Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-23518)
Resolución de 31 de octubre de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el V Convenio colectivo de Saint-Gobain Isover Ibérica, SL.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 273
Martes 12 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 144431
factor de indemnización será comunicado al Comité de Empresa y a las personas
afectadas de las respectivas actividades. Se crea una Comisión Paritaria, compuesta por
tres personas nombradas por la Dirección y otras tres por el Comité de Empresa, para
atender las reclamaciones que se formulen sobre los factores de indemnización.
La cuantía por hora de trabajo para los distintos grados de valoración es la que se
señala a continuación:
–
–
–
–
Grado 1: 0,15 euros/hora.
Grado 2: 0,20 euros/hora.
Grado 3: 0,31 euros/hora.
Grado 4: 0,42 euros/hora.
Si por algún motivo las condiciones de la actividad variasen, se realizarán las
oportunas mediciones para determinar su nueva valoración.
La base para el plus por trabajos a «Fuego Abierto» será el Indicador Público de
Renta de Efectos Múltiples (IPREM).
Artículo 38.
Prima Global de Productividad.
La prima global de productividad (PGP) no tiene carácter de incentivo individual ni
está en relación con el esfuerzo de cada persona, por lo que no le son de aplicación las
condiciones específicas de esta clase de percepciones o primas de incentivo, tareas o
destajos.
La PGP se calcula, en función de los resultados de la Productividad de cada mes,
comparada con la Productividad real del año anterior, de acuerdo con la siguiente
fórmula:
K=
Producción Real Mes Anterior
Horas Reales Trabajadas Mes Anterior
Producción Real Año Anterior
Horas Reales Trabajadas Año Anterior
Niveles Profesionales II y III.
2,00 puntos.
Niveles Profesionales IV y V.
2,50 puntos.
Niveles Profesionales VI, VII, VIII y IX.
3,50 puntos.
Los valores punto/mes se reducirán a valor hora para el pago. La prima se
devengará por hora normal realmente trabajada y será de aplicación para todos los
centros de trabajo de la Sociedad.
cve: BOE-A-2024-23518
Verificable en https://www.boe.es
De acuerdo con los valores de K, se establece la siguiente fórmula de
valor/punto/mes: 90,7911 * K – 43,9229 euros.
Cuando el valor de K sea menor de 0,89 por causas no imputables al personal, el
valor/punto/mes será de 36,88 euros.
Cuando el valor K sea superior a 1,30 el valor/punto/mes será de 74,11 euros.
Se redondeará por exceso cuando la tercera cifra decimal del K sea superior a cero.
La determinación de la producción real del mes de que se trate y la producción real
del año anterior se realizará con las mismas unidades técnicas, es decir, aplicando los
mismos coeficientes de ponderación a las diferentes unidades producidas. Estos
coeficientes se actualizarán cuando se pongan en marcha nuevas instalaciones,
fabricación de nuevos productos o modificación importante en las instalaciones actuales
y no estuvieran contempladas en el presupuesto.
Los puntos asignados a cada uno de los niveles profesionales de encuadramiento
serán los siguientes:
Núm. 273
Martes 12 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 144431
factor de indemnización será comunicado al Comité de Empresa y a las personas
afectadas de las respectivas actividades. Se crea una Comisión Paritaria, compuesta por
tres personas nombradas por la Dirección y otras tres por el Comité de Empresa, para
atender las reclamaciones que se formulen sobre los factores de indemnización.
La cuantía por hora de trabajo para los distintos grados de valoración es la que se
señala a continuación:
–
–
–
–
Grado 1: 0,15 euros/hora.
Grado 2: 0,20 euros/hora.
Grado 3: 0,31 euros/hora.
Grado 4: 0,42 euros/hora.
Si por algún motivo las condiciones de la actividad variasen, se realizarán las
oportunas mediciones para determinar su nueva valoración.
La base para el plus por trabajos a «Fuego Abierto» será el Indicador Público de
Renta de Efectos Múltiples (IPREM).
Artículo 38.
Prima Global de Productividad.
La prima global de productividad (PGP) no tiene carácter de incentivo individual ni
está en relación con el esfuerzo de cada persona, por lo que no le son de aplicación las
condiciones específicas de esta clase de percepciones o primas de incentivo, tareas o
destajos.
La PGP se calcula, en función de los resultados de la Productividad de cada mes,
comparada con la Productividad real del año anterior, de acuerdo con la siguiente
fórmula:
K=
Producción Real Mes Anterior
Horas Reales Trabajadas Mes Anterior
Producción Real Año Anterior
Horas Reales Trabajadas Año Anterior
Niveles Profesionales II y III.
2,00 puntos.
Niveles Profesionales IV y V.
2,50 puntos.
Niveles Profesionales VI, VII, VIII y IX.
3,50 puntos.
Los valores punto/mes se reducirán a valor hora para el pago. La prima se
devengará por hora normal realmente trabajada y será de aplicación para todos los
centros de trabajo de la Sociedad.
cve: BOE-A-2024-23518
Verificable en https://www.boe.es
De acuerdo con los valores de K, se establece la siguiente fórmula de
valor/punto/mes: 90,7911 * K – 43,9229 euros.
Cuando el valor de K sea menor de 0,89 por causas no imputables al personal, el
valor/punto/mes será de 36,88 euros.
Cuando el valor K sea superior a 1,30 el valor/punto/mes será de 74,11 euros.
Se redondeará por exceso cuando la tercera cifra decimal del K sea superior a cero.
La determinación de la producción real del mes de que se trate y la producción real
del año anterior se realizará con las mismas unidades técnicas, es decir, aplicando los
mismos coeficientes de ponderación a las diferentes unidades producidas. Estos
coeficientes se actualizarán cuando se pongan en marcha nuevas instalaciones,
fabricación de nuevos productos o modificación importante en las instalaciones actuales
y no estuvieran contempladas en el presupuesto.
Los puntos asignados a cada uno de los niveles profesionales de encuadramiento
serán los siguientes: