Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2024-23003)
Resolución de 9 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación de la registradora de la propiedad de Carlet n.º 2, por la que deniega la cancelación de un asiento de cancelación de anotación preventiva de embargo por mandamiento judicial.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 268
Miércoles 6 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 141514
Prorrogada por la anotación de embargo letra B, de fecha 8 de junio 1992.
Cancelada por la anotación letra C en fecha 3 de mayo 1997 según acuerdo plenario
del Ayuntamiento de Alginet de 22 de abril de 1997.
Superficie: 1.363.067’90 m2.
Capital: 2.200.000 € (1.796.618,10 € de principal).
– Anotación de embargo letra J, extendida a favor del Ayuntamiento de Alginet de
fecha 15/11/2013 en virtud de mandamiento expedido el 25 agosto de 1988 por D. V. J.
M. C., Recaudador de Tributos.
Prorrogada por la anotación de embargo letra K de fecha 20 de marzo de 2017.
Prorrogada por la anotación de embargo letra L, de fecha 4 junio 2021 vigente.
Conclusión:
En el supuesto de que se practicase la cancelación de la cancelación de anotación
preventiva de fecha 13 de mayo de 1997, el Ayuntamiento de Alginet tendría dos
embargos a su favor por la misma deuda, sobre los mismos bienes, estando el segundo
embargo trabado el 15 de noviembre de 2013, ejecutado y adjudicados los bienes en
pública subasta a diferentes propietarios que los han recibido libres de cargas y les
afectaría el embargo revivido sobre las fincas adjudicadas.
Superficie actual del [sic] finca: 133.316,90 m2.
Segregaciones de la finca 17513 posteriores a 13 de mayo de 1997, fecha del
asiento de cancelación de embargo: 682 segregaciones.
Conclusión:
A estas 682 segregaciones con sus correspondientes titulares registrales les afecta
la cancelación del asiento de cancelación de embargo y no han sido notificados ni han
sido parte en el procedimiento.
La segregación de mayor extensión de superficie que ha tenido acceso al Registro es
la que se realizó el día 04/08/22 en la que se segregaron de la indicada finca
matriz 17.513 de Alginet 159.36,50 [sic] m2 para destinarse a viales en virtud de
escritura autorizada ante el Notario de Alginet don Salvador José González Rodrigo el
día 29 de septiembre de 2011.
En el día de hoy se ha presentado en el Registro de la Propiedad de Carlet 2
Certificación expedida por M. C. O. H., Secretaria Accidental del Ayuntamiento de Alginet
Resolución de la Alcaldía de fecha 24 de abril de 2024 relativa al expediente 612639N en
el que se aprueba parcialmente el Proyecto de Reparcelación de la Urbanización (…)
Asiento 1682/203.
Fundamentos de Derecho:
1) En cuanto a lo solicitado por el mandamiento presentado: “procédase a la
anotación de la anulación del mandamiento”:
“En los libros de los Registros de la Propiedad se practicarán las siguientes clases de
asientos o inscripciones: Asientos de presentación, inscripciones propiamente dichas,
extensas o concisas, principales y de referencia; anotaciones preventivas, cancelaciones
y notas marginales.”
El Ayuntamiento de Alginet pudo en su momento solicitar se practicase anotación
preventiva de su demanda dando así publicidad registral a los posteriores adquirentes,
cve: BOE-A-2024-23003
Verificable en https://www.boe.es
No existe asiento registral que refleje la anulación de un mandamiento, de acuerdo
con el artículo 41 del Reglamento Hipotecario que recoge las clases de asientos o
inscripciones:
Núm. 268
Miércoles 6 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 141514
Prorrogada por la anotación de embargo letra B, de fecha 8 de junio 1992.
Cancelada por la anotación letra C en fecha 3 de mayo 1997 según acuerdo plenario
del Ayuntamiento de Alginet de 22 de abril de 1997.
Superficie: 1.363.067’90 m2.
Capital: 2.200.000 € (1.796.618,10 € de principal).
– Anotación de embargo letra J, extendida a favor del Ayuntamiento de Alginet de
fecha 15/11/2013 en virtud de mandamiento expedido el 25 agosto de 1988 por D. V. J.
M. C., Recaudador de Tributos.
Prorrogada por la anotación de embargo letra K de fecha 20 de marzo de 2017.
Prorrogada por la anotación de embargo letra L, de fecha 4 junio 2021 vigente.
Conclusión:
En el supuesto de que se practicase la cancelación de la cancelación de anotación
preventiva de fecha 13 de mayo de 1997, el Ayuntamiento de Alginet tendría dos
embargos a su favor por la misma deuda, sobre los mismos bienes, estando el segundo
embargo trabado el 15 de noviembre de 2013, ejecutado y adjudicados los bienes en
pública subasta a diferentes propietarios que los han recibido libres de cargas y les
afectaría el embargo revivido sobre las fincas adjudicadas.
Superficie actual del [sic] finca: 133.316,90 m2.
Segregaciones de la finca 17513 posteriores a 13 de mayo de 1997, fecha del
asiento de cancelación de embargo: 682 segregaciones.
Conclusión:
A estas 682 segregaciones con sus correspondientes titulares registrales les afecta
la cancelación del asiento de cancelación de embargo y no han sido notificados ni han
sido parte en el procedimiento.
La segregación de mayor extensión de superficie que ha tenido acceso al Registro es
la que se realizó el día 04/08/22 en la que se segregaron de la indicada finca
matriz 17.513 de Alginet 159.36,50 [sic] m2 para destinarse a viales en virtud de
escritura autorizada ante el Notario de Alginet don Salvador José González Rodrigo el
día 29 de septiembre de 2011.
En el día de hoy se ha presentado en el Registro de la Propiedad de Carlet 2
Certificación expedida por M. C. O. H., Secretaria Accidental del Ayuntamiento de Alginet
Resolución de la Alcaldía de fecha 24 de abril de 2024 relativa al expediente 612639N en
el que se aprueba parcialmente el Proyecto de Reparcelación de la Urbanización (…)
Asiento 1682/203.
Fundamentos de Derecho:
1) En cuanto a lo solicitado por el mandamiento presentado: “procédase a la
anotación de la anulación del mandamiento”:
“En los libros de los Registros de la Propiedad se practicarán las siguientes clases de
asientos o inscripciones: Asientos de presentación, inscripciones propiamente dichas,
extensas o concisas, principales y de referencia; anotaciones preventivas, cancelaciones
y notas marginales.”
El Ayuntamiento de Alginet pudo en su momento solicitar se practicase anotación
preventiva de su demanda dando así publicidad registral a los posteriores adquirentes,
cve: BOE-A-2024-23003
Verificable en https://www.boe.es
No existe asiento registral que refleje la anulación de un mandamiento, de acuerdo
con el artículo 41 del Reglamento Hipotecario que recoge las clases de asientos o
inscripciones: