de la Comunidad
Autónoma de Canarias.
b) Supervisar los planes de adaptación al cambio climático de las empresas y
organismos públicos que ostenten la titularidad de infraestructuras críticas en
Canarias, tales como las infraestructuras energéticas, de agua, puertos, entre
otras; así como su cumplimiento.
c) Implementar los procedimientos y las metodologías adoptados
internacionalmente dirigidos a:
d) Tramitar las autorizaciones de emisión de gases de efecto invernadero a
las actividades sujetas a la normativa sobre el comercio de derechos de emisión
de gases de efecto invernadero y valorar los informes verificados correspondientes
a dichas emisiones.
e) Tramitar las autorizaciones de exclusión del régimen del comercio de
derechos de emisión de gases de efecto invernadero en los casos normativamente
establecidos.
f) Gestionar el Registro Canario de la Huella de Carbono.
g) Crear y mantener actualizado el inventario de las emisiones de gases de
efecto invernadero del conjunto de las actividades socioeconómicas que se
desarrollan en Canarias.
h) Realizar las auditorías que verifiquen el cumplimiento de la obligación
recogida en el apartado anterior.
i) Ejercer funciones técnicas y de gestión del secretariado de los órganos
colegiados en materia de cambio climático de la Comunidad Autónoma, en
concreto de la Comisión Canaria de Acción Climática y Energía, y del Comité de
Personas Expertas para el estudio del cambio climático de Canarias y fomento de
la economía circular y azul.
j) Asesorar a empresas, autónomos y sociedad civil en materia de acción
climática. Además, la Oficina podrá asesorar en el desarrollo de acciones
climáticas a las distintas Administraciones públicas de Canarias que así lo
precisen, así como asistir en su implementación.
k) Asesorar a los distintos órganos de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Canarias, así como Cabildos y entidades locales en materia de
adaptación al cambio climático.
l) Mantener las comunicaciones pertinentes con la Oficina Española de
Cambio Climático, otras administraciones públicas estatales y autonómicas,
organizaciones no gubernamentales, instituciones y entidades públicas y privadas
y demás agentes sociales para colaborar en iniciativas relacionadas con la lucha
frente al cambio climático.
m) La elaboración de indicadores y el desarrollo de sistemas de información
en colaboración con el Instituto Canario de Estadística; así como la formulación,
con carácter trienal, de un diagnóstico ambiental de Canarias.
cve: BOE-A-2024-23635
Verificable en https://www.boe.es
1. Realizar los inventarios de emisiones y las proyecciones en esta materia, a
través de un registro que disponga de una metodología digital, sencilla e intuitiva
que facilite su uso.
2. Diseñar los escenarios climáticos en Canarias para varios horizontes
temporales.
3. Evaluar la vulnerabilidad y los riesgos a consecuencia del cambio climático
en Canarias, con el fin de identificar los ámbitos de acción prioritaria para la
mitigación y adaptación al cambio climático.
4. Definir los indicadores cuantitativos y cualitativos adaptación al cambio
climático, gobernanza e impacto en la economía y establecer su seguimiento.
Núm. 275
Jueves 14 de noviembre de 2024
2.
Sec. I. Pág. 146385
En concreto, le corresponderá:
a) Elaborar el Plan Canario de Adaptación Climática, en coordinación con el
resto de los departamentos de la Administración pública de la Comunidad
Autónoma de Canarias.
b) Supervisar los planes de adaptación al cambio climático de las empresas y
organismos públicos que ostenten la titularidad de infraestructuras críticas en
Canarias, tales como las infraestructuras energéticas, de agua, puertos, entre
otras; así como su cumplimiento.
c) Implementar los procedimientos y las metodologías adoptados
internacionalmente dirigidos a:
d) Tramitar las autorizaciones de emisión de gases de efecto invernadero a
las actividades sujetas a la normativa sobre el comercio de derechos de emisión
de gases de efecto invernadero y valorar los informes verificados correspondientes
a dichas emisiones.
e) Tramitar las autorizaciones de exclusión del régimen del comercio de
derechos de emisión de gases de efecto invernadero en los casos normativamente
establecidos.
f) Gestionar el Registro Canario de la Huella de Carbono.
g) Crear y mantener actualizado el inventario de las emisiones de gases de
efecto invernadero del conjunto de las actividades socioeconómicas que se
desarrollan en Canarias.
h) Realizar las auditorías que verifiquen el cumplimiento de la obligación
recogida en el apartado anterior.
i) Ejercer funciones técnicas y de gestión del secretariado de los órganos
colegiados en materia de cambio climático de la Comunidad Autónoma, en
concreto de la Comisión Canaria de Acción Climática y Energía, y del Comité de
Personas Expertas para el estudio del cambio climático de Canarias y fomento de
la economía circular y azul.
j) Asesorar a empresas, autónomos y sociedad civil en materia de acción
climática. Además, la Oficina podrá asesorar en el desarrollo de acciones
climáticas a las distintas Administraciones públicas de Canarias que así lo
precisen, así como asistir en su implementación.
k) Asesorar a los distintos órganos de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Canarias, así como Cabildos y entidades locales en materia de
adaptación al cambio climático.
l) Mantener las comunicaciones pertinentes con la Oficina Española de
Cambio Climático, otras administraciones públicas estatales y autonómicas,
organizaciones no gubernamentales, instituciones y entidades públicas y privadas
y demás agentes sociales para colaborar en iniciativas relacionadas con la lucha
frente al cambio climático.
m) La elaboración de indicadores y el desarrollo de sistemas de información
en colaboración con el Instituto Canario de Estadística; así como la formulación,
con carácter trienal, de un diagnóstico ambiental de Canarias.
cve: BOE-A-2024-23635
Verificable en https://www.boe.es
1. Realizar los inventarios de emisiones y las proyecciones en esta materia, a
través de un registro que disponga de una metodología digital, sencilla e intuitiva
que facilite su uso.
2. Diseñar los escenarios climáticos en Canarias para varios horizontes
temporales.
3. Evaluar la vulnerabilidad y los riesgos a consecuencia del cambio climático
en Canarias, con el fin de identificar los ámbitos de acción prioritaria para la
mitigación y adaptación al cambio climático.
4. Definir los indicadores cuantitativos y cualitativos adaptación al cambio
climático, gobernanza e impacto en la economía y establecer su seguimiento.