Ministerio de Igualdad. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2024-23047)
Resolución de 29 de octubre de 2024, de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género, por la que se publica el Convenio con Unión Profesional, en materia de formación en prevención y erradicación de las violencias contra las mujeres.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 268
Miércoles 6 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 141915
ANEXO II
Protección de datos de carácter personal
SE REÚNEN
De una parte, don Tomás Cobo Castro, presidente de Unión Profesional, actuando en
nombre y representación de la misma, en desarrollo de las funciones que le atribuye el
artículo 41 de los Estatutos de Unión Profesional aprobados en Madrid, el día 19 de
diciembre de 2019, con domicilio social en Paseo de Recoletos, 13, CP 28004, y NIF
G-80190796, para el otorgamiento del presente documento (en adelante «Responsable
del Tratamiento»).
Y de otra parte, doña Carmen Martínez Perza, en nombre y representación de la
Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género, del Ministerio de Igualdad
(entidad con CIF S2801446-B y domicilio social en c/ Alcalá, 37; 28027 Madrid), en su
condición de directora general (en adelante «Encargado del Tratamiento»).
En adelante, denominados conjuntamente «las partes».
I. Que la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género tiene interés en
colaborar con la Unión Profesional para la celebración de una segunda edición de la
«Formación en prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres» creada en
el marco del convenio suscrito el 23 de junio de 2023 entre la Delegación del Gobierno
contra la Violencia de Género y la Unión Profesional.
II. Que, con fecha de la firma electrónica, las partes firmaron un convenio, en virtud
del cual colaborarán en la organización de una segunda edición de la «Formación en
prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres» que la Unión Profesional
organiza/gestiona, aportando para ello todos los medios materiales y personales
necesarios para su realización, en los términos del convenio.
III. Que debido a la entrada en vigor del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento
Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas
físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de
éstos, por el que se deroga la Directiva 95/46/CE, (en adelante, RGPD), y de la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales (en adelante, LOPDGDD),resulta necesario regular la relación
entre ambas partes en lo relativo al tratamiento de datos de carácter personal en el
desarrollo de sus correspondientes actividades derivadas del presente convenio, dada la
condición de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género Encargado del
Tratamiento y a tal fin, las partes acuerdan recoger los derechos y obligaciones de las
Partes conforme al RGPD y a la LOPDGDD.
IV. Que ambas partes, respecto a la citada colaboración y en cumplimiento de lo
dispuesto por la normativa nacional vigente en materia de protección de datos
personales y por el RGPD) y en la LOPDGDD, acuerdan regular el acceso y tratamiento
por parte de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género (Encargado del
Tratamiento) a los datos de carácter personal de los colectivos indicados, cuya
responsabilidad en último término es la Unión Profesional(Responsable del Tratamiento),
registrados en el fichero de tratamiento denominado FORMACIÓN, titularidad de la
Unión Profesional, y descritos en la tabla siguiente:
Actividad de tratamiento-formación
Fines de
tratamiento.
Gestionar la relación con el alumnado, potencial alumnado y exalumnado y
profesorado que participa en las actividades de Formación que organiza y
gestiona la Unión Profesional.
cve: BOE-A-2024-23047
Verificable en https://www.boe.es
MANIFIESTAN
Núm. 268
Miércoles 6 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 141915
ANEXO II
Protección de datos de carácter personal
SE REÚNEN
De una parte, don Tomás Cobo Castro, presidente de Unión Profesional, actuando en
nombre y representación de la misma, en desarrollo de las funciones que le atribuye el
artículo 41 de los Estatutos de Unión Profesional aprobados en Madrid, el día 19 de
diciembre de 2019, con domicilio social en Paseo de Recoletos, 13, CP 28004, y NIF
G-80190796, para el otorgamiento del presente documento (en adelante «Responsable
del Tratamiento»).
Y de otra parte, doña Carmen Martínez Perza, en nombre y representación de la
Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género, del Ministerio de Igualdad
(entidad con CIF S2801446-B y domicilio social en c/ Alcalá, 37; 28027 Madrid), en su
condición de directora general (en adelante «Encargado del Tratamiento»).
En adelante, denominados conjuntamente «las partes».
I. Que la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género tiene interés en
colaborar con la Unión Profesional para la celebración de una segunda edición de la
«Formación en prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres» creada en
el marco del convenio suscrito el 23 de junio de 2023 entre la Delegación del Gobierno
contra la Violencia de Género y la Unión Profesional.
II. Que, con fecha de la firma electrónica, las partes firmaron un convenio, en virtud
del cual colaborarán en la organización de una segunda edición de la «Formación en
prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres» que la Unión Profesional
organiza/gestiona, aportando para ello todos los medios materiales y personales
necesarios para su realización, en los términos del convenio.
III. Que debido a la entrada en vigor del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento
Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas
físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de
éstos, por el que se deroga la Directiva 95/46/CE, (en adelante, RGPD), y de la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales (en adelante, LOPDGDD),resulta necesario regular la relación
entre ambas partes en lo relativo al tratamiento de datos de carácter personal en el
desarrollo de sus correspondientes actividades derivadas del presente convenio, dada la
condición de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género Encargado del
Tratamiento y a tal fin, las partes acuerdan recoger los derechos y obligaciones de las
Partes conforme al RGPD y a la LOPDGDD.
IV. Que ambas partes, respecto a la citada colaboración y en cumplimiento de lo
dispuesto por la normativa nacional vigente en materia de protección de datos
personales y por el RGPD) y en la LOPDGDD, acuerdan regular el acceso y tratamiento
por parte de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género (Encargado del
Tratamiento) a los datos de carácter personal de los colectivos indicados, cuya
responsabilidad en último término es la Unión Profesional(Responsable del Tratamiento),
registrados en el fichero de tratamiento denominado FORMACIÓN, titularidad de la
Unión Profesional, y descritos en la tabla siguiente:
Actividad de tratamiento-formación
Fines de
tratamiento.
Gestionar la relación con el alumnado, potencial alumnado y exalumnado y
profesorado que participa en las actividades de Formación que organiza y
gestiona la Unión Profesional.
cve: BOE-A-2024-23047
Verificable en https://www.boe.es
MANIFIESTAN