Jefatura Del Estado. I. Disposiciones generales. Bomberos forestales. (BOE-A-2024-23272)
Ley 5/2024, de 8 de noviembre, básica de bomberos forestales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 9 de noviembre de 2024

Sec. I. Pág. 142963

Dados los acontecimientos recientes, en verano de 2022 se refuerza la necesidad
coordinar todas las operaciones mediante el Real Decreto-ley 15/2022, de 1 de agosto,
por el que se adoptan medidas urgentes en materia de incendios forestales. Asimismo,
las «Orientaciones estratégicas para la gestión de incendios forestales en España»
elaboradas por la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente, 28 de julio de 2022, se
establece como premisa fundamental «fortalecer la cooperación intersectorial en materia
de incendios entre la Administración General del Estado, las comunidades autónomas, el
sector privado y la sociedad, al ser un fenómeno que no atiende a separaciones
administrativas, competenciales o de propiedad».
II
El número de incendios forestales que se han producido en España en los últimos
años ha generado consecuencias irreparables en términos de masas forestales
quemadas, fallecidos, heridos y consecuencias medioambientales.
A esto hay que sumar los efectos negativos que el cambio climático propicia en el
medio natural, como son las olas de calor, cada vez más frecuentes y prolongadas, que
hacen que los incendios sean más virulentos y se propaguen con más facilidad. En este
sentido, los incendios han cambiado de patrón, y en vez de ser solamente estacionales,
salvo determinadas excepciones, se acaban produciendo a lo largo del año,
especialmente en ciertas zonas de riesgo. Adicionalmente, las nuevas tendencias, como
la urbanización de las sociedades y el cambio de usos en la zona rural, hacen que los
incendios se vuelvan más transversales y afecten no sólo al ámbito forestal sino también
a la llamada «interfaz urbano-forestal», con el consiguiente aumento del riesgo para la
vida de las personas que viven cerca de las zonas más afectadas.
La dimensión que alcanza el fenómeno exige, por tanto, un nuevo planteamiento
organizativo y estructural para los dispositivos de extinción y prevención de incendios a
nivel nacional, ya que los incendios no entienden de límites territoriales ni estacionales y
exigen cada vez más una mayor coordinación y cooperación.
III
Las inversiones públicas destinadas a la gestión integral de los incendios forestales
son elevadas, pero aún persisten aún desequilibrios entre las partidas destinadas a las
diferentes facetas de prevención, preparación, extinción y restauración, lo que limita la
eficacia de los operativos. Además, teniendo en consideración la virulencia de los
incendios recientes, se llega a la conclusión de que es posible optimizar la capacidad de
trabajo y seguridad de los dispositivos existentes, ya sea a nivel individual como
colectivamente, mejorando también en aspectos tales como la coordinación y
cooperación mutua a nivel nacional.
Más concretamente, esta labor de gestión integral de los incendios se realiza por
distintos profesionales de ámbitos diferenciados. En particular, los trabajos de extinción
se realizan comúnmente por los denominados «bomberos forestales», entre los cuales
existen diferentes categorías profesionales, conformando brigadas, en algunos casos de
prevención, y en otros, sólo de detección y extinción de incendios. Desde el 1 de enero
de 2011 que entró en vigor la Clasificación Nacional de Ocupaciones, CNO-2011, la
categoría profesional de bombero forestal tiene el código exclusivo 5932 para su
identificación.
Asimismo, el personal responde a diversas formas de relación con la administración
competente, ya sea a través de subcontratas temporales a través de empresas privadas,
a través de encargos a empresas públicas o a través de la consideración de los
bomberos forestales como personal laboral o funcionario de algunas comunidades
autónomas. En el caso de la Administración General del Estado, los bomberos forestales
que realizan extinción de incendios forestales son contratados por empresa pública,
aunque también participa personal militar, principalmente el de la Unidad Militar de

cve: BOE-A-2024-23272
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Núm. 271