Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-23398)
Resolución de 22 de octubre de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Iberdrola Renovables Castilla-La Mancha, SAU, autorización administrativa previa para el módulo de generación fotovoltaica Cerro del Palo, de 41,244 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, para su hibridación con el parque eólico existente, Cerro del Palo, en Vara de Rey, Sisante y Tébar (Cuenca).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 11 de noviembre de 2024

Sec. III. Pág. 143641

– Modificaciones en las líneas de evacuación en relación con las características
eléctricas de los cables utilizados.
– Modificaciones en las líneas de media tensión que se encuentran en el interior del
vallado del módulo de generación fotovoltaica, como resultado de la redistribución de
viales internos y de los propios centros de transformación.
Dado que el expediente consta en la Dirección General de Calidad y Evaluación
Ambiental, se remite dicha documentación a ese órgano ambiental para su incorporación
al expediente en tramitación.
Con fecha 24 de abril de 2023, la Subdirección General de Evaluación Ambiental
acuerda acumular en un único procedimiento administrativo la tramitación de los
expedientes para el procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria
correspondiente a los proyectos:
– «Parque Fotovoltaico Cerro del Palo, de 40,925 MW de potencia instalada, para su
hibridación con el parque eólico existente Cerro del Palo, de 49,5 MW, y de su
infraestructura de evacuación, en la provincia de Cuenca».
– «Parque Fotovoltaico Cerro Calderón, de 40,925 MW de potencia instalada, para
su hibridación con el Parque Eólico Cerro Calderón, de 49,5 MW, y de su infraestructura
de evacuación, en la provincia de Cuenca».
– «Parque Fotovoltaico Cuesta Colorada, de 40,925 MW de potencia instalada, para
su hibridación con el Parque Eólico Cuesta Colorada, de 49,5 MW, y de su
infraestructura de evacuación, en la provincia de Cuenca».
– «Planta Fotovoltaica Híbrida La Muela I, de 49,474 MWp/40,925 MWn, y su
infraestructura de evacuación, en los TT.MM. de Vara del Rey y Atalaya del Cañavate
(Cuenca)».
Sobre dicha documentación relativa al rediseño del proyecto se realizan nuevas
consultas en virtud del artículo 40.5 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación
ambiental.
Se ha recibido respuesta, de la que no se desprende oposición, del Ayuntamiento de
Vara de Rey. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestación, que expresa su
conformidad con la misma.
Se ha recibido contestación del Ayuntamiento de Tébar, que remite dos informes
técnicos de la Mancomunidad de Servicios Manchuela Conquense solicitados por el
citado Ayuntamiento, incluyendo condicionantes técnicos ante las afecciones al Municipio
de Tébar derivadas de la ejecución de la línea de media tensión de evacuación. Se ha
dado traslado al promotor de dicha contestación, que expresa su conformidad con la
misma.
Se ha recibido contestación de la Confederación Hidrográfica del Júcar, informando
de que la zona de actuación se encuentra dentro del ámbito de la Demarcación de la
Confederación Hidrográfica del Guadiana, que remite la solicitud de informe a la
Confederación Hidrográfica del Guadiana.
Se ha recibido contestación de la Confederación Hidrográfica del Guadiana y de
Patrimonio Cultural, Consejería de Educación, Cultura y Deporte. de la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha, en la que se establecen condicionados técnicos y,
en su caso, la necesidad de solicitar autorización ante dichos organismos por la
ocupación o el cruzamiento de la instalación con bienes o servicios de sus
competencias. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestación, que expresa su
conformidad con la misma.
Se ha recibido contestación de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad
de la Consejería de Desarrollo Sostenible, Junta de Comunidades de Castilla-La
Mancha, indicando que la configuración final del proyecto ocupa las superficies para las
que se informó compatibilidad con la conservación de los valores naturales, liberándose
de implantación solar las superficies informadas como no compatibles, siempre que se
cumplan una serie de medidas. Se ha dado traslado al promotor, el cual indica que el

cve: BOE-A-2024-23398
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Núm. 272