Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2024-23536)
Resolución de 4 de noviembre de 2024, del Consorcio para la Construcción, Equipamiento y Explotación del Laboratorio de Luz Sincrotrón, por la que se publica el Convenio con la Fundación Institut de Bioenginyeria de Catalunya, el Institut de Ciències Fotòniques, el Institut de Física d'Altes Energies y el Centre de Cultura Contemporània de Barcelona, para la preparación y organización de un programa extraordinario de divulgación científica.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 273

Martes 12 de noviembre de 2024

Sec. III. Pág. 144591

mediador en el desarrollo de las necesidades presupuestarias, estableciendo el listado
de gastos específicos y facilitando contacto con proveedores.
Por acuerdo de los responsables del seguimiento del convenio mencionados en la
cláusula novena, las Partes podrán aprobar posibles reajustes de los conceptos de
gastos recogidos en el anexo I en función de la evolución de la ejecución del objeto y
actuaciones asumidas en virtud de este convenio, siempre y cuando dichos reajustes no
supongan un incremento económico de la cifra total comprometida ni un aumento del
plazo global. En tal caso, deberá tramitarse la correspondiente adenda de modificación
del convenio en los términos normativamente previstos.
Quinta. Recursos humanos.
Las Partes que, en virtud del presente convenio deban realizar sus actividades en las
dependencias de la otra Parte, de forma puntual o permanente durante toda su vigencia,
deben estar en situación de alta en algún régimen público de la Seguridad Social, y
deben tener un seguro de responsabilidad civil y cualquier otro que pudiese ser preciso,
según la normativa vigente al respecto. Los gastos ocasionados por estas contingencias
corresponderán a la Parte que tenga la relación laboral con el personal implicado. Sin
embargo, en relación con el personal de cada Parte que participe en estas actuaciones,
en ningún caso se derivará ningún vínculo jurídico ni relación laboral ni estatutaria con la
otra Parte, ni más compromisos que los estipulados en este convenio.
Sexta. Visibilidad de la financiación.
De acuerdo con el artículo 9 de la «Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por
la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia», y las pautas gráficas de los fondos Next Generation del Programa de
Identificación Visual de la Generalitat de Catalunya en relación con la publicación de
información, visibilidad de la financiación de la Unión y el derecho de uso, las Partes
exhibirán de forma correcta y destacada la identificación del Departamento de
Investigación y Universidades de la Generalitat de Catalunya y también el logotipo oficial
del «Gobierno de España» y del «Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia»,
precedido por el emblema de la Unión Europea y acompañado del texto «Financiado
por» en todos los comunicados y actos públicos y administrativos. Todas las
convocatorias, licitaciones, convenios y resto de instrumentos jurídicos que se
desarrollen en la ejecución del convenio deberán contener, tanto en su encabezamiento
como en su cuerpo de desarrollo, la siguiente referencia: «Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia –Financiado por la Unión Europea– Next Generation EU».
Cuando se muestre en asociación con otro logotipo, el emblema de la Unión Europea
deberá mostrarse al menos de forma tan prominente y visible como los demás logotipos.
Séptima. Vigencia.
Este contrato entrará en vigor con efecto 1 de octubre, y hasta la finalización de las
actuaciones previstas. En cualquier caso, la duración de este convenio no se extenderá
más allá del 30 de septiembre de 2025.
Imagen y difusión.

Las Partes se comprometen a respetar la normativa de comunicación y de aplicación
gráfica de los logotipos correspondientes y a obtener la conformidad de las demás
Partes en su aplicación.
Toda referencia en cualquier medio de difusión a la Acción Ciencia Viva deberá
cumplir con las obligaciones en materia de comunicación establecidas por el Mecanismo
de Recuperación y Resiliencia, incluida la referencia oficial asignada en los Planes
Complementarios (PRTR C17.I01).

cve: BOE-A-2024-23536
Verificable en https://www.boe.es

Octava.