Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-23394)
Resolución de 29 de octubre de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Dique seco para mantenimiento y reparación naval anexo al muelle de ASTICAN Naciente, en Las Palmas de Gran Canaria (Canarias)».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 11 de noviembre de 2024

Sec. III. Pág. 143598

(Globicephala macrorhynchus), rorcual común (Balaenoptera physalus physalus) y
tortuga boba (Caretta caretta), todas ellas especies catalogadas como «vulnerable» tanto
en el Catálogo Canario de Especies Protegidas (CCEP) como en el Catálogo Español de
Especies Amenazadas (CEEA); y delfín moteado (Stenella frontalis), cachalote enano
(Kogia sima), cachalote pigmeo (Kogia breviceps) y calderón gris (Grampus griseus),
catalogadas como de «protección especial» en el CCEP y en «régimen de protección
especial» en el CEEA.
En cuanto a la fauna terrestre, el caracol pintado de Gran Canaria (Theba grasseti),
«vulnerable» en el CCEP, se ha identificado en varias zonas portuarias, así como el
murciélago rabudo (Tadarida teniotis), de «protección especial» en el CCEP y en
«régimen de protección especial» en el CEEA, en la zona más al sur próxima a la
ciudad. Entre las aves, catalogadas en «régimen de protección especial» en el CEEA, el
cernícalo vulgar (Falco tinnunculus) y la curruca capirotada (Sylvia atricapilla Heineken)
se han identificado en cuadrículas más próximas a la ciudad, mientras que el charrán
común (Sterna hirundo) y la garceta común (Egretta garzetta), ambas en «régimen de
protección especial» en el CEEA, se han avistado en distintas zonas del puerto. En todo
caso se trata de avistamientos puntuales de especies con alta movilidad, que no indican
presencia continuada ni exclusividad de uso por esa zona.
En cuanto a los hábitats de interés comunitario (HIC), no hay ninguno en el entorno
de la zona de actuación, siendo los más cercanos el HIC 5330 «Matorrales
termomediterráneos y pre-estépicos», y el HIC 1250 «Acantilados con vegetación
endémica de las costas macaronésicas».
La valoración del medio biótico se centra en el posible efecto sobre especies
protegidas, dado que el medio en el que se proyecta la actuación es un medio
antropizado, en el que no hay especies vegetales o animales terrestres de interés, y las
comunidades marinas cuentan con escaso valor ambiental.
Las acciones de obra se desarrollan en zona marina del interior del puerto, lejos del
hábitat del caracol pintado y de la seba (Cymodocea nodosa), catalogada de «Interés
para los ecosistemas canarios» en el CCEP y «vulnerable» en el CEEA. El único posible
impacto sería sobre mamíferos y quelonios, que aparecen esporádicamente en la zona,
sin ser éste un entorno de presencia habitual y preferencial para los mismos. No
obstante, la instalación de anclajes para la fijación del dique seco podría generar
molestias debido al incremento acústico generado, dado que este tipo de acciones
genera ruido de forma omnidireccional con niveles en los rangos de 185-195 dBRMS
re 1 μPa @ 1 m /195-215 dBmax re 1 μPa @ 1 m, mientras que los niveles máximos
pueden alcanzar hasta 260 dB re 1 μPa @ 1 m, siendo los ruidos puntuales molestos
para los mamíferos marinos a partir de los 160 dB (Ministerio de Agricultura,
Alimentación y Medio Ambiente, 2012), aunque menor que las que generan la ejecución
de pilotes, que son de mayor grosor (0,8 a 1,5 m de diámetro, frente a los 0,15 - 0,2 m de
los anclajes).
Una vez en funcionamiento, las nuevas instalaciones no generarán impactos
adicionales significativos más allá de las molestias que ya provocan en la actualidad las
instalaciones existentes. En cuanto a los posibles efectos adversos derivados de la
introducción de especies alóctonas asociadas a los buques y estructuras que se reparen
en las instalaciones de ASTICAN, la puesta en funcionamiento del dique seco no
representa un cambio significativo respecto a la situación actual. Respecto a las tareas
que se hagan a flote, son independientes de la construcción del dique seco, y se harán
en todo caso siguiendo la normativa nacional y las condiciones impuestas por la
Autoridad Portuaria y la Capitanía Marítima de Las Palmas. En cuanto a los posibles
impactos derivados de la liberación de especies que se encuentren en las aguas de
lastre, o que se separen del casco por efecto del chorreo o limpieza de este, debe
destacarse que todos los residuos generados en la limpieza en el dique seco no
contaminarán el medio marino, ya que se extraen y envían a gestor autorizado.
Teniendo en cuenta esta valoración, el promotor determina que, tanto el impacto de
las acciones de dragado y relleno y construcción del dique, como su actividad una vez

cve: BOE-A-2024-23394
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Núm. 272