Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-23518)
Resolución de 31 de octubre de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el V Convenio colectivo de Saint-Gobain Isover Ibérica, SL.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 273

Martes 12 de noviembre de 2024
2.

Sec. III. Pág. 144433

Horas Extraordinarias con Descanso Compensatorio:

Además de los importes relacionados en el cuadro contiguo, se compensará cada
hora realizada con un descanso de media hora que habrá de disfrutarse, salvo acuerdo
de las partes, en los quince días siguientes a la realización y al principio o fin de la
jornada.
Hora Extraordinaria Con descanso Compensatorio
Nivel Profesional

Jornada Diurna

Euros

Domingos, Festivos y Nocturnos

Euros

II

10,71

12,35

III

11,49

13,31

IV

11,81

13,79

V

12,14

14,26

VI

15,20

17,12

VII

16,62

19,36

VIII

18,07

21,59

IX

19,36

23,13

En ambos supuestos, en las cantidades señaladas se consideran comprendidos
todos los recargos legales, incluso suplementos por modalidad de trabajo, P.G.P.,
factores de indemnización, etc.
Las horas extraordinarias se registrarán día a día y se totalizarán mensualmente,
entregando copia del resumen mensual a la persona.
La información al Comité de Empresa de las horas extraordinarias, sus causas y
detalle de las mismas, se realizará periódicamente y de acuerdo con la legislación
vigente.
CAPÍTULO VI
Incrementos Salariales
Artículo 42.

Incremento salarial.

– Año 2024: Un incremento del 3 % desde el 1 de enero de 2024 y, adicionalmente,
para el caso de que, al finalizar el año 2024, el IPC real de dicho año sea superior
al 1,5 %, se incrementarán todos los conceptos salariales, con carácter retroactivo al 1
de enero de 2024, en el diferencial resultante entre el referido 3 % inicialmente aplicado y
el IPC real más un 1,5 % adicional.
Las cantidades que pudieran corresponder en concepto de atrasos, por la aplicación
del IPC real del 2024 se abonarán, de una sola vez, dentro de los dos meses siguientes
al día en que se conozca el IPC real de 2024.
Todos los conceptos salariales del presente convenio que resultaran aplicables
durante el año 2024 ya se encuentran actualizados teniendo en cuenta el incremento
del 3 % previsto en este artículo. En este sentido, para la aplicación de dicho incremento
se ha tomado como base el valor de las tablas salariales actualizadas del IV Convenio
colectivo de Saint-Gobain Isover Ibérica, SL.

cve: BOE-A-2024-23518
Verificable en https://www.boe.es

Se pactan, para los años 2024 y 2025 los siguientes incrementos retributivos sobre
todos los conceptos salariales detallados en el presente artículo: