Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-23398)
Resolución de 22 de octubre de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Iberdrola Renovables Castilla-La Mancha, SAU, autorización administrativa previa para el módulo de generación fotovoltaica Cerro del Palo, de 41,244 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, para su hibridación con el parque eólico existente, Cerro del Palo, en Vara de Rey, Sisante y Tébar (Cuenca).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 272

Lunes 11 de noviembre de 2024

Sec. III. Pág. 143645

quinta, relativa a expedientes de instalaciones eléctricas en tramitación en el momento
de la entrada en vigor del real decreto, lo siguiente:
«1. A los efectos de tramitación administrativa de las autorizaciones previstas en el
artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, la nueva definición de potencia
instalada introducida mediante la disposición final tercera uno tendrá efectos para
aquellas instalaciones que, habiendo iniciado su tramitación, aún no hayan obtenido la
autorización de explotación definitiva.
2. Con carácter general, a los procedimientos de autorización de instalaciones
eléctricas iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de este real decreto, les será
de aplicación la nueva definición de potencia instalada. (…).»
A su vez, la disposición final tercera del Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre,
modifica el segundo párrafo del artículo 3 del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por
el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de
energía renovables, cogeneración y residuos, que queda redactado como sigue:
«En el caso de instalaciones fotovoltaicas, la potencia instalada será la menor de
entre las dos siguientes:
a) la suma de las potencias máximas unitarias de los módulos fotovoltaicos que
configuran dicha instalación, medidas en condiciones estándar según la norma UNE
correspondiente.
b) la potencia máxima del inversor o, en su caso, la suma de las potencias de los
inversores que configuran dicha instalación.»
La citada autorización se concede sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones
que sean necesarias relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente, y a
cualesquiera otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables, así como sin
perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para la ejecución
de la obra, según se prevé en el artículo 53.6 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, y el
artículo 120.2 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Como consecuencia de lo anteriormente expuesto,
Esta Dirección General de Política Energética y Minas resuelve:
Único.

– Tipo de tecnología: Solar Fotovoltaica.
– Potencia instalada, según artículo 3 del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio:
41,244 MW.
– Potencia pico de módulos: 86,365 MW, correspondiente a 88.128 paneles
fotovoltaicos bifaciales de la marca Joliwood modelo JW-HD144N de células de silicio,
con una potencia pico bifacial de 980 Wp.
– Potencia total de inversores: 41,244 MW, correspondiente a 12 inversores marca
Sungrow modelo SG3125HV-30 de 3.437 kVA.

cve: BOE-A-2024-23398
Verificable en https://www.boe.es

Otorgar a Iberdrola Renovables Castilla-La Mancha, SAU autorización administrativa
previa para la instalación fotovoltaica Cerro del Palo, de 41,244 MW de potencia
instalada, para su hibridación con el parque eólico existente, Cerro del Palo, en el
término municipal de Vara de Rey, en la provincia de Cuenca, y su infraestructura de
evacuación, en los términos municipales de Vara del Rey, Sisante y Tébar, provincia de
Cuenca, con las particularidades recogidas en la presente resolución.
El objeto del proyecto es la construcción de un módulo fotovoltaico para su
hibridación con el parque eólico existente, Cerro del Palo, de 49,5 MW, y línea
subterránea a 20 kV hasta la subestación Cuesta Colorada 20/132 kV, la cual será
modificada para adaptarse a la incorporación del nuevo módulo fotovoltaico.
Las características principales de esta instalación son las siguientes: