Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2024-23020)
Resolución de 12 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación extendida por la registradora de la propiedad de Santa Cruz de Tenerife n.º 4 a inscribir la representación gráfica de una finca y simultánea rectificación de la cabida inscrita, una vez tramitado el procedimiento previsto en el artículo 199.2 de la Ley Hipotecaria, habiéndose formulado alegaciones por un colindante afectado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 6 de noviembre de 2024

Sec. III. Pág. 141698

Como podrá colegirse de lo argumentado en el presente recurso, procede inscribir la
base gráfica de la finca 20382, término de Candelaria en los términos solicitados por esta
parte el 7 de noviembre de 2023 (expediente del Registro de la Propiedad n.º 4 de Santa
Cruz de Tenerife Asiento n.º Diario 2001/38) […]
Por lo expuesto,
Solicita Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Publica tenga por presentado
este escrito, se sirva admitirlo, tenga por interpuesto recurso frente resolución de 13 de
mayo de 2024 de la Registradora del Registro de Propiedad n.º 4 de Santa Cruz de
Tenerife por la que se acuerda no inscribir la base gráfica de la finca 20382, término de
Candelaria en los términos solicitados por esta parte el 7 de noviembre de 2023
(expediente del Registro de la Propiedad n.º 4 S/C de Tenerife Asiento n.º
Diario 2001/38) y a la vista de las razones alegadas, se dicte resolución por la que se
estime el presente recurso, dejando sin efecto la resolución recurrida y acuerde estimar
la solicitud de 7 de noviembre de 2023 formulada por esta parte ante el Registro de la
Propiedad de Santa Cruz de Tenerife n.º 4 para la inscripción gráfica alternativa de la
finca registral n.º 20382, término municipal de Candelaria, inscrita en el citado Registro
de la Propiedad, titularidad de mi mandante.»
IV
La registradora de la Propiedad informó y elevó el expediente a esta Dirección
General.
Fundamentos de Derecho
Vistos los artículos 1, 9, 10, 199 y 326 de la Ley Hipotecaria; las Resoluciones de la
Dirección General de los Registros y del Notariado de 5 de marzo de 2012, 13 de
octubre de 2014, 19 de enero y 13 de octubre de 2015, 19 de julio y 14 de noviembre
de 2016, 25 de octubre de 2017, 27 de noviembre de 2018 y 30 de enero y 5 de junio
de 2019, y las Resoluciones de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública
de 21 de septiembre de 2020, 19 de enero y 23 de mayo de 2022, 23 de febrero, 8 de
marzo, 24 de mayo, 20 de junio, 12 de julio, 11 y 27 de septiembre, 30 de noviembre y 12
de diciembre de 2023 y 27 de febrero y 26 de abril de 2024.
1. Es objeto de este expediente decidir si procede la inscripción de la
representación gráfica alternativa de la registral 20.382 del término de Candelaria y
simultánea rectificación de su cabida, que partiendo de una superficie inscrita de 900
metros cuadrados pasaría a la superior de 930,79 metros cuadrados, sin alteración de
sus linderos, basándose en representación gráfica alternativa contenida en informe de
validación gráfica catastral con código seguro de verificación. Tramitado el procedimiento
regulado en el artículo 199.2 de la Ley Hipotecaria, a resultas de la tramitación del
mismo, fue planteada oposición por el colindante titular registral de la finca 9.378.
Con carácter previo, debe ponerse de manifiesto que el titular de la registral 20.382
solicitó la inscripción de la representación gráfica georreferenciada alternativa de su finca
el día 7 de noviembre de 2023, suspendiéndose la tramitación del procedimiento
regulado en el artículo 199 de la Ley Hipotecaria por haberse solicitado previamente, en
concreto el día 20 de septiembre de 2023, el inicio del procedimiento regulado en el
citado precepto para lograr la inscripción de la base gráfica alternativa de la
registral 9.378. Habiendo recaído resolución denegatoria respecto de esta última, se
inició el procedimiento regulado en el artículo 199.2 de la Ley Hipotecaria en cuanto a la
registral 20.382 el día 12 de marzo de 2024.
La nota de calificación emitida con ocasión de la solicitud de inscripción de la
representación gráfica alternativa de la registral 20.382 del término de Candelaria fue
recurrida, recurso desestimado por la Resolución de esta Dirección General de 29 de
mayo de 2024, confirmando de este modo la nota de calificación recurrida.

cve: BOE-A-2024-23020
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Núm. 268