Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2024-23241)
Resolución de 29 de octubre de 2024, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca proceso selectivo, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, para la provisión de plazas de personal laboral, categoría de Titulado de Grado Medio de apoyo a la Docencia e Investigación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 8 de noviembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 142729
5.6 Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá todas las dudas que
pudieran surgir en la aplicación de estas normas y determinará las actuaciones
convenientes en los casos no previstos, ajustándose la actuación del Tribunal a lo
dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público y
en el Reglamento de Gobierno y Administración de la Universidad de Cádiz aprobado
por Acuerdo del Consejo de Gobierno adoptado en su sesión de 22 de noviembre
de 2022, en los términos correspondientes.
5.7 El Tribunal podrá proponer la incorporación a sus trabajos de personal asesor
especialista para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estimen pertinentes,
limitándose dicho asesoramiento a prestar su colaboración en sus especialidades
técnicas. El nombramiento del personal asesor corresponderá al Rector de la
Universidad de Cádiz.
5.8 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que
resulte necesario, de forma que las personas con discapacidad gocen de similares
condiciones para la realización del ejercicio que el resto de participantes. En este sentido
se establecerán, para las personas con discapacidad que lo soliciten en la forma prevista
en la base 3.5, las adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización.
5.9 El Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar la confidencialidad
del contenido de los ejercicios antes de su realización por la totalidad de participantes y
para que los ejercicios de la fase de oposición, que sean escritos y no deban ser leídos
ante el Tribunal, sean corregidos sin que se conozcan la identidad de las personas
aspirantes.
5.10 Contra las resoluciones del tribunal y sus actos de trámite, si estos últimos
deciden directa o indirectamente en el fondo del asunto, determinan la imposibilidad de
continuar el procedimiento, producen indefensión o perjuicio irreparable a derechos e
intereses legítimos, cabe recurso de alzada ante el Rector en los plazos y formas que
establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las administraciones Públicas.
5.11 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede
en el Edificio Hospital Real, plaza de Falla, núm. 8, CP 11003 Cádiz, teléfono 956015039
y en la siguiente dirección electrónica: seleccion.pas@uca.es. El Tribunal dispondrá que,
en esta sede, al menos una persona, integrante o no del Tribunal, atenderá cuantas
cuestiones sean planteadas en relación con este proceso selectivo.
5.12 El Tribunal que actúe en este proceso selectivo tendrá la categoría segunda
establecida en el artículo 20 y en el anexo III del Reglamento de la Universidad de Cádiz
sobre Indemnizaciones por razón de servicio aprobado por Acuerdo del Consejo de
Gobierno adoptado en su sesión de 10 de junio de 2005.
5.13 En ningún caso, el Tribunal podrá aprobar ni declarar que ha superado el
proceso selectivo un número superior de personas aspirantes que el de plazas
convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo aquí establecido
será nula de pleno derecho.
6.
Temario
El temario correspondiente a este proceso selectivo figura como anexo III de la
presente convocatoria.
7.
Fase de concurso
El Tribunal Calificador valorará, de acuerdo con los baremos de la convocatoria, que
se adjuntan en el anexo II.
8.
Fase de oposición
8.1 La fase de oposición, tanto para la fase de promoción interna como para el de
turno libre, en su caso, tendrá carácter eliminatorio y constará de dos ejercicios, uno
cve: BOE-A-2024-23241
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 270
Viernes 8 de noviembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 142729
5.6 Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá todas las dudas que
pudieran surgir en la aplicación de estas normas y determinará las actuaciones
convenientes en los casos no previstos, ajustándose la actuación del Tribunal a lo
dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público y
en el Reglamento de Gobierno y Administración de la Universidad de Cádiz aprobado
por Acuerdo del Consejo de Gobierno adoptado en su sesión de 22 de noviembre
de 2022, en los términos correspondientes.
5.7 El Tribunal podrá proponer la incorporación a sus trabajos de personal asesor
especialista para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estimen pertinentes,
limitándose dicho asesoramiento a prestar su colaboración en sus especialidades
técnicas. El nombramiento del personal asesor corresponderá al Rector de la
Universidad de Cádiz.
5.8 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que
resulte necesario, de forma que las personas con discapacidad gocen de similares
condiciones para la realización del ejercicio que el resto de participantes. En este sentido
se establecerán, para las personas con discapacidad que lo soliciten en la forma prevista
en la base 3.5, las adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización.
5.9 El Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar la confidencialidad
del contenido de los ejercicios antes de su realización por la totalidad de participantes y
para que los ejercicios de la fase de oposición, que sean escritos y no deban ser leídos
ante el Tribunal, sean corregidos sin que se conozcan la identidad de las personas
aspirantes.
5.10 Contra las resoluciones del tribunal y sus actos de trámite, si estos últimos
deciden directa o indirectamente en el fondo del asunto, determinan la imposibilidad de
continuar el procedimiento, producen indefensión o perjuicio irreparable a derechos e
intereses legítimos, cabe recurso de alzada ante el Rector en los plazos y formas que
establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las administraciones Públicas.
5.11 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede
en el Edificio Hospital Real, plaza de Falla, núm. 8, CP 11003 Cádiz, teléfono 956015039
y en la siguiente dirección electrónica: seleccion.pas@uca.es. El Tribunal dispondrá que,
en esta sede, al menos una persona, integrante o no del Tribunal, atenderá cuantas
cuestiones sean planteadas en relación con este proceso selectivo.
5.12 El Tribunal que actúe en este proceso selectivo tendrá la categoría segunda
establecida en el artículo 20 y en el anexo III del Reglamento de la Universidad de Cádiz
sobre Indemnizaciones por razón de servicio aprobado por Acuerdo del Consejo de
Gobierno adoptado en su sesión de 10 de junio de 2005.
5.13 En ningún caso, el Tribunal podrá aprobar ni declarar que ha superado el
proceso selectivo un número superior de personas aspirantes que el de plazas
convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo aquí establecido
será nula de pleno derecho.
6.
Temario
El temario correspondiente a este proceso selectivo figura como anexo III de la
presente convocatoria.
7.
Fase de concurso
El Tribunal Calificador valorará, de acuerdo con los baremos de la convocatoria, que
se adjuntan en el anexo II.
8.
Fase de oposición
8.1 La fase de oposición, tanto para la fase de promoción interna como para el de
turno libre, en su caso, tendrá carácter eliminatorio y constará de dos ejercicios, uno
cve: BOE-A-2024-23241
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 270