Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. I. Disposiciones generales. Subvenciones. (BOE-A-2024-23427)
Real Decreto 1141/2024, de 11 de noviembre, por el que se regula la concesión directa de determinadas subvenciones en el ámbito de la transición ecológica para el ejercicio presupuestario 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 273

Martes 12 de noviembre de 2024
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Sec. I. Pág. 143950

La transición hacia una economía circular.
La prevención y control de la contaminación.
La protección y restauración de la biodiversidad y los ecosistemas.
El reto demográfico y la lucha contra la despoblación.
El reequilibrio territorial y la cohesión.

Artículo 5. Obligaciones de las entidades beneficiarias.
1. Las entidades beneficiarias de cada una de las subvenciones establecidas en
este real decreto estarán sujetas a las obligaciones previstas en el artículo 14 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Asimismo, llevarán a cabo las actividades previstas en los apartados 2 y 3 del
artículo 4, con el alcance que se determine en la resolución de concesión que se
formalice de forma previa al pago de la subvención, y deberán dar cumplimiento a las
obligaciones que se detallen.
2. Las actividades deberán llevarse a cabo entre el 1 de enero y el 31 de diciembre
de 2024.
3. De conformidad con el artículo 15 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo,
para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, las entidades beneficiarias de cada una
de las subvenciones establecidas en este real decreto deberán integrar el enfoque
transversal de género en el contenido de las actividades objeto de la subvención, ya sea
en la elaboración de informes, estudios, investigaciones y guías informativas, o en la
realización de actividades de formación, fomento del voluntariado y comunicación para la
sensibilización de la ciudadanía.
Para ello, se deberán tener en consideración las posibles diferencias entre mujeres y
hombres (desde una perspectiva interseccional de género, es decir, que incorpore
variables sociodemográficas adicionales) respecto a comportamientos, necesidades,
actitudes, efectos sobre la salud, etc., identificando las brechas de género existentes y
proponiendo o aplicando en su caso medidas orientadas a que la actuación realizada
tenga impacto positivo de género en la sociedad a la par que medioambiental.
Asimismo, en todas las actividades subvencionadas (ya sea en la documentación
elaborada como en actuaciones formativas, de comunicación y difusión) se hará un uso
no sexista del lenguaje y de la imagen. Y en la composición de mesas, foros, paneles,
grupos de trabajo, etc., relacionadas con dichas actividades se respetará el principio de
presencia equilibrada de mujeres y hombres, exceptuando los actos que
específicamente se realicen en materia de igualdad de género, y aquellos que tengan
como objetivo visibilizar o promover la participación de mujeres en ámbitos en los que
están infrarrepresentadas, que podrán aplicar un criterio de presencia de mujeres
superior al 60 %.

Las partidas presupuestarias del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico, con cargo a las cuáles serán financiadas las subvenciones objeto de este
real decreto, están consignadas en los Presupuestos Generales del Estado vigentes
para el año 2023, prorrogados para 2024.
Concretamente figura incluido en los Presupuestos Generales del Estado para 2023,
prorrogados para 2024, en la aplicación 23.12.451O.487, por importe de 2.350.000
euros, y en la aplicación 23.14.456E.481, por importe de 387.000 euros, con el siguiente
desglose:
Aplicación 23.12.451O.487:
– 48701. A Amigos de la Tierra para fomentar su participación en el Consejo
Asesor de Medioambiente (CAMA) por un importe de 250.000 euros.
– 48702. A Ecologistas en Acción para fomentar su participación en el Consejo
Asesor de Medioambiente (CAMA) por un importe de 700.000 euros.

cve: BOE-A-2024-23427
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 6. Cuantía y financiación.