Ministerio Para La Transformación Digital y de La Función Pública. I. Disposiciones generales. Subvenciones. (BOE-A-2024-22934)
Real Decreto 1124/2024, de 5 de noviembre, por el que se regula la concesión directa de una subvención a Telefónica de España para el proyecto de despliegue de un cable submarino entre la Península y la isla de Gran Canaria, del Mecanismo Conectar Europa-Digital, destinado a reforzar las interconexiones en el territorio del Estado, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -financiado por la Unión Europea- Next Generation EU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 6 de noviembre de 2024

Sec. I. Pág. 141252

que conecten islas, regiones ultraperiféricas o países y territorios de ultramar europeos,
también a través de las aguas territoriales de la Unión y la zona económica exclusiva de
los Estados miembros–, para proporcionar la redundancia exigida por esas
infraestructuras de vital importancia, para aumentar la capacidad y la resiliencia de las
redes digitales de la Unión y para contribuir a la cohesión territorial.
En España, el Plan para la Conectividad y las Infraestructuras Digitales de la
sociedad, la economía y los territorios, aprobado por el Consejo de Ministros el día 1 de
diciembre de 2020, desarrolla el primero de los ejes contenidos en la estrategia España
Digital 2026 y está alineado con los objetivos clave de la Agenda 2030 de Desarrollo
Sostenible: el uso de la conectividad y la digitalización como herramientas que
contribuyan de forma considerable a cerrar las diferentes brechas digitales existentes por
motivos socioeconómicos, de género, generacionales, territoriales, o medioambientales.
La meta en 2025 es lograr que el 100 por cien de la población tenga cobertura de
más de 100 Mbps y posicionar a España como el polo de infraestructuras digitales de
interconexión transfronterizas de referencia del sur de Europa. Dentro del eje 3 del Plan
(«España Hub de Datos»), se encuadra la medida 10 «Mejora de la conectividad de las
Infraestructuras Digitales Transfronterizas», con el objetivo de promover y apoyar la
participación de empresas españolas en consorcios de empresas de cara a su
participación en el programa de financiación para interconexiones transnacionales de
infraestructuras de datos y cable submarino del Mecanismo Conectar Europa (en
adelante, el Programa CEF Digital).
Este compromiso queda plasmado, dentro del Plan de Recuperación, Transformación
y Resiliencia (PRTR) –aprobado mediante la Decisión de Ejecución del Consejo de 13 de
julio de 2021 (por sus siglas en inglés, «CID» o Council Implementing Decision)–, en el
Componente 15 Inversión 5 «Despliegue de infraestructuras digitales transfronterizas»
(C5.I5). Una de las medidas de la C15.I5 se centra en la mejora de la conectividad de las
infraestructuras digitales transfronterizas mediante la participación de empresas
españolas en consorcios de empresas para proyectos de interconexiones de
infraestructuras de datos y cable submarino del Mecanismo «Conectar Europa»
(Programa CEF Digital), de conformidad con el vigente Reglamento (UE) n.º 651/2014 de
la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de
ayuda compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 107 y 108 del
Tratado (Reglamento General de Exención por Categorías,).
III
La posibilidad de financiación acumulativa de estos proyectos de despliegue de
cables submarinos está contemplada en el artículo 19 del Reglamento CEF, así como en
la sección 10 del Programa de Trabajo 2021-2025 del CEF Digital, que remite, entre
otras alternativas para evitar la notificación a efectos de ayudas de Estado de los
proyectos ya financiados con fondos CEF, a lo previsto en el Reglamento General de
Exención por Categorías.
El empleo de fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (en adelante,
«MRR») para cofinanciar este tipo de infraestructuras resulta posible de acuerdo con el
artículo 9 del Reglamento del (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia de la UE (en adelante, el Reglamento del MRR»), que señala que las
reformas y los proyectos de inversión podrán recibir ayuda de otros programas e
instrumentos de la Unión siempre que la ayuda no cubra el mismo coste.
De conformidad con el artículo 52 ter del Reglamento General de Exención por
Categorías, la intensidad máxima de la ayuda a otorgar en virtud de este real decreto
será del 75 por ciento del total de los costes subvencionables del proyecto.

cve: BOE-A-2024-22934
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Núm. 268