Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. I. Disposiciones generales. Formación profesional. (BOE-A-2024-23541)
Real Decreto 1021/2024, de 8 de octubre, por el que se actualizan determinadas cualificaciones profesionales de las familias profesionales Actividades Físicas y Deportivas; Administración y Gestión; Artes Gráficas; Artes y Artesanías; Comercio y Marketing; Hostelería y Turismo; Energía y Agua; Marítimo Pesquera; Seguridad y Medio Ambiente; y Servicios Socioculturales y a la Comunidad, recogidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 274
Miércoles 13 de noviembre de 2024
Sec. I. Pág. 144640
Hojas del cálculo. Fórmulas. Funciones. Gráficos. Informes estadísticos, de análisis de
datos, de comparación de datos. Sobres. Etiquetas. Formularios. Tablas de datos.
Consultas. Presentaciones.
Unidad de competencia 5: administrar los sistemas de almacenamiento de la
información
Nivel: 3
Código: UC0987_3
Realizaciones profesionales y criterios de realización
CR1.1 Las medidas de seguridad sobre los datos, tal como copias de
seguridad y control de acceso, se verifica que se aplican, previa
identificación del nivel de protección que necesitan (básico, medio,
alto).
CR1.2 Los criterios y plazos de transferencia entre los archivos (de oficina, de
gestión, intermedio, histórico, entre otros) se establecen de acuerdo
con la vigencia legal de los documentos, los periodos de tramitación de
procedimientos administrativos, entre otros.
CR1.3 El manual de archivo se actualiza, expresando la normativa del archivo
en cuestión: criterios de clasificación y alfabetización, procedimientos
de solicitud y préstamo de la información, restricciones de acceso y
plazos de conservación o destrucción, entre otros.
CR1.4 Los archivos de gestión en soporte papel se organizan, clasificando los
documentos en función de su contenido e identificando su frecuencia
de uso y los criterios establecidos en el manual de archivo.
CR1.5 Los sistemas de archivo informáticos se organizan, utilizando
estructuras en árbol de forma homogénea y dinámica, nombres
significativos y sistemas de clasificación adecuados a su contenido,
permitiendo la generación de inventarios de manera dinámica.
CR1.6 El tratamiento y la búsqueda de la información en el archivo informático
tanto a nivel local como en la nube o en el gestor documental se
desarrolla, usando las redes locales y los navegadores de búsqueda
disponibles.
CR1.7 El contenido de los archivos se modifica, para mantener un sistema de
archivo actualizado con información y documentación fiable,
expurgando contenidos y obteniendo el archivo intermedio.
CR1.8 El archivo intermedio se mantiene, eliminando los archivos obsoletos
en cuanto a contenido y frecuencia a través de los medios disponibles
(destructoras de papel, contenedor de reciclaje, entre otros), o
traspasándolos al archivo histórico, de acuerdo con el manual de
archivo.
RP2: Gestionar las incidencias en el funcionamiento del sistema informático,
manteniéndolo, para obtener el máximo rendimiento de los medios y
aplicaciones utilizadas.
CR2.1 El funcionamiento y/o el rendimiento del equipo se verifican,
comprobando que no tenga anomalías al usar las aplicaciones,
cve: BOE-A-2024-23541
Verificable en https://www.boe.es
RP1: Gestionar la información almacenada en sistemas de archivos (en soporte
papel e informatizados), con la finalidad de satisfacer las necesidades de
gestión, asegurando la optimización del uso de los recursos, de acuerdo con
las directrices recibidas, los procedimientos administrativos establecidos en la
organización y la normativa aplicable sobre gestión de datos.
Núm. 274
Miércoles 13 de noviembre de 2024
Sec. I. Pág. 144640
Hojas del cálculo. Fórmulas. Funciones. Gráficos. Informes estadísticos, de análisis de
datos, de comparación de datos. Sobres. Etiquetas. Formularios. Tablas de datos.
Consultas. Presentaciones.
Unidad de competencia 5: administrar los sistemas de almacenamiento de la
información
Nivel: 3
Código: UC0987_3
Realizaciones profesionales y criterios de realización
CR1.1 Las medidas de seguridad sobre los datos, tal como copias de
seguridad y control de acceso, se verifica que se aplican, previa
identificación del nivel de protección que necesitan (básico, medio,
alto).
CR1.2 Los criterios y plazos de transferencia entre los archivos (de oficina, de
gestión, intermedio, histórico, entre otros) se establecen de acuerdo
con la vigencia legal de los documentos, los periodos de tramitación de
procedimientos administrativos, entre otros.
CR1.3 El manual de archivo se actualiza, expresando la normativa del archivo
en cuestión: criterios de clasificación y alfabetización, procedimientos
de solicitud y préstamo de la información, restricciones de acceso y
plazos de conservación o destrucción, entre otros.
CR1.4 Los archivos de gestión en soporte papel se organizan, clasificando los
documentos en función de su contenido e identificando su frecuencia
de uso y los criterios establecidos en el manual de archivo.
CR1.5 Los sistemas de archivo informáticos se organizan, utilizando
estructuras en árbol de forma homogénea y dinámica, nombres
significativos y sistemas de clasificación adecuados a su contenido,
permitiendo la generación de inventarios de manera dinámica.
CR1.6 El tratamiento y la búsqueda de la información en el archivo informático
tanto a nivel local como en la nube o en el gestor documental se
desarrolla, usando las redes locales y los navegadores de búsqueda
disponibles.
CR1.7 El contenido de los archivos se modifica, para mantener un sistema de
archivo actualizado con información y documentación fiable,
expurgando contenidos y obteniendo el archivo intermedio.
CR1.8 El archivo intermedio se mantiene, eliminando los archivos obsoletos
en cuanto a contenido y frecuencia a través de los medios disponibles
(destructoras de papel, contenedor de reciclaje, entre otros), o
traspasándolos al archivo histórico, de acuerdo con el manual de
archivo.
RP2: Gestionar las incidencias en el funcionamiento del sistema informático,
manteniéndolo, para obtener el máximo rendimiento de los medios y
aplicaciones utilizadas.
CR2.1 El funcionamiento y/o el rendimiento del equipo se verifican,
comprobando que no tenga anomalías al usar las aplicaciones,
cve: BOE-A-2024-23541
Verificable en https://www.boe.es
RP1: Gestionar la información almacenada en sistemas de archivos (en soporte
papel e informatizados), con la finalidad de satisfacer las necesidades de
gestión, asegurando la optimización del uso de los recursos, de acuerdo con
las directrices recibidas, los procedimientos administrativos establecidos en la
organización y la normativa aplicable sobre gestión de datos.